El Gobierno pone en marcha la norma para proteger a los pequeños inversores
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el anteproyecto de Ley del Mercado de Valores, transposición de la directiva europea MiFID II, con el objetivo de asegurar unos elevados niveles de protección de los inversores en productos financieros y aumentar la seguridad de los mercados de valores.
La norma ya ha pasado los trámites de consulta y de audiencia pública, en el que se recibieron 50 documentos con más de 450 observaciones, de 38 personas o entidades, explica el Ministerio de Economía en un comunicado.
Ahora será enviada al Consejo de Estado para recibir dictamen, volverá al Consejo de Ministros y será remitida al Parlamento para su aprobación y entrada en vigor en el plazo más breve posible.
Lo más destacable del anteproyecto de ley, como ha explicado el portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, es todo lo relativo a la protección del pequeño inversor en aspectos como las comisiones que las entidades exigen por las denominadas retrocesiones.
El ejemplo más típico es el de un banco que comercializa o recomienda un fondo de inversión a un cliente y cobra de la gestora del fondo un incentivo que en muchos casos traslada al cliente final y que puede «adulterar» la labor de asesoramiento.
En función de los servicios que se presten, la directiva europea de mercados e inversiones (MiFID II) permite o prohíbe el cobro de estas comisiones u otros incentivos. En concreto, se prohíbe absolutamente el cobro de comisiones cuando se prestan servicios de asesoramiento financiero independiente o gestión de carteras.
Si se prestan otros servicios de inversión es necesario incrementar la calidad del asesoramiento y garantizar que se actúa de forma «honesta, justa y profesional» de acuerdo con el mejor interés del cliente.
Se considera que se cumplen estas condiciones cuando, por ejemplo, en la oferta de productos se incluyen los de otros competidores.
El desarrollo reglamentario de la ley determinará que debe ofrecerse, al menos, un 25 % del total de los productos de la misma categoría de terceras entidades para considerar que existe el aumento de la calidad del servicio.
La directiva europea y el anteproyecto de ley aprobado por el Gobierno abordan también la problemática de los depósitos estructurados, aquellos cuya rentabilidad depende de la evolución de un índice o del precio de un activo financiero.
La denominada gobernanza de productos también se regula dentro del ámbito de la protección a los inversores.
De este modo, las empresas de servicios de inversión que diseñen instrumentos financieros para su comercialización a clientes deberán implementar un proceso previo de aprobación de cada instrumento, para identificar un mercado de clientes a los que se dirigirá.
El Ministerio de Economía añade que las empresas de servicios de inversión deberán llevar además un registro de las actuaciones que realizan con los clientes y en los mercados en los que operen.
El objetivo es poder atender a requerimientos de la CNMV en su labor supervisora o dar respuesta a reclamaciones de clientes.
En cuanto a la mejora del funcionamiento de los mercados, el anteproyecto de ley aborda aspectos de la denominada negociación algorítmica de alta frecuencia, en la que de manera informática se determinan los distintos parámetros de las órdenes, como el momento o el precio al que se ejecutan.
Las entidades que realizan este tipo de negociación deberán establecer controles de riesgos y comunicar a su supervisor el algoritmo utilizado y el mercado en el que se aplica. La batería de medidas también alcanza a los mercados de financiación de pymes y establece una nueva categoría de centro de contratación.