Okupación

Los okupas se adelantan a la nueva ley: éste es su plan para evitar el desalojo exprés

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Blanca Espada

En los últimos meses, la palabra okupa vuelve a sonar con fuerza ya que ha entado en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, también conocida como la nueva ley antiokupas. Prometida como una herramienta ágil y definitiva para devolver la propiedad a sus legítimos dueños, esta norma ha generado grandes expectativas, sobre todo entre aquellos propietarios que llevan años lidiando con procesos judiciales interminables. Sin embargo, y como ocurre con frecuencia cuando la política entra en juego, la letra pequeña y las limitaciones prácticas han abierto brechas por las que muchos okupas ya han empezado a colarse. De hecho hay algo que los okupas hacen para evitar el desalojo exprés.

La norma, que en teoría permite desalojos en un plazo de 15 días, parece firme sobre el papel. Pero la realidad, como tantas veces ocurre, es mucho más compleja. Mientras el Gobierno vende su aprobación como un logro en la lucha contra la okupación ilegal, quienes conocen bien el funcionamiento de los tribunales, y sobre todo quienes han pasado por uno, saben que los procesos rara vez son tan expeditivos. De hecho, los propios okupas ya se han organizado para aprovechar las debilidades del sistema judicial y evitar, al menos por ahora, ese temido desalojo exprés. Por ello, el resultado es un panorama desigual y desalentador para miles de propietarios: por un lado, una ley que promete rapidez y eficacia; por otro, una realidad judicial saturada, con huecos legales y estrategias preparadas por quienes hacen de la okupación un modus vivendi.

Así, mientras las administraciones se esfuerzan en transmitir calma y control, muchos ciudadanos se sienten igual de desprotegidos que antes, y los okupas, lejos de estar a la defensiva, ya juegan con ventaja.

El desalojo exprés y su talón de Aquiles

La medida estrella de la nueva ley es el desalojo exprés: un mecanismo judicial que, en principio, permite al propietario recuperar su vivienda en un plazo de apenas dos semanas desde la denuncia. No obstante, este plazo de 15 días ha resultado ser más un titular que una realidad consolidada. Para que dicho desalojo se materialice, es necesario que no existan dudas sobre la ilegalidad de la ocupación. Aquí es donde comienzan los problemas.

En la práctica, basta con que el okupa presente algún documento, aunque sea presuntamente falso, para frenar el proceso. Contratos de arrendamiento simulados, recibos fabricados o incluso testimonios de terceros que afirmen una supuesta cesión verbal del inmueble. Cualquier excusa documental puede bastar para que el juzgado decida abrir diligencias, lo que transforma lo que debería ser una resolución rápida en un procedimiento ordinario, con los tiempos que eso conlleva: semanas o incluso meses de espera.

Documentación falsa: la estrategia más usada

No es ningún secreto entre quienes conocen este fenómeno que los okupas se asesoran jurídicamente mejor de lo que muchos imaginan. En foros, redes sociales y plataformas organizadas, circulan modelos de contratos falsos, consejos sobre cómo actuar ante una denuncia e incluso testimonios de quienes ya han pasado por el proceso y saben cómo esquivar la expulsión. Esta red informal de información les da una clara ventaja.

Uno de los trucos más efectivos consiste en aportar un contrato privado supuestamente firmado con el anterior propietario, o un recibo de pago a nombre de otra persona. Aunque no sean válidos, estos documentos obligan al juzgado a detener el proceso exprés y a analizar la situación con más detalle. El simple hecho de generar dudas sobre la ilegalidad de la ocupación les gana tiempo, que es, precisamente, lo que necesitan para seguir en la vivienda.

La saturación y lentitud en los juzgados

Otro factor que juega a favor de los okupas es la realidad de los juzgados españoles, especialmente en grandes ciudades como Madrid, Barcelona o Valencia. La sobrecarga de trabajo, la falta de medios y los plazos acumulados provocan que cualquier incidente, por pequeño que sea, retrase los procedimientos. La ley puede decir una cosa, pero si no hay personal suficiente para ejecutarla con celeridad, de poco sirve.

Muchos jueces se enfrentan a decenas de casos diarios y no siempre disponen del tiempo necesario para profundizar en cada uno de ellos. Esto provoca que las estrategias dilatorias de los okupas tengan aún más éxito. Además, en algunos casos, los propios funcionarios judiciales se enfrentan a interpretaciones dispares de la nueva norma, lo que añade inseguridad jurídica al proceso.

¿Y qué sucede con los inkiokupas?

Por otro lado, uno de los aspectos más criticados por asociaciones de propietarios es la exclusión de los llamados inquiokupas de esta nueva ley. Este término hace referencia a aquellas personas que entraron legalmente en una vivienda como inquilinos, pero que dejaron de pagar el alquiler y, pese a ello, se niegan a marcharse. Legalmente no se les considera okupas, y por tanto no se les puede aplicar el desalojo exprés.

Este vacío legal ha generado frustración entre muchos propietarios, especialmente pequeños arrendadores que ven cómo el impago del alquiler se prolonga durante meses sin que puedan hacer nada para recuperar su propiedad. En estos casos, los procedimientos judiciales siguen el cauce tradicional, que puede extenderse durante un año o más. Por ello, la nueva ley, lejos de aliviar su situación, la ignora por completo.

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