INGRESO MÍNIMO VITAL

Cómo pedir el Ingreso Mínimo Vital en la sede electrónica de la Seguridad Social

Así puedes solicitar el Ingreso Mínimo Vital

Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital
Solicitar el Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital es un pilar fundamental en la lucha contra la pobreza y la exclusión social, ofreciendo un sustento económico básico a quienes enfrentan vulnerabilidades financieras. Esta prestación, gestionada por la Seguridad Social, busca garantizar la inclusión social y laboral de sus beneficiarios, desempeñando un papel crucial en la protección de aquellos que viven solos o forman parte de unidades de convivencia con escasos recursos.

Instituido por Real Decreto-ley en 2020 en respuesta a las necesidades generadas por la pandemia, el IMV se consolidó en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre. Las estadísticas del Instituto Nacional de la Seguridad Social para 2023 revelan que ya beneficia a 735.562 hogares, abarcando a 2.157.712 personas. Este panorama demuestra la relevancia y alcance significativo de esta medida en la sociedad.

Requisitos para el Ingreso Mínimo Vital

El acceso al Ingreso Mínimo Vital puede materializarse de manera individual o como parte de una unidad de convivencia. Estas unidades, compuestas por personas vinculadas por lazos matrimoniales, pareja de hecho o parentesco hasta segundo grado, incluyen también a aquellos que conviven por razones de guarda con fines de adopción o acogimiento permanente. El ingreso se canaliza a través de un único titular que representa a la unidad de convivencia.

Además de los criterios económicos, detallados posteriormente, los solicitantes deben cumplir con requisitos específicos que varían según la solicitud individual o representativa de una unidad de convivencia.

Beneficiarios individuales

  • Personas mayores de 23 años no integradas en una unidad de convivencia, ni vinculadas por matrimonio o pareja de hecho (a menos que estén en proceso de separación o divorcio). Excepciones aplican para mujeres víctimas de violencia de género o trata de personas.
  • Individuos de 18 a 22 años provenientes de centros de protección de menores o huérfanos absolutos, siempre que no formen parte de una unidad de convivencia.
  • Otros requisitos específicos, como residencia legal o vivir de forma independiente durante un tiempo determinado antes de la solicitud.
  • Titulares del IMV en Representación de una Unidad de Convivencia:
  • Mayores de 23 años que soliciten la prestación en nombre de una unidad de convivencia.
  • Mayores de edad o menores emancipados con hijos o menores a su cargo en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento permanente.
  • Firmar la solicitud todos los integrantes mayores de edad, con requisitos adicionales detallados en el proceso de solicitud.

Cuantías del IMV en 2024

La cuantía del IMV se determina por la diferencia entre la renta garantizada, establecida legalmente, y otros ingresos que los beneficiarios puedan percibir. Solo podrán acceder al IMV aquellos cuyos ingresos sean inferiores a la renta garantizada, y la prestación será la necesaria para alcanzar este umbral económico. Para las unidades de convivencia, se consideran los ingresos de todos sus miembros.

En 2024, la renta garantizada experimenta un incremento del 6,9%, dividiéndose en 12 pagas mensuales:

  • Para un beneficiario individual: Renta garantizada de 7.250,52 euros al año o 604,21 euros al mes.
  • Para una unidad de convivencia: Incremento del 30% por cada miembro adicional, añadiendo 2175,16 euros anuales (181,26 euros mensuales) a la renta garantizada.
  • A partir de 5 miembros, la renta garantizada no puede superar el 220% de una renta individual, alcanzando un máximo de 15.951,24 euros anuales o 1.329,27 euros mensuales.
  • Complementos adicionales para unidades monoparentales y miembros con discapacidad reconocida igual o superior al 65%.
  • Complemento de ayuda para la Infancia: Otorgado mensualmente por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia, con montos específicos según la edad.

Las modificaciones en las circunstancias personales de la persona titular del IMV o de algún miembro de la unidad de convivencia pueden resultar en ajustes en la cuantía de la prestación. Estos cambios pueden realizarse a lo largo del año, con efectos a partir del primer día del mes siguiente al hecho que generó la modificación. Además, la cuantía se actualiza automáticamente cada 1 de enero, tomando como referencia los ingresos anuales reales del año anterior.

Solicitar el Ingreso Mínimo Vital

La solicitud del IMV puede realizarse de diversas maneras:

  • Por internet con certificado electrónico o Cl@ve, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
  • Por internet sin certificado electrónico o sistema Cl@ve, mediante el formulario habilitado por la Seguridad Social. Se solicitará documentación para verificar la identidad.
  • Presencialmente: En los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social.

Durante el proceso, se requerirá documentación que respalde aspectos como identidad, residencia, situación familiar o económica. Detalles adicionales sobre los medios de acreditación de estos requisitos se encuentran disponibles en la sección correspondiente del portal de la Seguridad Social.

Por tano, el Ingreso Mínimo Vital, con sus criterios claros y procedimientos establecidos, se configura como una herramienta esencial para garantizar la seguridad económica y la inclusión social, cumpliendo su función en la protección y respaldo de quienes más lo necesitan en la sociedad. En definitiva, el Ingreso Mínimo Vital emerge como un baluarte social, no solo al proporcionar apoyo económico esencial, sino también al encarnar el compromiso continuo de la sociedad en la construcción de un tejido social más equitativo y solidario.

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