Ya son 1.233 los abusadores sexuales condenados que se han beneficiado de la reducción de penas
El Poder Judicial responde a Montero que sus ataques "aumentan la desprotección de las víctimas"
La ministra Irene Montero acusa a los jueces de prevaricar: "Están incumpliendo la ley por machismo"
La ley de Irene Montero, más conocida como sólo sí es sí, está excarcelando a centenares de agresores sexuales. Otros miles están viendo cómo se rebajan sus penas, bien porque están solicitando la revisión de sus condenas o bien porque los nuevos condenados se están beneficiando de la aplicación de una ley que fija horquillas inferiores a las anteriormente establecidas. Lo cierto es que, de cualquier manera, los agresores se están beneficiando de una ley impulsada por el Ministerio de Igualdad y por sus dirigentes, como Irene Montero, Ángela Rodríguez Pam o Victoria Rosell. Todas ellas siguen nengando que esta ley provoque la reducción de penas.
Los tribunales han comenzado a revisar condenas y son numerosos los casos que se saldan con beneficio para los abusadores sexuales. Estos son los casos que han trascendido hasta el momento:
El CGPJ: 1.233 rebajas
El Consejo General del Poder Judicial ha actualizado a este viernes, 24 de noviembre, su recuento sobre los agresores sexuales beneficiados por la ley del sólo sí es sí impulsada por la ex ministra de Igualdad, Irene Montero: 1.233. De ellos, 126 han sido excarcelados. Son datos recogidos hasta el 1 de noviembre.
El CGPJ: 1.205 rebajas
El Consejo General del Poder Judicial ha actualizado a este lunes, 18 de septiembre, su recuento sobre los agresores sexuales beneficiados por la ley del sólo sí es sí de Irene Montero: 1.205. De ellos, 121 han sido excarcelados. Son datos recogidos hasta el 25 de agosto.
Rebaja de La Manada
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rebajado en un año la pena de de cárcel impuesta a Ángel Boza, uno de los miembros condenados por la violación grupal de los Sanfermines de 2016, tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra de Igualdad, Irene Montero. Boza fue condenado a 15 años de prisión por un delito continuado de violación con las agravantes específicas de trato vejatorio y actuación conjunta de dos o más personas. Esta pena pasa a ser de 14 años de cárcel tras la aplicación de la Ley Montero.
El CGPJ: 1.155 rebajas
El Consejo General del Poder Judicial ha actualizado a este miércoles, 5 de julio, su recuento sobre los agresores sexuales beneficiados por la ley del sólo sí es sí de Irene Montero: 1.156. De ellos, 117 han sido excarcelados. Son datos recogidos hasta el 25 de agosto.
El CGPJ: 1.127 rebajas
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha actualizado este viernes, 9 de junio, su recuento sobre los agresores sexuales beneficiados por la ley del sólo sí es sí: 1.127. De ellos, 115 han sido excarcelados. Son datos recogidos hasta el pasado 1 de junio.
Supremo reduce un año a un abusador
El Tribunal Supremo redujo de 10 a 9 años la condena de un hombre que fue encarcelado por abusar sexualmente de una niña de 11 años. El hombre engañó a la niña, valiéndose de su cercanía familiar, para entablar comunicaciones sin que lo supieran los padres.
Supremo: rebaja de 5 años
El Tribunal Supremo ha reducido de 12 a 7 años la pena de un hombre condenado por un elito de agresión sexual, con la atenuante analógica de embriaguez y drogadicción. El agresor cometió estos delitos sobre una chica de 17 años en julio de 2019. La ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, por ser más favorable para el reo que la ley vigente en el momento de los hechos.
El Supremo resuelve así un recurso de casación interpuesto por el acusado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que confirmó a su vez un fallo de la Audiencia de Barcelona.
El CGPJ: 1.079 rebajas
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha actualizado este jueves, 11 de mayo, su recuento sobre los agresores sexuales beneficiados por la ley del sólo sí es sí: 1.079. De ellos, 108 han sido excarcelados.
Supremo: rebaja de un año
El Tribunal Supremo ha rebajado en un año la pena de un hombre condenado por intentar violar a una mujer sin hogar tras darle una paliza. La Audiencia Provincial de Madrid le condenó a seis años de prisión por un delito de intento de agresión sexual con penetración, pena que ahora el Supremo rebaja a cinco años tras aplicar la ley del sólo sí es sí. También fue condenado por un delito de lesiones con deformidad, pero esta pena no se toca y se mantiene en cuatro años de cárcel.
El CGPJ aumenta a 1.025 las rebajas
El reguero de delincuentes sexuales que se están viendo beneficiados por los efectos de la ley del sólo sí es sí pergeñada por Irene Montero ya ha superado la barrera psicológica de los mil. Según la última actualización hecha desde el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) este miércoles 3 de mayo, son ya 1.025 los abusadores sexuales que han visto sus penas rebajadas gracias a los efectos de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual que el Gobierno socialcomunista aprobó el pasado mes de octubre. Además, la cifra de delincuentes sexuales que han salido de las cárceles gracias a esta ley se sitúa en los 105, según la misma actualización de las cifras.
