LA ENTIDAD ASEGURA QUE INFORMÓ ADECUADAMENTE

Bankinter colocó hipotecas multidivisa a clientes a pesar de que conocía sus riesgos desde 2007

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Sede central de Bankinter en Madrid

Bankinter ofreció a sus clientes contratos hipotecarios multidivisa a pesar de que los directivos de la entidad conocían los riesgos que conllevaban este tipo de préstamos, especialmente durante los años de la crisis. Un correo electrónico interno enviado en 2007 por un directivo de Bankinter a sus empleados, al que ha tenido acceso OKDIARIO, prueba que en el seno de la entidad financiera se sabía que las hipotecas multidivisa (muchas de ellas ligadas a la evolución del yen japonés) iban a encarecerse como consecuencia de la evolución del mercado monetario global, generando graves perjuicios a a los firmantes de los préstamos.

A pesar de que en el citado correo electrónico se pedía a las sucursales que modificaran las condiciones de este tipo de contratos hipotecarios convirtiéndolos a euros para eliminar el riesgo derivado de la cotización de las divisas, se continuaron vendiendo en las oficinas del banco como si fueran productos de bajo riesgo.

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Extracto del e-mail al que ha tenido acceso OKDIARIO. (Pinchar en la imagen para ampliar)

De hecho, varios tribunales han fallado contra Bankinter en primera instancia condenando a la entidad a realizar modificaciones contractuales en este tipo de contratos hipotecarios y declarando nulos los referenciados a divisas distintas al euro. Una de las sentencias, que obra en poder de este diario, en la que el demandante tuvo éxito es sobre una hipoteca multidivisa concedida por la entidad en 2008, con fecha posterior al correo electrónico en el que se advertía de la necesidad de dejar de comercializar este tipo productos.

Los despachos de abogados que se encargan de defender los intereses de afectados por este tipo de hipotecas consideran que existe “dolo” en la forma de actuar del banco. Su argumento se basa en señalar que la contratación de estos préstamos se produce a pesar de que la entidad financiera sabe que no son adecuados para las familias que acuden a las sucursales solicitando un préstamo para la compra de una vivienda. Por otra parte, a los clientes que ya tenían hipotecas multidivisa, Bankinter debería haberles modificado las condiciones para cubrirse ante el riesgo monetario que se avecinaba.

Bankinter: “los clientes podían cambiar la hipoteca a euros en cualquier momento”

Por su parte, fuentes de Bankinter indican que las hipotecas multidivisa dejaron de comercializarse en las oficinas del banco progresivamente desde 2008 pero no porque se tratara de productos complejos con elevado riesgo para el cliente, sino “porque se decidió relanzar la concesión de préstamos tradicionales, y porque la entidad no quería tanta cuota en un determinado producto”.

En cuanto a su responsabilidad a la hora de venderlos en las oficinas, las mismas fuentes explican que “los clientes que las contrataron eran mayormente de perfil informado y no se vendieron de forma generalizada”. Además, “el hipotecado, a petición propia, podía cambiar de divisa en cualquier momento (en el día en que le toca pagar la cuota mensual) avisando al banco con un par de días de antelación”, señalan desde Bankinter.

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La consejera delegada de Bankinter, Dolores Dancausa. (Foto: Bankinter)

Los abogados consideran que “el banco actuó con dolo”

“Aquí estamos ante dos escenarios, para el que ya tenía su hipoteca multidivisa antes de 2007, el banco no le advierte de que cambie a euros lo que hace que a día de hoy el capital del préstamo haya aumentado por la revalorización de la divisa. El segundo escenario es el que contrata después de que el banco tenga esa información, en ese caso el banco actúa con dolo, omitiendo una información que sin duda habría hecho que muchos clientes no contrataran estas hipotecas”, explica el abogado Juan José Ortega, del despacho Ortega & García Abogados.

Sin embargo, desde Bankinter se rechaza este enfoque, indicando que no existe “dolo” porque los clientes conocían el producto que estaban contratando. “Estas hipotecas, al estar denominadas en otra moneda, tienen esta única peculiaridad con respecto a las tradicionales: si la divisa en la que está denominada tu hipoteca se revaloriza, tu deuda aumenta; y si se deprecia, tu deuda disminuye… todos ellos conocían esa singularidad antes indicada, por lo que el dolo no sería en absoluto aplicable”, apuntan voces autorizadas del banco.

