Tribunales

El fiscal pide 1.000 € de multa a la mujer que reclama suspender exhumaciones del Valle de los Caídos

El fiscal cree que la recurrente incurrió en un abuso de derecho y mala fe procesal

Valle de los Caídos multa
El Valle de los Caídos.
Rafael Molina

La Fiscalía ha solicitado una multa de 1.000 euros a una mujer por abuso de derecho y mala fe procesal después de que pidiera que se parasen las exhumaciones en el Valle de los Caídos porque, según alegaba esta señora, afectaba a su abuela, enterrada en aquel lugar.

El escrito del fiscal Manuel Campoy se dirige a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. El documento se opone al recurso que presentó la mujer ante la negativa del Juzgado Central de lo Contencioso número 11.

La solicitud de esta señora es que se suspendan cautelarmente las actuaciones que se están llevando a cabo en el Valle de los Caídos. Según alega, las exhumaciones que está realizando Patrimonio Nacional suponen una vulneración del derecho fundamental de libertad religiosa y digno sepulcro de su abuela.

A ojos del fiscal, el recurso que ha presentado la demandante no tiene ningún fundamento legal alguno. Según el Ministerio Fiscal, las exhumaciones se están llevando a cabo cumpliendo con las actuaciones judiciales y además de con los permisos administrativos previos.

Más aún, el fiscal ahonda en que los restos de la abuela de la demandada se encuentran en una capilla y en una cripta que es diferente a la que está siendo objeto de exhumaciones. Además, se alega que el lugar en el que descansan sus restos no están bajo las investigaciones de las instituciones ni tienen planteado realizar estudios forenses en esas localizaciones.

El Ministerio Fiscal vuelve a utilizar los mismos argumentos que ya utilizó en su momento el juzgado para rechazar la petición de la demandante y además, fue algo que ratificó el 29 de enero después de que se presentase un recurso de reforma y, finalmente, se inadmitiera.

Ahora, la demandante ha optado por presentar un nuevo recurso contra esa decisión. En respuesta a ello, el fiscal acusa a la recurrente que hubiera ocultado al juzgado que Patrimonio Nacional ya le había contestado a su petición. La institución le informó de que las investigaciones y las exhumaciones se habían realizado después de que se emitieran decisiones judiciales y administrativas previas que demostraban que no existía la falta de competencia que la demandante argüía.

«Sin oír a la parte contraria»

El fiscal reprocha que «pese a ello, recurrió y solicitó la adopción de medidas cautelares de especial urgencia». Entre ellas estaba la suspensión de las exhumaciones y, todo ello, «sin oír a la parte contraria».

Con motivo de esa alegación, le otorgaron las medidas suspensivas en un auto fechado en el 14 de diciembre de 2023. Sin embargo, el Campoy aclara «que fueron dejadas sin efecto por posterior auto de 21 de diciembre de 2023; por apreciar, a la vista de la documentación, que ni existía vía de hecho ni afectaba a la abuela de la recurrente».

El fiscal aclara que, a pesar de todos estos hechos, «insiste la recurrente mediante el recurso de apelación interpuesto en afirmar que la actuación de Patrimonio Nacional es constitutiva de vía de hecho y que afecta a su abuela, sin aportar ningún dato fáctico nuevo que desvirtúe lo fundamentado en el auto recurrido».

A ojos de Campoy, en caso de que se otorgasen las medidas cautelares, eso podría acabar suponiendo «un evidente perjuicio al derecho de las víctimas, a la verdad, y en concreto al cumplimiento del deber de la Administración Pública de proceder a la localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas», de acuerdo con la Ley de Memoria Democrática.

Por eso, concluye que la mujer había actuado ejerciendo un abuso de derecho y mala fe procesal. Y solicita, con base en ello, que la Sala le sancione basándose en este motivo.

El juzgado de Madrid anuló el pasado mes de septiembre el acuerdo por el que el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial (Madrid) concedía una licencia urbanística para las obras con las que se acometían las exhumaciones, una decisión que el Gobierno ya avisó que recurriría.

La sentencia citada fue dictada tras el inicio de los trabajos forenses para exhumar a cerca de 130 restos del Valle de los Caídos. Esto resultó en una barrera para que se cumpliera con la resolución judicial que en 2016 reconoció el derecho de los familiares de los hermanos Lapeña a recuperar sus cuerpos.

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