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La Sindicatura denuncia la contratación ilegal de personal en la Oficina Anticorrupción de Baleares

El informe de los síndicos de Cuentas censura que no se ha realizado "de conformidad con la normativa legal"

Critica la falta de transparencia sobre los criterios aplicados en la valoración de los candidatos

Armengol elige a un ex alto cargo del PSOE para la Oficina Anticorrupción que fiscaliza su gestión

Sindicatura Anticorrupcion Baleares
Joan Rosselló, síndico mayor de la Sindicatura de Cuentas de Baleares con la presidenta balear, Francina Armengol.
Indalecio Ribelles
  • Indalecio Ribelles
  • Redactor OKDIARIO en Baleares, información local de Palma, social y política en general. Antes, redactor en EL MUNDO/ Baleares durante 20 años.

El Consejo de la Sindicatura de Cuentas de Baleares (SCIB) ha presentado en el Parlament el informe 203/2022 sobre el cumplimiento de legalidad de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción correspondiente al ejercicio 2020, que aprobó el día 1 de abril de 2022, en el que concluye que la actividad de gestión de recursos humanos y gastos de personal de la Oficina, «no se ha desarrollado, en los aspectos más significativos, de conformidad con la normativa legal de aplicación».

Es la valoración que realizan los síndicos sobre ese ejercicio cuando el dimitido, Jaime Far, era director de la misma. Una plaza que, en los próximos días, el Govern de Armengol con el visto bueno del tripartito que conforman PSOE, los independentistas de Més y Podemos, asignará a un alto cargo vinculado al PSOE, Cristóbal Milan.

En su informe la Sindicatura de Cuenta precisa que «no cuestiona la idoneidad de las personas, sino que considera irregular la carencia de transparencia sobre los criterios aplicados en la valoración de todos los candidatos, y las justificaciones de la elección».

Así, por ejemplo, por lo que respecta a los procedimientos de selección de personal, en relación a la provisión del puesto de trabajo de inspector en la resolución de adjudicación, no hay constancia de cómo se ha hecho la valoración de cada uno de los candidatos presentados. Los síndicos ponen como ejemplo a este respecto el caso del cese de la funcionaria que ejercía las funciones de secretaria personal y su nombramiento, en adscripción provisional, como ayudante, que «implica un incremento de complemento de destino y la cantidad del complemento específico».

Para la Sindicatura, «este nombramiento se hace contrariamente al sistema de selección o provisión basado en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, dado que no se ha convocado el correspondiente procedimiento para cubrir el puesto de trabajo». Por tanto, «se ha hecho servir un procedimiento irregular para incrementar las retribuciones de la funcionaria, a su petición», advierte el informe.

Otra de las irregularidades que se citan es el procedimiento para la provisión de los puestos de libre designación.

Aunque el artículo 22.2 de la Ley 16/2016 establece expresamente que, en los procedimientos de selección y provisión, una comisión de valoración debe apreciar el respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad e idoneidad, no consta que se haya convocado.

Además los síndicos advierten que existe «un indicio de nulidad en el reconocimiento de la carrera a los funcionarios incorporados en 2020, porque se ha prescindido del procedimiento que establece el acuerdo sobre el modelo de carrera profesional de personal funcionario y laboral al servicio de los Servicios Generales de la CAIB, que la Oficina asume como propia, y se reconocen derechos, sin cumplir los requisitos esenciales. En estos casos, remata el informe, «dichos funcionarios deberían devolver las cantidades percibidas en concepto de carrera profesional».

Toda una serie de irregularidades de calado teniendo en cuenta además que la Sindicatura de Cuentas ha realizado una revisión limitada de tan solo cuatro aspectos: el sistema de carrera profesional, la acción social, el sistema de selección y provisión, y los gastos de personal.

En vistas a esta situación, insta a la dirección de este organismo adscrito al Parlament balear, a llevar a cabo las actuaciones necesarias para ajustar, en lo sucesivo, las disposiciones y los actos administrativos de la Oficina «a los requisitos establecidos en la normativa aplicable, dada la constatación del incumplimiento de las normas de procedimiento» e «iniciar los procedimientos de revisión de oficio a efectos de declarar nulos los actos o disposiciones normativas que correspondan».

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