Una mujer evita entrar a prisión tras rajarle la cara a su ex pareja con un cúter en Castellón
La mujer condenada no entrará en la cárcel si paga 16.000 euros y no delinque en 5 años
La víctima había roto con la mujer tras una semana de relación


La Audiencia Provincial de Castellón ha dictado una pena de dos años de prisión para una mujer condenada por rajarle la cara con un cúter a su ex pareja. La agresora no pisará la cárcel siempre y cuando pague 16.000 euros de indemnización a la víctima y no vuelva a delinquir en un plazo de cinco años.
La mujer condenada no tiene antecedentes penales, y tras un pacto entre las partes la procesada no entrará en prisión tras declararse culpable. Su defensa solicitó la suspensión de la pena, una petición a la que no se opuso el fiscal. Además, se concede un plazo de 36 meses a la procesada para que pague el total de la indemnización a la víctima.
La mujer preparó una emboscada
Los hechos se remontan a las 19:00 horas de la tarde del día 19 de junio cuando la mujer condenada llamó a su ex pareja para citarse en la Plaza Botanic Calduch de Almazora. El hombre había roto con la mujer tras una semana de relación.
Fue una emboscada. «En un momento determinado la acusada sacó un cúter que llevaba en el bolso y con la finalidad de menoscabar la integridad física de su ex pareja le agredió dirigiéndose al rostro y cortándole». Los testigos avisaron de inmediato a la Guardia Civil y la mujer fue detenida y puesta a disposición judicial.
Una cicatriz de 5 centímetros
La sentencia explica que «como consecuencia de los hechos descritos el hombre sufrió lesiones consistentes en herida abierta en la cara, precisando de tratamiento quirúrgico, consistente en sutura de la herida,
quedando como secuelas, una cicatriz lineal irregular, de 5 cm a nivel de arco cigomático izquierdo del rostro».
En consecuencia, la mujer ha sido condenada por un delito de lesiones con instrumento peligroso, tendrá que pagar la indemnización, no entrará en prisión y no podrá aproximarse durante un plazo de tres años a menos de 100 metros del domicilio, lugar de residencia o de trabajo de la víctima.
La acusada y su letrado ratificaron su conformidad con el contenido del escrito de acusación, procediéndose a dictar sentencia de conformidad. Se anticipó verbalmente el fallo de sentencia y habiendo expresado las partes su voluntad de no interponer recurso contra la misma, la sentencia fue declarada firme.