Pensión

El INSS te va a quitar la pensión de viudedad sin piedad: adiós a cobrar si está en esta lista

pensión de viudedad
Blanca Espada

Perder una pensión de viudedad puede parecer, para muchos, una idea remota o improbable. Es comprensible: cuando alguien ha convivido durante años con su pareja y esta fallece, la lógica nos lleva a pensar que esa ayuda económica será para siempre. Sin embargo, la normativa que regula estas pensiones en España establece una serie de condiciones que, si no se cumplen, pueden dar lugar a la retirada inmediata del derecho a cobrar esta prestación. Y no, no es algo excepcional: hay muchas personas que, sin saberlo, están en la lista de quienes pueden quedarse sin nada.

A día de hoy, más de 9,3 millones de personas reciben algún tipo de pensión en España, y una parte de ellas depende directamente de la pensión de viudedad como principal fuente de ingresos. Según los últimos datos oficiales, esta ayuda ronda los 934 euros al mes, una cifra que, en muchos hogares, representa más de la mitad de lo que entra mensualmente. Pero si el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) detecta ciertas situaciones, actúa sin contemplaciones, y eso puede suponer un verdadero quebradero de cabeza. Por eso, conviene repasar en qué casos concretos te pueden quitar la pensión de viudedad, incluso aunque creas que todo está en regla. Aquí te contamos los supuestos clave y las razones que podrían dejarte fuera del sistema de ayudas.

¿Cuándo nos pueden quitar la pensión de viudedad?

Para empezar, la pensión de viudedad no es automática. Aunque hayas convivido con tu pareja durante años, si no estabas casado o registrado como pareja de hecho de forma oficial, podrías no tener derecho a esta ayuda. La ley exige que el matrimonio o la inscripción como pareja de hecho se haya producido al menos dos años antes del fallecimiento. En el caso de las parejas no casadas, además, hay que demostrar una convivencia estable, continua y notoria durante al menos cinco años antes de la muerte del cónyuge.

Si estás divorciado, también podrías cobrarla, pero bajo ciertas condiciones: no haber vuelto a casarte ni haber formado otra pareja de hecho. Además, si durante el matrimonio anterior se acordó una pensión compensatoria (según el Código Civil), y esta se extinguió por el fallecimiento del ex cónyuge, es posible acceder a la pensión de viudedad. Pero si no existía esta pensión compensatoria, la Seguridad Social puede denegar la solicitud. Todo depende de lo que figure en la sentencia de divorcio.

También hay requisitos en cuanto a la cotización del fallecido. Si la muerte no se debió a un accidente o enfermedad laboral, es necesario que haya cotizado al menos 500 días en los cinco años anteriores al fallecimiento. De lo contrario, la pensión de viudedad podría no concederse. Estos matices, aunque parezcan técnicos, son fundamentales y muchas veces pasan desapercibidos.

Volver a rehacer tu vida puede dejarte sin pensión

Uno de los casos más frecuentes en los que el INSS retira la pensión de viudedad es cuando el beneficiario vuelve a casarse o constituye una nueva pareja de hecho. Esta situación, completamente natural y humana tras un duelo, puede conllevar la pérdida automática de la prestación. Sin embargo, existen dos excepciones claras:

  • Que la pensión de viudedad represente al menos el 75% de los ingresos totales del beneficiario.
  • Que la renta conjunta del nuevo matrimonio o pareja no supere el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anual.

Si se cumple alguno de estos dos supuestos, es posible mantener la pensión de viudedad. Pero, si no es así, la Seguridad Social actuará sin contemplaciones. Esto ha generado no poca polémica, ya que se considera una intromisión en la vida privada. Aun así, la normativa es clara y se aplica de manera uniforme en todo el país.

También hay que tener en cuenta que, en muchos casos, el miedo a perder la pensión hace que algunas personas eviten formalizar nuevas relaciones de manera legal, lo cual genera situaciones personales complicadas y decisiones difíciles desde el punto de vista emocional y económico.

Condenas por violencia o crimen: una pérdida inmediata

Otro supuesto en el que se pierde automáticamente la pensión de viudedad es en los casos en los que se ha demostrado que el beneficiario ha tenido algo que ver con la muerte del cónyuge. Esto, que puede parecer extremo, está regulado por la Ley 26/2015 y se aplica en casos de sentencia firme por homicidio o violencia de género.

Dicho de otro modo: si una persona es condenada por haber causado la muerte de su pareja, no podrá recibir ninguna prestación derivada de ese fallecimiento. La ley lo califica como un acto contrario a la buena fe y a los principios del sistema de pensiones. Tampoco se puede heredar en estos casos, ni acceder a ningún otro derecho como beneficiario.

Además, esta inhabilitación no admite excepciones ni matices. El simple hecho de existir una sentencia judicial firme basta para que la Seguridad Social retire la pensión de forma definitiva. Por tanto, esta medida actúa no solo como castigo, sino también como una forma de protección institucional frente a situaciones de abuso o violencia dentro de la pareja.

Cómo se calcula y cuánto se cobra realmente

Para quienes sí cumplen con todos los requisitos, la pensión de viudedad se calcula aplicando un porcentaje sobre la base reguladora del fallecido, normalmente un 52%, aunque esta cifra puede aumentar al 70% si se tienen cargas familiares o si el beneficiario tiene más de 65 años y no recibe otras rentas.

A pesar de que no se trata de una prestación elevada, el importe medio en España ronda los 934 euros mensuales, según los últimos datos del Ministerio. Y aunque esta cantidad puede variar según la comunidad autónoma o la base de cotización del cónyuge fallecido, en muchos casos representa el único ingreso fijo del hogar.

Por eso, perderla supone un cambio radical en la economía doméstica. De ahí que conocer los detalles y evitar errores administrativos o decisiones que puedan provocar la suspensión sea tan importante como cobrarla en primer lugar.

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