Prórroga a cambio de elecciones

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En su ‘Aló presidente’ del sábado pasado dijo Pedro Sánchez que “no hay plan B, el único plan es el estado de alarma», porque «el estado de alarma es un instrumento eficaz y el único que nosotros tenemos ahora mismo para hacer frente a la Covid-19». Por su parte, el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, dice que “no aprobar un nuevo decreto de alarma es tanto como condenarnos al caos y el desorden”. Añade el ministro de sanidad, Salvador Illa, que la prolongación del estado de alarma “es imprescindible para controlar un posible repunte”. Mientras que el portavoz de Podemos en el Congreso, Pablo Echenique, opina que “cuando Pablo Casado amenaza con no apoyar el estado de alarma, está amenazando con provocar un rebrote, el colapso del sistema sanitario y miles de muertos”.

Así pues, todo el Gobierno de coalición PSOE – Podemos está convencido de que resulta imprescindible que la oposición le permita, con su voto afirmativo o su abstención, una cuarta prórroga del estado de alarma decretado hace ya más de mes y medio y que desea extender no se sabe cuánto más de los 60 días que nuestra Constitución prevé como plazo máximo para el estado de excepción. Opina el Gobierno en pleno que de no prorrogarse el estado de alarma, España se vería abocada al caos, el desorden, el colapso sanitario y que esto causaría miles de muertos y afirma que no hay ninguna otra alternativa. Es de suponer entonces que para evitarnos un mal tan grande no tendrán ningún problema en convocar elecciones generales en el mínimo plazo que lo permitan las condiciones sanitarias, para que los españoles podamos refrendar la gestión que ellos han realizado de la pandemia y decidamos quiénes queremos que se hagan cargo de la recuperación.

Una última prórroga a cambio de la convocatoria inminente de elecciones generales le daría al Gobierno el plazo necesario para organizar las medidas que permitan llevar a cabo el desconfinamiento de forma ordenada, manteniendo el control de la movilidad y la seguridad sanitaria mediante los mecanismos jurídicos ya vigentes, o incluso aprobando de urgencia alguna normativa específica, si fuera necesario. Para ello, el artículo 40 de la Ley 14/1986, General de Sanidad, en su apartado 12 indica que la Administración del Estado se encargará de “la coordinación de los servicios competentes de las distintas Administraciones Públicas Sanitarias, en los procesos o situaciones que supongan un riesgo para la salud de incidencia e interés nacional o internacional”. Y con esta atribución de coordinación ya asumida por el Gobierno, el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública le permite “adoptar las medidas que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible”.

Por su parte el artículo 54 de la Ley 33/2011 General de Salud Pública permite a la Administración General del Estado entre otras cuestiones “la suspensión del ejercicio de actividades”. Y las leyes 36/2015 de Seguridad Nacional y 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana permitirán mantener las restricciones a la libertad de movimiento de los ciudadanos. Además, ni los ERTEs ni las ayudas aprobadas se verían afectados, en caso de que fuera necesario mantenerlos, ya que todos están vinculados a decretos aprobados por el Gobierno que por tanto son muy sencillos de modificar para eliminar su vinculación al estado de alarma. Una última prórroga al estado de alarma es plazo más que suficiente para que al Gobierno le dé tiempo a organizar jurídicamente ese ‘plan B’ que ahora no tienen y con ello evitar las ‘siete plagas’ con las que nos amenazan. A cambio sólo tienen que aceptar someterse cuanto antes al veredicto de las urnas. Nadie comprendería que se negaran y se hicieran responsables de tantas muertes sólo por el egoísmo de aferrarse al poder. Y esperemos que, por primera vez, Sánchez cumpla una promesa, claro está.

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