Sánchez incumple un decreto sobre la salud de los trabajadores que fija la temperatura máxima en 25º
El decreto sobre medidas para el «ahorro energético», aprobado este lunes por el Gobierno, incumple otro anterior sobre la salud y la seguridad en el trabajo que establece que la temperatura máxima debe ser de 25 grados en determinados locales donde se desarrollen «trabajos ligeros», como puede ser el comercio o la hostelería. Por el contrario, el paquete de medidas del Ejecutivo de Pedro Sánchez recoge la obligatoriedad en edificios públicos, espacios comerciales, tiendas y grandes almacenes, teatros, cines, auditorios, salas de exposiciones, establecimientos de espectáculos y actividades recreativas, restauración e infraestructuras de transporte (aeropuertos y estaciones de tren y autobús) de limitar a 27 grados el uso del aire acondicionado en verano y a 19 grados la calefacción en invierno.
En concreto, el real decreto «por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo», del 14 de abril de 1997, establece que «la temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25 grados». Es decir, dos grados menos de lo que determina ahora el Ejecutivo.
En dicho decreto se advierte, asimismo, que «la exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no debe suponer un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores» y que «en la medida de lo posible, las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia para los trabajadores».
«A tal efecto, deberán evitarse las temperaturas y las humedades extremas, los cambios bruscos de temperatura, las corrientes de aire molestas, los olores desagradables, la irradiación excesiva y, en particular, la radiación solar a través de ventanas, luces o tabiques acristalado», se añade. En el caso de los locales «donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares», la temperatura sí estará comprendida entre los 17 y 27 grados.
«Inaplicable»
El vicepresidente de la Comunidad de Madrid, Enrique Ossorio, ha destacado este jueves que este hecho convierte el reciente real decreto en «inaplicable desde el punto de vista sancionador».
Ossorio ha llamado además la atención sobre otros «errores garrafales» contenidos en el decreto de medidas de «ahorro energético». Por ejemplo, que desde el Gobierno «no han especificado hasta cuándo hay que mantener apagados los escaparates y hasta cuándo hay que mantener apagados los edificios públicos».
En este contexto, el plan de Sánchez obliga a los comerciantes a apagar sus escaparates, además del alumbrado de los edificios públicos desocupados, «desde las 22 horas», pero no concreta hasta qué hora deben mantenerse apagados.
De forma que, ha señalado Ossorio, «si un comerciante lo apaga durante 10 segundos estará cumpliendo la ley». «La torpeza increíble ha sido olvidarse de decir cuánto tiempo tienen que estar apagados los escaparates y edificios», ha añadido el portavoz del Ejecutivo regional.
«Todas las normas restrictivas de derechos y sancionadoras tienen que estar perfectamente delimitadas. Si la ley no dice cuánto tiempo se tienen que mantener apagados los escaparates y un comerciante lo apaga durante 10 segundos, está cumpliendo la ley y no va a poder ser sancionado porque el régimen sancionador es lo que dice la ley. Esto se aplica exactamente igual a la iluminación de los edificios oficiales», ha manifestado. «Es que es un error absolutamente garrafal», ha añadido Ossorio.
Las medidas tendrán una vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023. Ello, pese a que la Comisión Europea -como ha publicado OKDIARIO- sólo ha instado a sus Estados miembros a reducir la dependencia energética hasta finales de marzo del año que viene.