Díaz forzará a las empresas a negociar los sueldos con UGT y CCOO aunque no haya empleados sindicados
La vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, se ha propuesto blindar el poder de UGT y Comisiones Obreras en las negociaciones entre las empresas y los trabajadores. Díaz ha propuesto a los agentes sociales, dentro de las reuniones que está manteniendo semanalmente con empresarios y sindicatos para pactar una contra reforma laboral, modificar el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, el referido a las Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, para obligar a las empresas a pactar con las principales centrales sindicales cualquier cambio en las condiciones de trabajo de carácter colectivo aunque esas compañías no tengan trabajadores sindicados.
Se trata de todas las cuestiones relacionadas con las condiciones laborales de los trabajadores: los horarios, los turnos, los sueldos, el sistema de trabajo y rendimiento, y, por último, las funciones. No están incluidos en este punto los despidos.
De acuerdo con el texto del nuevo artículo 41 propuesto a los agentes sociales, al que ha tenido acceso este diario, los cambios sustanciales en las condiciones de trabajo de las empresas deberán negociarse entre el empresario y el comité de empresa o, si así lo acuerdan los trabajadores, con las secciones sindicales. Este punto se asemeja con la reforma aprobada ya en 2012 por el PP, con Fátima Báñez en el Ministerio de Trabajo.
El cambio viene en los centros «en los que no exista representación unitaria», generalmente las empresas más pequeñas, con un menor número de empleados. En este caso, la propuesta de Díaz señala que «se creará una comisión sindical integrada por los sindicatos más representativos y por los sindicatos representativos del sector al que pertenezca la empresa y con legitimación para formar parte de la comisión negociadora del convenio colectivo de aplicación».
El texto de la reforma aprobada por el PP daba la opción a los trabajadores de ser representados por ellos mismos: «En las empresas en las que no exista representación legal, éstos podrán optar por atribuir su representación para la negociación del acuerdo, a su elección, a una comisión de un máximo de tres miembros integrada por trabajadores de la propia empresa y elegida por éstos democráticamente, o a una comisión de igual número de componentes, según su representatividad, por los sindicatos más representativos del sector al que pertenezca la empresa».
Primero, los sindicatos
La opción de que sean los trabajadores quienes negocien con la empresa sólo se podrá dar en la propuesta de Yolanda Díaz en caso de que las centrales sindicales no quieran participar en la negociación. «Esta comisión sindical estará válidamente constituida cuando esté integrada por aquella organización u organizaciones que respondan a la convocatoria de la empresa en el plazo de quince días», dice el texto de Trabajo.
Es decir, que el empresario tendrá que notificar a las centrales sindicales mayoritarias -UGT y CCOO- la apertura de la negociación y éstas tendrán quince días para decidir si acuden o no. Sólo si los grandes sindicatos deciden no acudir a esa negociación, entonces serán los trabajadores de la empresa quiénes se podrán sentar a negociar. «Si la solicitud empresarial no recibe respuesta alguna -de los sindicatos- en el plazo indicado, la comisión representativa estará integrada por un máximo de tres personas trabajadoras de la propia empresa, elegida por éstas democráticamente», señala.
De esta forma, el Gobierno blinda a los grandes sindicatos UGT y CCOO y les da el poder para negociar los horarios y los sueldos y otras modificaciones en las condiciones de trabajo colectivas de una empresa aunque en esa compañía no haya constituido un comité de empresa. Un nuevo favor del Ejecutivo a los sindicatos, y una nueva china en el zapato de los empresarios.