Ayuntamiento de Madrid

El Supremo avalará mantener los nombres de las calles de los asesinos Largo Caballero e Indalecio Prieto

El Alto Tribunal no puede revertir las sentencias del juzgado de primera instancia y del superior en aplicación de la ley

Indalecio Prieto y Francisco Largo Caballero.
Indalecio Prieto y Francisco Largo Caballero.

El Tribunal Supremo avalará que sigan las calles, esculturas y placas dedicadas a Francisco Largo Caballero el Lenin español e Indalecio Prieto en Madrid porque no puede aplicar la Ley de Memoria Histórica a estas figuras del republicanismo a pesar de tener en su pasado decisiones sanguinarias que acabaron con la vida de españoles.

Según fuentes consultadas por este periódico, el Alto Tribunal no tiene margen de maniobra y debe avalar las resoluciones de primera instancia –del juzgado ordinario– y de apelación –del Tribunal Superior de Justicia de Madrid– que ya desestimaron las retiradas de elementos que pedía Vox.

Aunque sean reprochables sus acciones, a ojos de los jueces del Supremo, los dirigentes socialistas no reivindicaron el golpe de Estado, la Guerra Civil ni la dictadura, por lo que quedan fuera del ámbito de aplicación de la Ley de Memoria Histórica.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo admitió a trámite hace unos meses el recurso de casación presentado por el Grupo Municipal de Vox en el Ayuntamiento de Madrid y por la Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces. El recurso se dirige contra la sentencia que anuló la retirada de una placa dedicada a Francisco Largo Caballero en la plaza de Chamberí.

El Partido Popular y Vox aprobaron en el pleno del Ayuntamiento en septiembre de 2020 una proposición que ordenaba retirar los nombres de la Avenida Francisco Largo Caballero y del Bulevar de Indalecio Prieto. También instaba a quitar «la placa situada en la Plaza de Chamberí dedicada a Largo Caballero y se inste a la retirada de las estatuas erigidas en Nuevos Ministerios en su memoria».

El PSOE comenzó una diuturna batalla judicial para revertir esta decisión. Después de decisiones en sentido contrario, los socialistas lograron que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Madrid estimara su recurso por sentencia de octubre de 2022.

El juez entendió que para retirar elementos urbanos en base a la Ley de Memoria Histórica de 2007 es necesario contar con datos objetivos. Debe probarse que el nombre de una persona «ensalza o realza las circunstancias de esa persona» en relación con uno de los tres hitos históricos previstos: la sublevación militar de 1936, la Guerra Civil o la posterior represión de la dictadura.

A la vista del expediente sobre las avenidas a Largo Caballero e Indalecio Prieto y la placa del primero, el juez consideró que no existían datos temporales precisos. No se vinculaban los hechos atribuidos a los personajes con los hitos históricos previstos en el artículo 15.1 de la Ley de Memoria Histórica. Aunque cometieron actos bárbaros los jueces consideran que así no se exalta la Guerra Civil.

Vox y la Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que desestimó el recurso de apelación en una sentencia de 2023. Para el TSJ de Madrid, la placa, las calles y las estatuas a Largo Caballero y Prieto no constituyen per se la exaltación que exige la Ley de Memoria Histórica. Responden a una mención conmemorativa a quienes desempeñaron cargos de relevancia como presidente del Consejo de Ministros y ministro.

El grupo municipal del partido de Santiago Abascal y la citada asociación presentaron entonces un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Los recurrentes sostuvieron que «en virtud de la Exposición de Motivos de la Ley de Memoria Histórica, la citada Ley es susceptible de aplicarse a figuras de distinto signo político durante el período histórico a debate».

Los magistrados del Supremo consideraron que «este recurso presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia». El primer punto que el alto tribunal va a estudiar es «cuál es el alcance subjetivo del artículo 15 de la Ley de 2007 de Memoria Histórica, a efectos de aclarar si es aplicable a figuras políticas de distinto signo político».

Victoria con Millán Astray

En base a ese artículo, distintas administraciones iniciaron una nueva ronda de cambios de topónimos y de eliminación de vestigios que conmemoraban a Francisco Franco, a personalidades de la dictadura y a militares del bando sublevado. Por ejemplo, el mismo Ayuntamiento de Madrid en la etapa de Manuela Carmena cambió varias calles de nombre, como la del general Millán Astray, justificando que incumplían la ley por recordar a personalidades «franquistas». Sin embargo, no justificó bien por qué esa figura va contra la Ley de Memoria Histórica y entonces la plataforma a favor del fundador de la Legión y de Radio Nacional junto con Vox lograron que la calle se quedara.

Tras la era de Carmena, PP y Vox en el Ayuntamiento de Madrid se ampararon en esa misma ley para eliminar elementos conmemorativos del bando republicano. Francisco Largo Caballero fue dirigente socialista y presidente del Consejo de Ministros entre septiembre de 1936 y mayo de 1937. Indalecio Prieto, también del PSOE, fue ministro de Marina, Aire y Defensa Nacional durante la guerra.

En este punto con Largo Caballero y Prieto, tal como dijo la propia Manuela Carmena, lo único que queda ante resoluciones judiciales contrarias a los intereses del Gobierno municipal era cambiar los nombres de las calles por decreto sin hacer referencia a la Ley de Memoria Histórica ya que los ayuntamientos tienen plena capacidad para votar y aprobar cambios en su callejero de forma ordinaria.

Historia sanguinaria

Francisco Largo Caballero, conocido como el Lenin español, dirigió el Gobierno durante los momentos más críticos de la contienda. Indalecio Prieto, por su parte, fue una de las figuras más relevantes del socialismo español en el primer tercio del siglo XX. Aunque Largo Caballero y Prieto no fueron jefes de las checas donde se torturó y asesinó a españoles, sí fueron los líderes del Gobierno que oficialmente las autorizó.

El Supremo tumbará los recursos a favor de esas calles porque, además, uno de los tres recursos presentados ya se había inadmitido de plano sin tramitarlo, por lo que era cosa juzgada en el Supremo. Por tanto, las fuentes consultadas apuntan que el alto tribunal no podrá más que confirmar las decisiones de las instancias inferiores.

El veredicto del Supremo marcará un precedente crucial sobre los límites de la Ley de Memoria Histórica de José Luis Rodríguez Zapatero, dilucidando que la nostalgia por el pasado republicano no puede, por ahora, convertirse en materia de olvido oficial.

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