Ley del sólo sí es sí

El fiscal general sale en auxilio del Gobierno: ordena oponerse a las rebajas de penas de la Ley Montero

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El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha dictado este lunes un decreto para que los fiscales den «una respuesta uniforme» a las revisiones de condenas firmes suscitadas por la entrada en vigor de la conocida como ley del solo sí es sí, estableciendo que no se modificarán cuando la pena impuesta pueda dictarse con el nuevo marco penal. Ortiz sale así en auxilio del Gobierno socialcomunista, en pleno huracán judicial por la Ley Montero.

«Es decir, la revisión sólo procederá cuando la pena efectivamente impuesta exceda en abstracto de la que correspondería imponer en aplicación de los preceptos de la nueva legislación penal», explica la Fiscalía General del Estado (FGE) en un comunicado. Subraya que «cada procedimiento deberá ser analizado individualmente, huyendo de automatismos que impidan valorar las concretas circunstancias concurrentes en cada caso».

La Fiscalía adopta este criterio establecido en la disposición transitoria del Código Penal desde 1995 que establece que cuando la pena impuesta «sea también imponible» con arreglo a la nueva norma, es decir, entre dentro de la horquilla de penas contemplada, no tiene por qué revisarse.

El castigo mínimo por una agresión sexual ha bajado de seis a cuatro años de prisión, de modo que a aquel que hubiera sido condenado a seis años de prisión no quedará más remedio que rebajarle la pena, por ser la mínima, pero, por ejemplo, a quien se le hubiera impuesto una de siete u ocho años de prisión no tendría que revisársele.

La FGE aclara que este decreto, «de obligado cumplimiento» para los fiscales, «se ha dictado para no demorar las pautas concretas para la revisión de sentencias hasta la publicación de una circular del fiscal general del Estado, que se emitirá próximamente una vez se someta al preceptivo informe de la Junta de Fiscales de Sala».

El movimiento del Ministerio Público tiene lugar después de que, tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica de garantía integral de libertad sexual, el pasado 7 de octubre, los jueces y tribunales hayan revisado numerosas condenas por abuso sexual rebajando más de una decena de penas, lo que ha supuesto la excarcelación de cinco personas. Hasta este momento los fiscales se habían pronunciado de manera favorable a la reducción de las condenas.

Según han explicado otras voces jurídicas, la ley del solo sí es sí ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.

Información de las fiscalías

Ya el pasado jueves, el jefe del Ministerio Público ordenó a los fiscales superiores que recabasen y le remitiesen la información sobre los casos de condenas por delitos sexuales que se han revisado a causa de la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí.

García Ortiz dio la orden de que los fiscales superiores remitan a la FGE «aquellos autos dictados por los juzgados o tribunales de justicia de su territorio en los que se haya procedido a la revisión de sentencias firmes condenatorias, así como los informes emitidos por el Ministerio Fiscal en las respectivas ejecutorias».

Así lo trasladó la jefa de la Secretaría Técnica de la FGE, Ana García León, con el objetivo de «realizar un seguimiento de las resoluciones judiciales que supongan una reducción de las penas impuestas en sentencias firmes tras la entrada en vigor de la citada ley orgánica».

Las fuentes fiscales consultadas por Europa Press explicaron entonces que la intención era analizar los casos en los que se han revisado las penas impuestas para ver si hay disparidad de criterios entre los fiscales de los distintos casos y si es necesario emitir una circular para unificarlos.

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