El equipo jurídico de Madrid censura a Galapagar por no justificar los cambios «caso por caso»

chalet Pablo Iglesias Irene Montero
El chalet de Pablo Iglesias e Irene Montero en La Navata (Galapagar).

El equipo jurídico de la Comunidad de Madrid rechazó las modificaciones urbanísticas del Ayuntamiento de Galapagar por “no detallar ni describir con exactitud cada uno de los cambios propuestos” y “no justificarlos caso por caso”. El jefe del Área de Normativa y Régimen Jurídico del Gobierno autonómico así mismo impugnó la legalidad de las modificaciones de las Normas Subsidiarias del Plan de 2016 por no “disponer de un documento actualizado relativo a algunos aspectos de la ordenación del suelo urbano”.

Los juristas de la Comunidad se referían a las “alineaciones , condiciones generales de la edificación y las normas generales de uso”. Y reclamaba al consistorio una definición “de forma precisa” de las alineaciones “en el suelo urbano sobre la cartografía disponible”. Algo que resulta indispensable para determinar las irregularidades urbanísticas cometidas en el municipio del oeste de Madrid, como la edificación del casoplón que compró Pablo Iglesias en 2018.

Los expertos de la Comunidad se quejan de que el dossier remitido por el consistorio de Galapagar estaba incompleto: “No habiéndose aportado el expediente administrativo, debiendo contener el proyecto y la totalidad de las actuaciones practicadas en el procedimiento de aprobación municipal”.

Se daba la circunstancia de que las modificaciones urbanísticas del Plan de 2016 habían sido acordadas tras un “pacto secreto” entre el PP y PSOE, según se quejan algunos partidos de la oposición. El Gobierno municipal, según éstos, comunicó su decisión dos días antes de la votación. Los grupos sólo dispusieron de una hora para consultar los cambios del Plan de Urbanismo, entre las 9 y las 10 de la mañana, antes de ser aprobados en pleno. En una hora 11 concejales tuvieron que compartir un ordenador, situado en uno de los pasillos del Ayuntamiento, para conocer su contenido antes de votar.

Y esa precipitación se refleja en el resultado final de los cambios urbanísticos. La Comunidad de Madrid en el informe jurídico recrimina al Consistorio por no haber justificado “la acreditación de la urgencia desde la perspectiva de que se trata de una eventualidad urbanística que requiere su atención inmediata, en lugar de esperar a una revisión del Plan cuando proceda”.

Así mismo, destaca que “tampoco queda acreditado que la presente actuación esté dirigida a la consecución del interés general” y que la documentación presentada no justifica “el objeto de la actuación pretendida”.

Sobre el oscurantismo de la operación municipal, señala que el Ayuntamiento debía de haber adoptado “las medidas necesarias para la publicidad telemática del anuncio del sometimiento a información pública, de lo cual no se ha dejado constancia en el expediente”.

Con respecto al Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, como es el Parque Regional del Curso Medio del Río Guadarrama, los juristas de la Comunidad echan en falta que el Ayuntamiento no aporte “informes favorables de la Dirección General de la Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras ni de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Oficina de Cultura y Turismo”.

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