'Caso Begoña Gómez'

El Tribunal Superior de Madrid registra la querella de Begoña que acusa al juez de una causa «perversa»

La esposa de Pedro Sánchez se querelló contra el juez Peinado por presunta prevaricación

El tribunal decidirá la admisión o no de esta querella en septiembre

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Gonzaga Durán

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha registrado la querella presentada por Begoña Gómez, esposa de Pedro Sánchez, contra el juez Juan Carlos Peinado por un presunto delito de prevaricación y decidirá el próximo mes de septiembre sobre su posible admisión a trámite. El juez Peinado investiga a la mujer del presidente del Gobierno por presuntos delitos de tráfico de influencias y de corrupción en los negocios. En una diligencia de ordenación del tribunal, se designa como ponente al juez José Manuel Suárez Robledano. El tribunal que decidirá sobre su admisión a trámite lo compondrán el propio Suárez y los magistrados Francisco José Goyena -que pidió al Tribunal Supremo que investigase al fiscal general del Estado- y María Prado.

El registro de la querella de Begoña Gómez contra el juez Peinado se trata e un trámite judicial para asignar un número a esta acción legal. El tribunal dará ahora traslado a la Fiscalía para que se pronuncie sobre si procede su admisión o no. Eso no ocurrirá hasta el mes de septiembre, puesto que agosto es inhábil en los juzgados y a que se trata de una cuestión con la relevancia suficiente como para no ser abordado por la Sala de Vacaciones del TSJM. Una vez recibido el informe de la Fiscalía, que no es vinculante, el tribunal decidirá si corresponde o no la admisión a trámite. En caso de ser admitida, supondría que el juez Juan Carlos Peinado tuviese que apartarse del caso Begoña Gómez, debido a que es uno de los extremos contemplados en la Ley Orgánica del Poder Judicial como motivo de recusación.

En caso de que la querella de Begoña Gómez por prevaricación contra el juez salga adelante, Juan Carlos Peinado tendría que dar un paso al lado por iniciativa propia o tendría que ser una de las partes la que presentase un escrito de recusación en el que lo solicitase.

El artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial especifica que es motivo de recusación «estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta, siempre que la denuncia o acusación hubieran dado lugar a la incoación de procedimiento penal y éste no hubiera terminado por sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento».

«Instrucción perversa»

Begoña Gómez interpuso una querella contra el juez Peinado por la presunta comisión de delitos de revelación de actuaciones procesales declaradas secretas, prevaricación judicial y revelación de secretos por funcionario público. Esta querella se suma a la que la Abogacía del Estado, en nombre del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, presentó contra el juez Peinado hace unos días por un presunto delito de prevaricación.

La defensa de Gómez alegó, en el escrito de 53 páginas, que el juez pudo cometer el delito de revelación de actuaciones procesales declaradas secretas ya quie, según su consideración, habría trasladado a las acusaciones populares «actuaciones procesales declaradas secretas», lo que propició que las mismas fuesen publicadas por diferentes medios de comunicación. Con ello, opinó que la actuación del juez ha perjudicado gravemente a Begoña Gómez, puesto que «se han divulgado informaciones y actuaciones declaradas secretas», mientras ella «desconocía todos los extremos de la investigación, causándole indefensión».

Igualmente, esta acción legal consideró que el juez Peinado ha adoptado decisiones judiciales «arbitrarias y manifiestamente injustas» mediante la emisión de resoluciones judiciales o adopción de decisiones comunicadas de forma verbal. Por ello, acusó a Juan Carlos Peinado de «una aplicación del derecho incomprensible». «Ha forzado las normas aplicables, ha adoptado decisiones no justificadas, carentes de motivación alguna y contradictorias y, todo ello, sin pie de recurso frente a las mismas en considerables ocasiones», señaló el escrito.

La defensa de Begoña Gómez afirmó en la querella que la actuación del juez Peinado «pudiera revelar una instrucción inusual, errática, perversa y prospectiva, que tiene por objeto una causa general contra doña Begoña Gómez, expresamente prohibida por el ordenamiento jurídico».

El abogado de la esposa de Pedro Sánchez se quejó también de que Peinado ha ido tomando a lo largo del procedimiento decisiones «injustas y arbitrarias» para ampliar el objeto de procedimiento y con las que, a su juicio, «parece rebatir, conscientemente y sabiendas, no uno, sino dos informes de la Unidad Central Operativa (UCO) que, tras la petición de los mismos por el magistrado, han descartado la existencia de indicios de delitos en los hechos investigados».

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