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El año 2023 ha llegado con novedades importantes en materia de movilidad. Debido a la Ley de Cambio Climático todos los municipios con más de 50.000 habitantes censados deberán disponer de su propia Zona de Bajas Emisiones (ZBE).
Será similar a la de Madrid y Barcelona, restringiendo o limitando la circulación y estacionamiento a los vehículos más contaminantes. En la gran mayoría de los casos, los vehículos con cualquiera de las cuatro etiquetas (B, C, Eco y 0) podrán acceder a las nuevas ZBE, pero los B y los C no podrán aparcar.
Además, en las Zonas de Estacionamiento Regulado (SER), los vehículos B deberán afrontar una pequeña penalización económica, algo que ya está en vigor en algunas ciudades.
Los vehículos a los que la DGT va a dar de baja
Pero esto no es lo único que va a cambiar en 2023. Y es que, desde hace un año existe una norma que permite a la Dirección General de Tráfico (DGT) dar de baja aquellos vehículos que lleven 10 años «sin dar señales de vida». Es decir, los que lleven al menos una década sin seguro y sin pasar la ITV.
El artículo 35 del nuevo Reglamento General establece lo siguiente: «Por existir la presunción de que el vehículo no existe o no circula al no haberse cumplido las exigencias en materia de inspección ITV obligatoria y de seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria en los últimos diez años».
Además, existen otros supuestos en los que la DGT puede dar de baja definitiva en el Registro a los vehículos y, sin previo aviso, de los propietarios, que también aparecen recogidos en el artículo 35 del nuevo Reglamento General:
- «Cuando cualquier Jefatura de Tráfico acuerde que el vehículo es un evidente peligro para sus ocupantes o para la circulación en general. Previamente deberá haber un informe del órgano competente en materia de Industria y que certifique que tiene desgaste o deterioros mecánicos».
- «Cuando hayan sido abandonados por sus titulares previa comprobación de la Jefatura de Tráfico. Los vehículos serán retirados de las vías públicas por los agentes encargados de la vigilancia y regulación del tráfico».
La baja de oficio es una herramienta que permite a la DGT dar de baja a todos los vehículos que en la última década no hayan pasado la ITV y no hayan tenido seguro. Es importante señalar que puede hacerlo sin la autorización de los propietarios, ya que se trata de un proceso automático.
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