Caso ERE

El Supremo tumba el último recurso de Griñán para suspender su condena por los ERE

indulto Griñán
José Antonio Griñán, ex presidente socialista de la Junta de Andalucía (Foto: EP).

El Tribunal Supremo ha resuelto no admitir a trámite los incidentes de nulidad formulados por el ex presidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán y otros diez condenados por el caso ERE contra la sentencia desestimatoria de sus recursos de casación contra las penas impuestas por la Audiencia de Sevilla.

Los ex altos cargos del Gobierno socialista andaluz reciben así la penúltima estocada y ya sólo les queda el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. El procedimiento específico de financiación de los ERE fraudulentos y las ayudas arbitrarias a empresas con Griñán y compañía en la Junta dejaron un agujero de 680 millones de euros en las arcas públicas.

En un auto de 120 páginas emitido el pasado 16 de febrero y recogido por Europa Press, el Supremo aborda los incidentes de nulidad planteados contra su sentencia por las representaciones de Griñán, la ex consejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el ex viceconsejero de Presidencia y ex director general de Presupuestos de la Junta de Andalucía Vicente Lozano, el ex consejero de Presidencia Gaspar Zarrías, el ex consejero de Innovación Francisco Vallejo, el ex consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, el también ex consejero de Empleo Antonio Fernández, el ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá, el ex director de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano, el ex director general de Trabajo Juan Márquez y el ex viceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román.

«No procede acceder a las peticiones de suspensión de la ejecución de la pena, interesadas en distintos recursos, al no ser admitidos a trámite, siendo este requisito ineludible para que procediera las suspensiones interesadas», precisa el Supremo, toda vez que actualmente, Carmen Martínez Aguayo, Vallejo, Viera, Antonio Fernández, Miguel Ángel Serrano y Jesús María Rodríguez Román están ya cumpliendo sus respectivas penas de cárcel.

En el caso del socialista Griñán, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla acordó aplazar su decisión sobre el ingreso o no en prisión para cumplir los seis años y dos días de cárcel «hasta que concluyan las sesiones de radioterapia» del tratamiento que ha comenzado merced al cáncer de próstata que se le ha diagnosticado.

Con relación a Barberá, también ha pedido suspender su ingreso en prisión alegando que sufre una enfermedad muy grave con padecimientos incurables, y respecto a Juan Márquez, la Audiencia ya accedió a suspender temporalmente su ingreso en prisión tras reducir el Supremo la pena de cárcel de siete años y un día de prisión a tres años, al apreciar la atenuante analógica de reparación del daño.

Al igual que en la sentencia relativa a la resolución de los recursos de casación, este auto del Tribunal Supremo cuenta con dos votos particulares, emitidos por las magistradas Ana María Ferrer y Susana Polo, quienes invocan su voto particular respecto a las tipificaciones aplicadas a Griñán, los ex consejeros Francisco Vallejo y Carmen Martínez Aguayo, el ex director general de IDEA Miguel Ángel Serrano Aguilar y el ex viceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román.

«Buena parte de las argumentaciones que aquel voto incorpora son acogidas en los escritos que instan la nulidad presentados por las representaciones procesales de estos cinco condenados, todos ellos ajenos a la Consejería de Empleo. En esa coincidencia entendemos que deberían ser estimadas, pues, como concluimos al formular aquel voto particular, estas cinco condenas a nuestro parecer vulneran la garantía de presunción de inocencia», indican las magistradas.

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