“El banco unilateralmente no puede decidir una conversión a euros de una hipoteca de un cliente, o de muchos, sino que es el cliente el único que tiene la potestad de decidirlo. Y ha habido un porcentaje muy elevado de clientes que lo hicieron en algún momento de la vida de su hipoteca: pasarla a euros o a francos suizos o a yenes… lo que casa difícilmente con decir que no conocían su funcionamiento”, insisten desde Bankinter.

Un nuevo frente judicial para la banca

Y es que, tal como avanzó OKDIARIO hace unos meses, el sector financiero se enfrenta a un nuevo problema que puede lastrar aún más sus cuentas. Tras el escándalo de las preferentes, las reclamaciones por las cláusulas suelo, la irregularidad del cobro de los gastos de formalización de las hipotecas y las sentencias que reclaman la dación en pago obligatoria, ahora se abre un nuevo frente jurídico: el de las hipotecas multidivisa.

Banco de España
El gobernador del Banco de España, Luis María Linde. (Foto: EFE)

Según cálculos del bufete de abogados Navas & Cusi, a principios de 2016 existían al menos 15.000 clientes que habían sufrido un impacto económico por contratar hipotecas referenciadas a monedas distintas al euro cuyas reclamaciones pueden tener éxito, sobre todo tras las sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de la UE que están empezando a ser aplicadas en el ordenamiento jurídico español.

Por su parte, desde el bufete Arriaga y Asociados, se indica que el 99% de los casos sobre este particular que han gestionado han tenido sentencias favorables al hipotecado, con 90 millones recuperados de más de 11.000 clientes.

El Supremo carga contra las hipotecas multidivisa

El Supremo determina que este tipo de hipotecas “dificultan que el cliente se haga una idea cabal de la correlación entre el activo financiado (la vivienda) y el pasivo que lo financia, pues a la fluctuación del valor del activo adquirido se añade la fluctuación del pasivo contraído”. Esto quiere decir que el cliente tiene un doble riesgo: el derivado de los precios inmobiliarios y el del tipo de cambio de la divisa concreta.

El Alto Tribunal considera que este tipo de préstamos para la compra de una vivienda son un “derivado financiero” y que los bancos no han advertido a los clientes de los riesgos inherentes a estos productos.

“En 2007 y 2008 muchos españoles se lanzaron a contratar hipotecas en yenes o en francos suizos para evitar el impacto del euríbor, que superaba el 5%”, indica Juan Ignacio Navas, socio director de Navas & Cusi, “sin embargo ahora, se han depreciado los inmuebles y se han apreciado estas divisas, por lo que en algunos casos los clientes deben más dinero que cuando contrataron la hipoteca”.

Hipoteca
(Foto: GETTY/ISTOCK).

Las hipotecas multidivisa ¿son un derivado financiero?

El Tribunal de Justicia de la UE también avala la doctrina del Supremo, indicando que la hipoteca multidivisa es un producto complejo. Sin embargo, una sentencia de este tribunal de Luxemburgo niega la categoría de derivado financiero a los préstamos financiados en divisa extranjera. Los servicios jurídicos de los bancos recuerdan esta cuestión como argumento contra la nulidad de estas hipotecas.

En concreto, el Tribunal de Justicia de la UE dictaminó (en sentencia del 3 de diciembre de 2015,) que las hipotecas multidivisa no son es un derivado o instrumento financiero, (y no le es aplicable por tanto el Mifid) y lo considera un préstamo hipotecario normal, con la singularidad de que debe explicarse su funcionamiento de manera clara a los clientes que contrataban el producto.

A pesar de ello, el abogado Juan José Ortega considera que los que suscribieron este tipo de créditos a  “lo tienen muy fácil” para reclamar, ya que no ha existido ningún test de riesgo para evaluar el conocimiento financiero del contratante ni ofertas vinculantes, lo que podría suponer la nulidad del contrato.

“Los bancos se encuentran en un callejón sin salida, ya que siguiendo lo que decía el Banco de España, no consideraron a dichas hipotecas como productos complejos, por lo que no evaluaron el perfil de los clientes, ni dieron información precontractual u oferta vinculante, es más, vendieron dichas hipotecas de forma indiscriminada, para las hipotecas suscritas antes de 2008, bastará acreditar no haber tenido experiencia previa en derivados”, indica el letrado.

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