Ley de Memoria Histórica

Memorialistas exigen exhumar también al general Ciriaco Cascajo de un cementerio de Córdoba

Ciriaco Cascajo y Ruiz
Lápida de la tumba del general franquista Ciriaco Cascajo y Ruiz en el Cementerio de la Salud de Córdoba (AREMEHISA).

La asociación memorialista cordobesa Aremehisa ha exigido este lunes, en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica, la exhumación del general franquista Ciriaco Cascajo y Ruiz, cuyos restos se encuentran en el Cementerio de la Salud de Córdoba, de titularidad municipal, con lápida de homenaje del propio Ayuntamiento dedicada al «defensor en alzamiento nacional de 1936».

La citada asociación se ha preguntado este lunes «hasta cuándo el Ayuntamiento de Córdoba seguirá incumpliendo la Ley de Memoria Histórica, la de 2007 y la recientemente aprobada», respecto a la tumba de Cascajo (1878-1953). Además, según ha lamentado Aremehisa, los restos del general franquista fueron situados «a muy pocos metros de una fosa común de represaliados» fusilados por bajo sus órdenes, en el interior del Cementerio de la Salud.

En un comunicado remitido a Europa Press, el colectivo memorialista ha recordado que este «es un tema denunciado por Aremehisa desde el año 2018, sin que hasta el momento ningún gobierno local haya movido ni un solo dedo para la eliminación de esta exaltación» del franquismo y de su principal valedor en Córdoba desde el intento de golpe de Estado de 1936. Durante los tres años de la Guerra Civil fue el gobernador militar de la ciudad y bajo su mando se fusilaron miles de personas de tendencia republicana.

El colectivo memorialista ha recalcado que en la lápida de la tumba del general golpista se recoge lo siguiente: «Yace aquí el cuerpo del excelentísimo señor don Ciriaco Cascajo y Ruiz. General de división, patriota ejemplar, hijo predilecto de Córdoba y su más enérgico y decidido defensor en el alzamiento nacional de 1936. El Ayuntamiento de la ciudad le concedió este sepulcro en señal de perenne gratitud».

Aremehisa ha recordado que la Ley de Memoria, en su artículo 35, establece que «se consideran elementos contrarios a la memoria democrática las edificaciones, construcciones, escudos, insignias, placas y cualesquiera otros elementos u objetos adosados a edificios públicos o situados en la vía pública en los que se realicen menciones conmemorativas en exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar y dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron la dictadura, y las unidades civiles o militares de colaboración entre el régimen franquista y las potencias del eje durante la Segunda Guerra Mundial».

De igual modo, según ha subrayado el colectivo memorialista, en la ley se señala que «serán considerados elementos contrarios a la memoria democrática las referencias realizadas en topónimos, en el callejero o en las denominaciones de centros públicos, de la sublevación militar y de la dictadura, de sus dirigentes participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron la dictadura, y las unidades civiles o militares de colaboración entre el régimen franquista y las potencias del eje durante la Segunda Guerra Mundial».

Además, tal y como ha concluido Aremehisa, «las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias y territorio, adoptarán las medidas oportunas para la retirada de dichos elementos».

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