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Hacienda lo cambia todo con los jubilados: esto va a pasar con sus impuestos

Hacienda lo cambia todo con los jubilados: esto va a pasar con sus impuestos

La jubilación es uno de esos momentos en los que te cambia la vida, cuando das por concluida la vida laboral para dedicarte a disfrutar del tiempo libre tras toda una vida trabajando, sin duda una situación muy merecida y que se debe disfrutar con las mejores condiciones económicas posibles. Te contamos qué va a pasar con los impuestos de los jubilados, una novedad que lo va a cambiar todo y que debes conocer porque te puede afectar, ¡y mucho!.

Estos son los jubilados que no hacen la renta

El plazo para realizar la declaración de la renta finaliza el viernes, 30 de junio, por lo que quienes todavía no la han presentado están a tiempo de hacerlo dentro del plazo y no tener que pagar una multa por hacerlo fuera de plazo, o por no hacerlo siquiera entonces. En cuanto a la renta de los jubilados, hay que tener en cuenta que la pensión de jubilación de la Seguridad Social se reconoce como rendimiento del trabajo, lo que supone tener una retención del IRPF, pero hay ciertas situaciones en las que los jubilados pueden estar exentos de pagar este impuesto.

Los jubilados que no hacen la renta al estar exentos de pagar el IRPF son aquellos cuya pensión no supera los 12.900 euros anuales, cantidad marcada como límite para el ejercicio fiscal de 2022, por lo que cualquier jubilado que no llegue a esa cifra no tiene la obligación de presentar la declaración en la campaña que finaliza en dos días. Además, hay una serie de deducciones y reducciones que se pueden aplicar para reducir la factura fiscal en el caso de los jubilados que superen esa cifra anual y deban presentar la declaración.

Es importante destacar que Hacienda ofrece un tratamiento especial para la venta de una vivienda habitual si es propiedad de un contribuyente jubilado, estando exentos los mayores de 65 años de pagar por la ganancia obtenida tanto si la vivienda habitual se transmite a cambio de un capital como si es a cambio de una renta, ya sea temporal o vitalicia. Si la vivienda tuviera dos propietarios y uno de ellos aún no hubiera cumplido los 65 años, la exención se aplicaría únicamente sobre el 50% del importe.

También en relación a la vivienda, los jubilados puede pagar una menor tasa del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), una cifra que depende de los Ayuntamientos y que en algunos municipios alcanza hasta el 75%. Además, los planes de pensiones individuales bajaron su umbral hasta una aportación máxima de 1.500 euros, es decir, que en la renta de 2023 se podrá deducir hasta 1.500 euros en aportaciones a planes de pensiones.

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