Hipotecas

El impuesto de actos jurídicos puede costar a la banca más que los 4.000 millones de las cláusulas suelo

Bankinter, Bankia y Sabadell pueden ser las entidades más afectadas junto con Caixabank

Queda por ver si la sentencia del Tribunal Supremo podrá reclamarse por la vía civil

ING gana 2.485 millones en 2020, un 48% menos y anuncia la recuperación del dividendo
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El Tribunal Supremo ha brindado este jueves a la banca española un nuevo día negro en bolsa. Al declarar que son los bancos y no los clientes quienes deben abonar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (entre el 0,5% y el 1,5% dependiendo de la comunidad autónoma), el Alto Tribunal ha desatado un terremoto que ha hundido a la banca en bolsa.

La sentencia ha sido dictada por la sala de lo Contencioso-Administrativo. Esto es poco habitual, ya que la justicia que enfrenta a banca y consumidores se imparte siempre en la sala de lo Civil. Pero al tratarse de un procedimiento administrativo, no queda tan claro a cuántos consumidores afectará y, por tanto, qué potencial daño le espera a las entidades bancarias. Incluso en el mundo jurídico, este periódico pudo recoger a lo largo del jueves interpretaciones distintas. Moody’s cifró las pérdidas potenciales por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en «más que las cláusulas suelo» en marzo de este mismo año. Esto supondrá de cumplirse un castigo a las entidades financieras superior a los aproximadamente  4.000 millones de euros que ha costado al sector bancario español las cláusulas suelo, que iniciaron los procedimientos civiles.

Sin embargo, la versión más aceptada indica que aquellos hipotecados que hayan pagado el impuesto de actos jurídicos documentados (esto es, prácticamente todos) podrán reclamar hasta cuatro años después de formalizar la hipoteca, que es el periodo de prescripción de los casos con la Agencia Tributaria. Esto nos llevaría a que las entidades que más han echado el resto en constituir nuevas hipotecas en los últimos años (Caixabank, Bankia, ING Direct, Sabadell o Bankinter) serían las más dañadas por este procedimiento.

La carrera por formalizar hipotecas puede salir cara

Si las reclamaciones civiles alegando cláusula abusiva no prosperan y todo se ciñe a la nulidad del artículo del Real Decreto que ha señalado la sala Contencioso-Administrativa del Supremo, los últimos cuatro años serían la referencia. Por tanto, ahí se verían mucho más afectadas las entidades que en este periodo han crecido en producción de hipotecas nuevas, y menos afectado el sistema bancario en general. La entidad líder en concesión de nuevos préstamos hipotecarios en 2017 fue Caixabank, que concedió hipotecas por 5.500 millones de euros mientras que a mitad de 2018 alcanzaba los 3.349, lo cual indicaría que terminará este año con números similares y de nuev en posición de liderazgo, dado que apenas quedan dos mese y medio para terminar el ejercicio.

Caixabank es la líder del mercado en nuevas hipotecas en los últimos años

Con un riesgo también grande encontraríamos a la otra entidad bancaria catalana, Banco Sabadell, que entre enero y junio firmó hipotecas por valor de 2.095 millones de euros, con visos a superar los 3.299 millones de euros en producción de hipotecas con que cerró 2017

También estaría muy dañada ING Direct, el banco neerlandés que se ha convertido en uno de los principales actores del mercado hipotecario en los últimos años y que tuvo una producción de nuevas hipotecas de 2.400 millones de euros en 2017. En los últimos años ha luchado por llevarse más nuevas hipotecas que nadie en el mercado.

Por otra parte, también con alto riesgo se encuentra Bankia, que firmó 810 millones en nuevas hipotecas en 2014, 678 en 2015, 816 en 2016 y 1.908 en 2017. El banco público presidido por Juan Ignacio Goirigolzarri ha tenido que devolver más de 200 millones de euros a sus clientes por cláusulas suelo y otro pago millonario se ciñe sobre él. En este caso además, sería una transferencia de fondos desde una entidad pública (Bankia está participada en más del 60% por el FROB) a manos de los particulares.

