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Puedes librarte de una multa: la DGT podría engañarte

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Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

La notificación de multa por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT) puede darse por muchos motivos: circular por encima de la velocidad máxima permitida, saltarse un semáforo en rojo, no llevar el cinturón de seguridad abrochado… Las infracciones de tráfico se dividen en tres grandes grupos en función de su gravedad: leves, graves o muy graves.

Algo que la gran mayoría de conductores desconocen es que las multas de tráfico, del mismo modo que el resto de sanciones, tienen «fecha de caducidad». La DGT tiene un determinado periodo de tiempo para notificar las multas, por lo que, pasado este plazo, no tienes ninguna obligación de pagarlas porque quedan prescritas.

¿Cuál es el plazo de la DGT para notificar una multa de tráfico?

Desde el momento que cometes la supuesta infracción, la DGT debe notificarte la multa en un plazo de tres meses si es una infracción leve, y de seis meses si es una infracción grave o muy grave.

Los «trucos» para no ser notificado, como dar una dirección falsa o devolver las cartas ya no sirven de nada. Tras el «mes de gracia», si las autoridades no pueden ponerse contigo, la sanción se publicará en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA) y se te dará por notificado.

Aunque no es para nada habitual, puede que a la DGT se le pase el plazo. De ser así, te has librado de pagar la multa.

Recurrir la multa

¿Y si recibes la multa de tráfico y no estás de acuerdo con ella? Pues bien, tienes un plazo de 20 días desde la notificación para recurrirla. Recuerda que si lo haces pierdes la opción de acogerte al 50% de descuento por pronto pago.

Para recurrir la multa, tienes que presentar un escrito en la Jefatura Provincial de Tráfico con tus datos, los dados de la denuncia y las alegaciones que consideres oportunas. Una vez presentado el recurso, la administración tiene un plazo de mes y medio para responderte.

Si agotas todas las vías y te niegas a pagar la multa de tráfico, entrarás en un nuevo proceso que recibe el nombre de vía ejecutiva, en el que se aplicará un recargo del 5%. Luego, la Agencia Tributaria te notificará de nuevo la multa con un recargo del 10%. Si continúas sin pagar, se aplicará un 20% más de recargo y una nueva fecha límite de pago.

A partir de ahora, cuando recibas la notificación de una multa de tráfico, presta mucha atención al plazo. Si es una infracción leve y han pasado más de tres meses, o es una infracción grave o muy grave y han pasado más de seis meses, no tienes por qué pagarla.

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