Nueva ordenanza cívica

Multas de hasta 1.500 euros a los conductores de patinetes de Palma sin seguro de responsabilidad civil

La cuantía de la sanción por hacer botellón o pintadas vandálicas se duplican hasta los 1.500 euros

Cualquier comportamiento incívico por leve que sea será sancionado como mínimo con 300 euros

La nueva ordenanza para el fomento de la convivencia cívica entrará en vigor al inicio del próximo verano

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El alcalde de Palma, Jaime Martínez, presentando la nueva ordenanza cívica. M. A. FONT
Indalecio Ribelles
  • Indalecio Ribelles
  • Redactor OKDIARIO en Baleares, información local de Palma, social y política en general. Antes, redactor en EL MUNDO/ Baleares durante 20 años.

Multas de hasta 1.500 euros a los conductores de patinetes eléctricos de Palma sin seguro de responsabilidad civil. Así lo contempla la nueva ordenanza municipal para el fomento de la convivencia cívica, que en los próximos días será aprobada, inicialmente, por el gobierno municipal del PP y que entrará en vigor el próximo verano, coincidiendo con los meses centrales de la temporada turística.

Se trata de una revisión de la actual normativa en vigor desde 2018, algunos de cuyos puntos cardinales han sido presentados este martes en rueda de prensa por el alcalde, Jaime Martínez, y donde lo más destacado es el endurecimiento de las sanciones contempladas.

Cualquier acto incívico, por leve que sea, será sancionado, como mínimo, con 300 euros. Entre otras multas relacionadas con la limpieza, se sancionará con 1.500 a 3.000 euros defecar, orinar o escupir en espacios públicos y mobiliario urbano.

Si hasta ahora las sanciones mínimas eran de unos 100 euros, una vez entre en vigor la nueva ordenanza las multas mínimas se triplicarán, y en función de que sean leves, graves o muy graves, podrán alcanzar hasta los 3.000 euros. Entre 300 y 750 sin son leves y entre 750 y 1.500 euros si son graves.

A las personas que paseen en patinetes o vehículos similares se prohibirá su uso en la vía pública si no están homologados. Todos los usuarios deberán de obedecer las señales que establecen una prohibición de la circulación ya sea en en aceras, plazas, parques y jardines.

Se permitirá su uso en esas áreas a los menores de 15 años si llevan casco, no sobrepasan la velocidad de una persona, y van acompañados de adultos. Por lo demás, la nueva ordenanza recoge las prohibiciones ya vigentes para los conductores de patinetes de no circular con auriculares y la obligación de llevar chalecos reflectantes, con sanciones de entre 300 y 750 euros. El uso del casco no es obligatorio y sólo se recomienda su utilización.

Respectos a los grafitis, se prohíbe su realización en cualquier espacio público, interior y exterior, equipamientos, transporte público, mobiliario, árboles y jardines, y sólo se permitirá realizarlos en murales artísticos o con autorización del propietario.

Las pintadas vandálicas en bienes públicos y privados se considerarán una infracción grave con multas de entre 750 y 1.500 euros. Si han sido realizadas por menores, sus tutores legales o progenitores serán los responsables civiles subsidiarios. En caso de que afecten a un bien patrimonial protegido se denunciará por la vía penal.

El Ayuntamiento de Palma, además, podrá proceder a la ejecución subsidiaria del borrado del grafitis, pasando la factura al infractor y la correspondiente sanción.

Respecto al botellón, según la nueva ordenanza, si el consumo de alcohol en la vía pública altera la convivencia, supone aglomeraciones o deteriora la tranquilidad del entorno, entre otras situaciones, la infracción se considerará grave (750 a 1.500 euros) o muy grave(1.500 a 3.000 euros).

Sobre esta cuestión, el alcalde ha señalado que hay identificadas zonas donde «hay que actuar con mayor presencia», como Santa Catalina, Playa de Palma o el Paseo Marítimo. En este sentido, ha destacado que la ordenanza incrementa las sanciones por hacer botellón.

Por otro lado, se aumenta la cuantía de las infracciones por grafitis, pintadas o inscripciones que pasan de los 100 a 750 euros a multas de 1.500 a 3.000 euros.

En relación con las pancartas, carteles y folletos publicitarios, se prohíbe su colocación en edificios o instalaciones municipales, en el espacio público y mobiliario urbano. Así, las sanciones irán de los 750 a los 1.500 euros.

Igualmente, la colocación en monumentos, edificios catalogados o en señales de tráfico que dificulten su visibilidad supondrá una infracción grave, que asciende a los 1.500 a 3.000 euros.

La ordenanza prohíbe el juego y ofrecer juegos que impliquen apuestas o dinero, unos actos que serán considerados infracciones graves (750 a 1.500 euros). Por su parte, el ofrecimiento de juegos de trile supondrá una infracción muy grave (1.500 a 3.000 euros).

Asimismo, la ordenanza incide en otros aspectos como los atentados contra la dignidad de las personas, la degradación visual del entorno urbano, el uso inadecuado del espacio público para juegos, regula el uso y aparcamiento de las autocaravanas, los excrementos de las mascotas de compañía, prohíbe el comercio ambulante, el nudismo y seminudismo, y regula las terrazas.

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