Ciberacoso, amenazas y violencia contra familiares: así ha ampliado Mañueco la Ley de Violencia de Género
La nueva norma amplía la protección a menores que se encuentren bajo patria potestad y a familiares de segundo grado
La Junta de Castilla y León, que dirige Alfonso Fernández Mañueco, ha aprobado un anteproyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en la región que tipifica nuevos delitos contra las mujeres y amplía la protección a hijos y familiares de segundo orden. Así, la violencia digital, la violencia vicaria y las amenazas para cometer agresiones contras las mujeres por el hecho de serlo serán incluídos en la nueva norma.
Este proyecto ha sido anunciado este miércoles por la vicepresidenta y consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades del Gobierno de Mañueco, Isabel Blanco, quien ha reafirmado el compromiso del Ejecutivo regional y del presidente Mañueco en la lucha contra la violencia machista.
Además ha detallado que la nueva ley se sustenta en tres pilares:
- La propia actualización de la norma para dar encaje en ella a la realidad social vigente. Esto supone regular las nuevas formas de violencia de género que han ido emergiendo en los últimos años y, en consecuencia, extender el paraguas protector a las víctimas.
- El texto incide en la prevención, detección y evaluación como herramientas fundamentales para avanzar en la lucha contra la violencia de género.
- La modificación de los modelos de atención a las mujeres víctimas, al pasar de un enfoque exclusivamente asistencialista a otro más avanzando que incluye el apoyo en los procesos para la recuperación de su autonomía personal y la restitución de sus derechos vulnerados.
«La nueva norma amplía la protección a las víctimas al reconocer nuevas formas de violencia, promover una mejor y más efectiva detección y prevención de estas situaciones y favorecer una atención más universal, así como el restablecimiento de los derechos vulnerados a las víctimas», ha informado.
Una de las novedades más importantes que recoge esta norma es la inserción de las amenazas para cometer cualquier acto de violencia contra las mujeres que tenga o pueda tener como resultado el daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico. Se incluyen también la coacción o la privación arbitraria de la libertad (tanto si se produce en la vida pública, como en la privada), comprendiendo las distintas formas de violencia física, psicológica, sexual y económica que tienen lugar en los ámbitos de la pareja, familiar, laboral y sociocomunitario.
También se extiende el ámbito de aplicación de la norma a niñas y adolescentes en situación de violencia de género y a los menores que se encuentren bajo patria potestad o guarda y custodia, así como a los familiares por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive que convivan con la mujer.
Además, el Gobierno de Mañueco ha querido incluir bajo el paraguas de esta ley a las mujeres castellanas y leonesas retornadas que hayan sido víctimas de violencia de género en otro país.
Violencia digital y a familiares
El Ejecutivo autonómico ha querido actualizar la Ley de Violencia de Género a los nuevos tiempos insertando nuevos tipos delictivos derivados del mundo digital. Así, han recogido la «violencia digital» como una nueva forma de agresión hacia las mujeres que se ejerce utilizando las nuevas tecnologías de la información y las redes sociales. En este tipo se enmarcan el ciberacoso, las ciberamenazas, la ciberdifamación, la pornografía no consentida, los insultos y el acoso por motivos de género, la extorsión sexual, el control o espionaje a través del móvil y cualquier herramienta digital (redes sociales, webs, foros, correo electrónico, aplicaciones de mensajería instantánea…), la difusión de datos personales o documentos íntimos en la red, la coacción para obligar a la víctima a facilitar claves personales, la usurpación de su identidad en línea y las amenazas de violación y de muerte.
La violencia vicaria también se ha incluido en el nuevo texto aprobado por el Gobierno de Mañueco. En este tipo delictivo se comprende la violencia que se ejerce sobre los hijos y familiares o allegados a la mujer, sean menores o mayores de edad, por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aún sin convivencia, con la finalidad de causarles perjuicio o daño.
La tercera tipología es la llamada «violencia de segundo orden», que incluye los actos de violencia física o psicológica, represalias, humillaciones y persecuciones ejercidas sobre las personas que apoyan a quienes sufren la violencia de género, así como las acciones que impidan la prevención, detección, atención y recuperación de las víctimas.
La nueva norma también diferenciará el tráfico y la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual de la propia explotación sexual de mujeres y niñas para la obtención de beneficios de cualquier tipo mediante la utilización de violencia, intimidación, engaño o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima en el ejercicio de la prostitución, la servidumbre sexual u otros tipos de actividades con fines sexuales, incluidos actos pornográficos o la producción de material pornográfico.
Incorpora también el concepto de «violencia contra la salud sexual y reproductiva de las mujeres», que incluye las actuaciones como la mutilación genital, el matrimonio forzoso, la esterilización forzada y el aborto forzoso que restrinjan el libre ejercicio de estos derechos.