Giro de 180 grados para los caseros: te va a caer una multa de 60.000 euros por no hacer esto
Los caseros que pongan su vivienda en alquiler pueden sufrir una gran multa si no se cumplen con la legislación vigente en materia de VPO


España tiene un grave problema con la vivienda y el Gobierno de Pedro Sánchez no está sabiendo atajar el mal de un país en el que muchas personas no disponen de capacidad económica ni siquiera para alquilar una vivienda en una gran ciudad. Los precios de acceso a compra o alquiler siguen al alza mientras que muchas personas en situación de vulnerabilidad tienen que recurrir a las viviendas de protección oficial para poder encontrar su hogar. La ley también dispone alguna multa para los caseros que pongan en alquiler las VPO.
«Vivienda cuyas características técnicas, posibles usuarios y precio máximo de acceso a su uso y disfrute están limitados por una regulación especial, habitualmente completada con el beneficio de subvenciones, ayudas y beneficios fiscales, para favorecer la efectividad del derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada». Así es como define la Real Academia Española lo que en España se denomina vivienda protegida. Dentro de la vivienda protegida, en el Real Decreto Ley 31/1978, de 31 de octubre, sobre política de viviendas de protección oficial, podemos encontrar tres tipos:
- Vivienda de protección oficial (VPO)
- Vivienda de protección pública básica (VPPB)
- Vivienda de protección pública de precio limitado (VPPL)
La ley de vivienda aprobada el pasado 18 de mayo de 2023 ha introducido varios cambios en lo que respecta a las viviendas de protección oficial, cuyo origen data de los años 70, fecha desde la que el Estado subvenciona estos inmuebles para que sean más baratos y accesibles a las personas que están en una situación de vulnerabilidad. A día de hoy, para poder acceder a una VPO en España, se tienen que cumplir una serie de requisitos y el más importante es el límite de ingresos, que no puede superar el 5,5% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. También habrá que seguir otros parámetros, como no tener una vivienda en propiedad, generalmente tener menos de 35 años y estar empadronado en la ciudad. A esta ayuda en lo que tiene que ver con el acceso a la vivienda tendrán prioridad las personas que formen parte de colectivos vulnerables.
La principal premisa que tendrán que cumplir los beneficiarios será ser una persona física y destinar la VPO a vivienda habitual permanente, ya que no se podrá adquirir como segunda residencia o con fines especulativos. También estará terminantemente prohibido poner en alquiler una VPO, salvo en situaciones excepcionales que marquen las comunidades autónomas. Los caseros que pongan en alquiler una vivienda protegida en España se exponen a una multa que incluso puede llegar a los 60.000 euros.
Las VPO y el alquiler
En España, la ley no permite poner en alquiler una vivienda de protección oficial salvo que se haya convertido en vivienda libre y para ello tienen que haber transcurrido al menos 10 años desde la adquisición. Las comunidades autónomas son las encargadas de definir estos plazos, que pueden ir de los 10 a los 30 años. Antes de este tiempo se podrá poner en alquiler una VPO si se cumplen ciertos criterios.
Por ejemplo, se podrá alquilar una VPO antes de los 10 años que marca la norma en caso de mudanza por necesidad laboral o familiar. Para ello, el organismo de vivienda de cada comunidad autónoma tendrá que dar el consentimiento. También se podrán poner en alquiler algunas VPO como las de promoción privada o viviendas de protección pública que en su día no fueran beneficiarias de ayudas o subvenciones por parte de la Administración.
La multa para los caseros por alquilar una VPO
La ley establece la multa a la que se arriesgan los caseros que pongan en alquiler una vivienda de protección oficial. Estas pueden ir de los 150 euros por errores administrativos menores a los 60.000 euros en caso de que se produzcan reiteraciones. Estas serán las multas por poner en alquiler una VPO:
- Leve: multa de 150 a 1.500 euros por errores administrativos.
- Grave: multa de 1.500 a 6.000 euros en caso de alquilar una VPO superando el precio establecido por la ley.
- Muy grave: de 6.000 a 60.000 euros en caso de producirse reiteraciones.
Cataluña es una de las comunidades que más dura con las personas que pongan en alquiler una vivienda de VPO, ya que establece multas de hasta 90.000 euros para los infractores. Cada comunidad autónoma será la que disponga los plazos para liberar la vivienda de protección oficial y las multas en caso de ponerla a la venta o alquilarla sin cumplir con ciertos criterios.