El Supremo rechaza la petición de García Ortiz que entorpecían las comisiones rogatorias a Irlanda
El fiscal general pedía informar a Eurojust que la comisión rogatoria estaba recurrida y no es firme
- Fernán González @fernangonzalez
- Jefe de Investigación y Tribunales. En OKDIARIO desde 2015. Periodismo y Economía. ([email protected]).
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El magistrado instructor del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado, Ángel Luis Hurtado Adrián, ha rechazado mediante auto judicial las solicitudes presentadas por la defensa de Álvaro García Ortiz, en relación con una comisión rogatoria dirigida a las autoridades irlandesas. El alto cargo del Ministerio Público pedía enviar más documentos a ese país para, en la práctica, dificultar la entrega de la información requerida, es decir, sus chats de WhatsApp y sus emails los días claves de la filtración contra el novio de Isabel Díaz Ayuso.
En su resolución, fechada el 24 de febrero de 2025, el instructor desestima todas las peticiones realizadas por la representación procesal de García Ortiz, quien había solicitado, entre otras medidas, que se le diera traslado a él del contenido de la comisión rogatoria antes de su envío a Irlanda y que se comunicara a Eurojust que el auto del 20 de enero que ordenaba dicha comisión no era firme por estar recurrida.
El magistrado fundamenta su decisión señalando que acceder a estas solicitudes supondría «trasladar el debate sobre la instrucción de la causa fuera de las presentes actuaciones» y permitiría que un tribunal extranjero realizara valoraciones sobre material probatorio «en función de las alegaciones de una sola de las partes, con vulneración del principio de contradicción».
En el procedimiento han intervenido diversas acusaciones populares, entre ellas la Fundación Foro Libertad y Alternativa, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales y el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, todas ellas oponiéndose a las pretensiones de la defensa del fiscal general. El Ministerio Fiscal, por su parte, respaldó las alegaciones realizadas por la representación de su jefe, García Ortiz.
El instructor hace especial hincapié en que la comisión rogatoria es un instrumento de cooperación judicial internacional destinado a la colaboración entre autoridades judiciales de distintos Estados para la realización de determinadas diligencias. Según explica el auto, corresponde al juez que solicita la cooperación tomar las decisiones pertinentes sobre la investigación en función de los resultados obtenidos.
Respecto al argumento de la defensa sobre la falta de firmeza del auto que ordenaba las comisiones rogatorias, el magistrado señala que los recursos presentados no tienen efecto suspensivo y que el Convenio Europeo de Asistencia Judicial en Materia Penal no exige la firmeza de la resolución judicial como requisito para ejecutar una comisión rogatoria.
El auto judicial destaca que la pretensión de la defensa de utilizar los mecanismos de cooperación internacional para generar «una suerte de control de legalidad por autoridades judiciales extranjeras» supondría una «distorsión absoluta de la competencia funcional», ya que es únicamente la Sala de Recursos del Tribunal Supremo la competente para resolver sobre los recursos contra las resoluciones del Magistrado Instructor.
La resolución también rechaza la solicitud de dar traslado a Eurojust de las alegaciones contenidas en el escrito de la defensa, presentado el 27 de enero de 2025, así como su incorporación al expediente abierto en dicho organismo europeo.
Esta decisión judicial se produce en el marco de una causa especial de especial trascendencia que requiere la cooperación de las autoridades judiciales irlandesas, en particular de Google –propietaria de la plataforma Gmail– y WhatsApp.
Las nuevas diligencias ordenadas por Hurtado se centran ahora en las grandes tecnológicas, después de que la investigación revelara que el teléfono actual del fiscal general del Estado contiene «cero mensajes» correspondientes a las fechas críticas de la filtración. La decisión del magistrado responde a un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, que señala la existencia de dos tipos de copias de seguridad en las conversaciones de WhatsApp: una local y otra en almacenamiento virtual.
Las fuentes jurídicas consultadas señalan que la efectividad de las comisiones rogatorias dirigidas a las grandes tecnológicas es «imprevisible», ya que estas empresas muestran diferentes niveles de cooperación en este tipo de procedimientos judiciales. La solicitud incluye datos específicos como mensajes enviados y recibidos, copias de seguridad de chats, archivos multimedia y registros de comunicaciones realizadas por los usuarios investigados.
Un elemento significativo en la investigación es la declaración previa de la fiscal superior de Madrid, quien mantuvo una discusión con García Ortiz relacionada con la nota sobre el novio de Ayuso. Cuando la fiscal superior Almudena Lastra cuestionó al fiscal general sobre la filtración de los correos, este respondió con la frase: «Eso ahora no importa».
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