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Si cobras el paro, el SEPE tiene un mensaje para ti: comprueba si eres uno de los españoles afectados

OCDE, economía, euros
Billetes y monedas de euro.
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Es comprensible que aquellos que están actualmente recibiendo la prestación por desempleo se pongan nerviosos si el pago no llega a tiempo por parte del SEPE, el organismo encargado de gestionar esta prestación. Normalmente, se espera que se abone a principios de mes, por lo que cualquier retraso puede generar preocupación entre los beneficiarios.

Esta situación puede generar cierta inquietud, especialmente porque para muchos de ellos, la prestación por desempleo constituye su única fuente de ingresos. Por lo tanto, para ellos es crucial recibir el pago puntualmente para cubrir sus necesidades básicas.

¿Por qué no has cobrado el paro?

El SEPE proporciona una lista de las razones más comunes por las que algunos beneficiarios pueden no haber recibido su prestación por desempleo este mes.

Uno de los motivos principales a tener en cuenta es la existencia de deudas con el SEPE. Aquellos que tengan deudas podrían ver una determinada cantidad retenida como compensación por un cobro indebido.

Otra posibilidad es que se haya iniciado un procedimiento sancionador, lo que podría resultar en la cancelación permanente del paro. Sin embargo, en este caso, el SEPE debería notificarlo mediante correo certificado.

Además, es importante considerar si la prestación ha llegado a su fin. La duración de la prestación varía entre cuatro meses y dos años, por lo que es necesario revisar si el mes pasado fue el último en el que se recibió oficialmente.

Finalmente, el SEPE podría detectar situaciones de incompatibilidad, como el trabajo no declarado o la recepción de otras pensiones o prestaciones incompatibles con el cobro del paro.

Si es necesario reclamar el pago, se pueden seguir diversos procedimientos, ya sea presencialmente con cita previa, a través de Internet, o mediante consultas telefónicas en «Atención al ciudadano». También es posible realizar una solicitud en línea, indicando la incidencia y explicando la ausencia del abono en el apartado de «Observaciones».

Prestación por desempleo: obligaciones

Las personas que reciben prestaciones por desempleo están sujetas a una serie de obligaciones establecidas por la ley.

Entre estas obligaciones se encuentra la cotización por la contingencia de desempleo y la provisión de documentación e información necesaria para el reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del derecho a las prestaciones. Además, se requiere comunicar al SEPE y a los servicios públicos de empleo autonómicos el domicilio para recibir notificaciones y cualquier cambio en el mismo.

Es esencial participar en programas de empleo o acciones de formación profesional, así como aceptar colocaciones adecuadas ofrecidas por los servicios públicos de empleo o agencias de colocación. También se debe renovar la demanda de empleo y, si es necesario, solicitar la baja en las prestaciones por desempleo cuando se produzcan situaciones que justifiquen la suspensión o extinción de las mismas.

Asimismo, se debe devolver cualquier cantidad abonada indebidamente por el SEPE y presentar justificantes de haberse presentado en entrevistas de trabajo. Además, es obligatorio inscribirse como demandante de empleo, mantener la inscripción y cumplir con las exigencias del acuerdo de actividad.

Las personas beneficiarias deben buscar activamente empleo y participar en acciones para aumentar sus posibilidades de ocupación. Deben justificar estas acciones ante el SEPE y los servicios públicos de empleo autonómicos cuando se les solicite. En caso de no cumplir con estas obligaciones, se considerará que no se está cumpliendo con el acuerdo de actividad.

Infracciones

Cuando se incumplen las normas relativas a la búsqueda activa de empleo, se generan situaciones que pueden ser consideradas como infracciones leves. Por ejemplo, no presentarse ante el Servicio Público de Empleo Estatal en la fecha establecida o no devolver los justificantes requeridos en tiempo y forma.

Por otro lado, las infracciones graves implican acciones más serias, como no informar adecuadamente sobre cambios en la situación laboral que puedan afectar a las prestaciones recibidas. También se considera grave rechazar ofertas de empleo adecuadas sin una causa justificada.

Sin embargo, las infracciones más severas son aquellas que implican un fraude deliberado para obtener prestaciones de manera indebida. Esto incluye acciones como proporcionar información falsa o simular una relación laboral para prolongar el disfrute de beneficios injustamente.

Sanciones

Las infracciones relacionadas con el desempleo se sancionan de acuerdo con la gravedad de la falta cometida. Para las infracciones leves, se establece una escala de sanciones que aumenta progresivamente con cada reincidencia en el incumplimiento de las normativas. Desde la pérdida de un mes de prestaciones en la primera infracción hasta la extinción de las prestaciones en la cuarta.

De manera similar, las infracciones graves conllevan sanciones más severas, como la pérdida de prestaciones por periodos de hasta seis meses. La reincidencia en estas faltas puede resultar en la extinción de las prestaciones.

Por otro lado, las infracciones muy graves son objeto de las sanciones más drásticas, incluida la extinción inmediata de las prestaciones. Además, se puede excluir temporalmente a los infractores del derecho a recibir cualquier tipo de prestación económica o ayuda de fomento de empleo.

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