Por su parte, los dos grandes bancos españoles, Santander y BBVA, han permanecido durante la jornada del jueves estudiádamente callados, con la esperanza de que la ola reputacional y sobre todo legal no les pase en esta ocasión a ellos por encima.

¿Merecerá la pena solicitarlo?

Daniel Vaccaro, profesor de Fiscal en EAE Business School, considera que hay «varias incógnitas respecto al plazo. Depende de si se interpreta como una cláusula abusiva por la vía civil, en cuyo caso serían más de 4 años, o no. Si es abusiva se podría interpretar que va más allá y no ceñirlo a una prescripción por vicio de consentimiento».

«La otra incógnita -asegura- es hasta que punto va a ser rentable reclamar  el impuesto de actos jurídicos y ello va ligado a la forma de reclamarlo. Si se va a habilitar un proceso extrajudicial como hicieron en las cláusulas suelo o habrá que ir al juzgado, lo cual encarece el proceso». El motivo, como recuerda, es que el TS cambia la doctrina y si antes consideraba que la hipoteca beneficiaba al cliente (y por ello pagaba el AJD), ahora considera que beneficia al banco y por ello paga él el impuesto.

«Es un varapalo brutal al sector bancario, veremos de cuantos miles de millones de euros»

Precisamente para evitar estos costes, desde la asociación de consumidores Adicae ya se está promoviendo que se vaya a procedimientos colectivos: «La solución no puede ser otra que colectiva para los millones de afectados. Adicae defiende que sea una solución global y colectiva porque si no se va a dejar en la estacada a un 90% de los usuarios, que no sabrán cómo reclamar o no se atreverán a hacerlo», han dicho en la asociación, presente en casi todos los casos que han enfrentado a bancos con consumidores en los tribunales

Lo que sí está convencido Vaccaro, el profesor de la escuela de negocios, es que el impuesto de actos jurídicos «es un varapalo brutal al sector bancario, veremos de cuántos miles de millones. No sería sorprendente que tengamos que esperar a que los jueces digan algo y la verdad acabará en un punto medio».

Fuentes jurídicas consultadas consideran que aún hay una cierta incertidumbre que debería de aclararse en los próximos días y que no es necesario precipitarse en presentar demandas. De hecho, aquellos que litigaron por el impuesto de actos jurídicos documentados durante estos años anteriores y llegaron al Supremo, difícilmente podrán recuperar el impuesto al tratarse de una cosa ya juzgada y no ser posible una revisión de la misma tras sentencia firme. En este punto, ir los primeros no ha sido necesariamente positivo.

Dudas sobre hasta cuándo se puede reclamar

El plazo de prescripción ordinario en materia civil es de cuatro años. Esto quiere decir que cualquier hipoteca que no haga más de 4 años que haya sido cancelada podría una cláusula abusiva si fuera un procedimiento civil. Esto nos llevaría a que hipotecas de gran antigüedad, incluso del siglo pasado y por supuesto de la burbuja inmobiliaria, podrían verse afectadas siempre que no fueran canceladas hace más de 4 años, tal y como está pasando por ejemplo con las cláusulas suelo. Sin embargo, en este caso hablamos de un procedimiento administrativo, que no ha anulado una cláusula sino una ley. Según Juan Ignacio Navas, socio director de Navas & Cusí, «el Supremo ha decretado la nulidad de un artículo de un RD de 25 de mayo de 1995. Por lo tanto, entendemos que si es nulo, debe de darse por no puesto por manifiestamente injusto y se pueden reclamar aquellos hipotecados con hipotecas posteriores al 25 de mayo de 1995».

De igual modo, Jesús María Ruiz Arriaga, de Arriaga & Asociados, ha dicho a OKDIARIO que «todos los préstamos que tengan hipoteca» podrán solicitar la devolución del impuesto de actos jurídicos documentados, señalando que iniciarán procedimientos civiles.

Desde la banca la versión es otra: aseguran que la sentencia les obliga pagar el impuesto de actos jurídicos documentados, pero solo desde ahora en adelante ya que no cabe la retroactividad en este caso.

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