La tabla completa de las enfermedades por las que te darán la incapacidad permanente
La Seguridad Social tiene un listado de enfermedades que generalmente llevan a la incapacidad permanente
Dependiendo del grado de incapacidad y de enfermedad, se determina la cuantía
Cambio en la pensión por incapacidad permanente
La incapacidad permanente es una prestación que otorga la Seguridad Social que sirve para poder cubrir la pérdida de ingresos cuando una persona está incapacitada para trabajar por causa de una enfermedad o accidente. En España, el proceso para obtener esta pensión puede ser complejo y requiere cumplir con ciertos requisitos. Sin embargo, lo que suele generar más confusión es la falta de una lista oficial de enfermedades que garantice el acceso a poder cobrar una incapacidad permanente. Sin embargo, sí que podemos decir que la Seguridad Social tiene un listado de enfermedades recurrentes que suelen ser motivo de concesión.
Antes de conocer ese listado de enfermedades para conseguir una incapacidad permanente, debemos decir, que el proceso de solicitud de ésta, puede variar en función del tipo y grado de incapacidad que se sufra. Dependiendo de si se trata de una incapacidad parcial, total, absoluta o una gran invalidez, la Seguridad Social exigirá diferentes requisitos, como años de cotización o pruebas médicas. Por otro lado, la prestación puede ser compatible con otros trabajos, siempre que no afecten al estado del solicitante. Esta combinación de factores hace que sea fundamental entender bien cómo funciona el sistema y qué enfermedades pueden ser determinantes para recibir la incapacidad. Conozcamos entonces con más detalle qué es la incapacidad permanente, cómo se tramita y sobre todo, te daremos una lista de enfermedades que, aunque no son oficiales, frecuentemente resultan en la concesión de esta prestación. Esta lista puede servirte de orientación si sospechas que podrías ser beneficiario de la incapacidad permanente debido a tu estado de salud.
¿Qué es la incapacidad permanente?
La incapacidad permanente es una prestación económica destinada a las personas que, por enfermedad o accidente, han visto reducida o anulada su capacidad para trabajar. Esto puede ser a nivel parcial, total o absoluto, dependiendo de la gravedad de la condición médica del trabajador. En algunos casos, si la persona no puede realizar ninguna actividad laboral y necesita asistencia para las actividades diarias, se otorga una pensión especial denominada «gran invalidez».
Tal y como señala la Seguridad Social en su página web, existen cuatro grados principales de incapacidad permanente:
- Incapacidad permanente parcial: implica una disminución en el rendimiento laboral superior al 33%, pero permite al trabajador seguir ejerciendo su profesión habitual.
- Incapacidad permanente total: inhabilita al trabajador para realizar su profesión habitual, pero le permite dedicarse a otra actividad.
- Incapacidad permanente absoluta: el trabajador queda inhabilitado para realizar cualquier tipo de trabajo.
- Gran invalidez: además de estar incapacitado para trabajar, el beneficiario necesita asistencia para realizar los actos más básicos de la vida diaria, como comer o vestirse.
El tipo de pensión y la cantidad económica dependen del grado de incapacidad reconocido y de la base reguladora, que se calcula a partir de las cotizaciones previas del trabajador.
¿Cómo se tramita?
Para tramitar la incapacidad permanente, es necesario iniciar un proceso administrativo en la Seguridad Social. Este proceso comienza generalmente después de un período de incapacidad temporal, es decir, cuando un trabajador ha estado de baja por enfermedad o accidente durante un tiempo prolongado y no muestra señales de recuperación para volver a su empleo habitual.
Los pasos a seguir son los siguientes:
- Solicitud: el interesado, su empresa o la Seguridad Social pueden iniciar el proceso. Se debe presentar una solicitud formal junto con la documentación médica que justifique la incapacidad.
- Evaluación: un equipo de evaluación de incapacidades (EVI) valorará el caso, revisará los informes médicos y emitirá un dictamen. En Cataluña, este proceso lo realiza el Instituto Catalán de Evaluación de Incapacidades.
- Resolución: el INSS o la Mutua correspondiente dictarán una resolución en un plazo máximo de 135 días. Si no se recibe respuesta en este tiempo, la solicitud se considera desestimada por silencio administrativo.
Si la incapacidad es reconocida, el solicitante comenzará a recibir la pensión correspondiente según el grado de incapacidad. En caso de ser denegada, siempre existe la opción de recurrir a instancias superiores.
Lista de enfermedades que otorgan incapacidad permanente
A pesar de que no existe una lista oficial de enfermedades que garanticen la incapacidad permanente, hay ciertas patologías que, por su naturaleza crónica y su impacto en la vida laboral, suelen ser reconocidas por la Seguridad Social. A continuación, te ofrecemos una tabla con las 52 enfermedades más recurrentes que otorgan esta prestación:
- Ataxia
- Artrosis cervical
- Artritis reumatoide
- Aniridia
- Alzhéimer
- Albinismo
- Agorafobia
- Condromalacia rotuliana
- Cardiopatía isquémica
- Cáncer
- Distrofia de conos y bastones
- Distimia
- Diabetes
- Enfermedades hepáticas
- Estenosis foraminal
Esquizofrenia - Enfermedades renales
- Epilepsia
- EPOC
- Esclerosis múltiple
- Espondilitis anquilosante
- Espondilitis degenerativa
- Fibrosis quística
- Fibromialgia
- Hernia discal
- Ictus
- Lesión medular
- Lumbalgia crónica
- Lupus
- Miopía magna
- Maculopatía
- Neuropatía cubital
- Narcolepsia
- Postpolio
- Radiculopatía lumbar
- Retinopatía diabética
- Retinosis pigmentaria
- Rizartrosis
- Silicosis
- Síndrome de Ménière
- Síndrome de Sjögren
- Síndrome de Südeck
- Síndrome de Tourette
- Síndrome del túnel carpiano
- Síndrome subacromial
- Siringomielia y Arnold Chiari
- Stargardt
- Trastorno adaptativo mixto
- Trastorno bipolar
Esta lista incluye enfermedades que afectan a diferentes sistemas del cuerpo, desde patologías degenerativas como la esclerosis múltiple hasta condiciones psiquiátricas como el trastorno bipolar o la esquizofrenia. Cada caso se evalúa de forma individual, por lo que tener una de estas enfermedades no garantiza la obtención de la incapacidad, pero sí puede aumentar significativamente las posibilidades.