Málaga: rebaja de 4 meses
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado en 4 meses la pena de un hombre condenado por un delito de agresión sexual continuada. Fue condenado por la Audiencia Provincial de Málaga en 2021 a 11 años de prisión, condena que se queda en 10 años y 8 meses tras aplicar la ley del sólo sí es sí.
Córdoba: rebaja de 10 meses
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado en 10 meses la pena de un hombre condenado por un delito de abuso sexual continuado sobre una menor de 16 años. Fue condenado en mayo de 2022 por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba a 8 años de prisión. Esta sentencia fue por un un delito continuado de abusos sexuales sobre menor de 16 años con acceso carnal. Esta condena se queda ahora en 7 años y 2 meses de cárcel por la aplicación del sólo sí es sí.
Canarias: rebaja de un año
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rebajado en un año la pena de un hombre condenado a 10 años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales a una menor de 16 años. Con la aplicación de la ley del sólo sí es sí, esta condena se queda en 9 años de cárcel. El tribunal estima parcialmente el recurso presentado por el agresor contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que le condenó en 2021.
Rebaja de la Audiencia Nacional
La Audiencia Nacional ha rebajado un año y medio de cárcel la pena impuesta a un hombre condenado por agredir sexualmente a la hija de su pareja, de 12 años, tras aplicar la ley del sólo sí es sí.
El agresor, de nacionalidad colombiana, fue condenado en diciembre de 2021 a 12 años y medio de cárcel por agredir a su pareja y a su hija de 12 años, con quienes convivió desde 2014 hasta 2018, primero en España y luego en Bolivia. También fue condenado por atacar «sexualmente en numerosas ocasiones» a la menor, prevaliéndose del temor que le infundía. El acusado fue condenado a 14 años y medio de prisión por dos delitos de maltrato familiar y uno de agresión sexual. La pena impuesta por este último es la que ha revisado el tribunal a raíz de la aplicación de la Ley Montero.
Salamanca: rebaja de más de 2 años
La Audiencia Provincial de Salamanca ha rebajado 2 años y 6 meses la pena de un hombre condenado por violar a una de sus hijas, cuando ella tenía 17 años. Fue condenado a 13 años y 6 meses de prisión por un delito de violación, que ahora queda reducida en 11 años tras aplicar la ley del sólo sí es sí.
Los hechos ocurrieron el 8 de abril de 2017, cuando el acusado se quedó sólo en el domicilio familiar en Salamanca con una de sus tres hijas, la mayor, que en ese momento tenía diecisiete años. El agresor «empezó a manosearla por todo el cuerpo» y después la «tumbó en la cama»» a la fuerza, mientras la menor le decía que parara. Entonces «la penetró» diciéndole su hija que se lo iba a contar a su madre, recibiendo por respuesta que si hacía tal cosa les iba a hacer algo», según describe la sentencia.
La menor aprovechó para llamar a su tía y escapar del domicilio cuando el acusado se fue a duchar. Al salir de la ducha y ver que la menor no estaba en la casa, intentó huir con 17.000 euros que tenía en la vivienda, pero lo detuvieron ese mismo día a las 20:50. Antes de la violación, el 8 de marzo de 2017, ya se le había condenado a 90 días de prisión como autor de un delito de lesiones leves en el ámbito familiar por la agresión cometida contra esa misma hija el día 7 de marzo de 2017.
Manada de Callosa: rebaja de 4 años
El Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) ha acordado rebajar más de cuatro años, de 17 años y 2 meses de cárcel a 13, la condena a uno de los cuatro miembros de la conocida como manada de Callosa por la violación en grupo a una joven en el día de Año Nuevo de 2019 en una vivienda de Callosa d’en Sarrià (Alicante). Los hechos ocurrieron el día de Año Nuevo de 2019 cuando Joffre Gerardo T.B. convenció durante una fiesta en Benidorm a la víctima, una joven de 19 años, para que le acompañara a un domicilio situado en el municipio vecino de Callosa d’En Sarrià. Una vez allí fue violada grupalmente por el anterior y otros tres individuos más, todos de 19 a 24 años y origen ecuatoriano, una agresión sexual que fue grabada con sus móviles.
Andalucía: rebaja de 6 meses
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebaja en seis meses la condena de un hombre condenado por abusar de sus nietas cuando ambas tenías ocho años, tras aplicar la ley del sólo sí es sí. Fue condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla en noviembre de 2021 a un total de 16 años de cárcel. Se le rebaja la pena impuesta por abuso sexual continuado sobre una de las niñas de 11 a 10 años y medio de prisión, mientras que la segunda «se mantiene inalterada (cinco años) por el delito cometido sobre la otra menor». Por lo tanto, la Ley Montero le reduce su condena de 16 años a 15 años y medio de prisión.
Nuevos datos del CGPJ: 978 rebajas
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha actualizado de nuevo este viernes, 14 de abril, los datos de los agresores sexuales beneficiados por la ley del sólo sí es sí: 978 rebajas y 104 excarcelados. Este recuento sí que incluye las cifras de los tribunales que faltaron por registrar en el anterior recuento.
El CGPJ: 943 rebajas
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha actualizado este miércoles, 12 de abril, los datos de los agresores sexuales beneficiados por la ley del sólo sí es sí: 943 rebajas y 103 excarcelados. Sin embargo, esta cifra sería muy superior debido a que este recuento no incluye tres audiencias provinciales (Guipúzcoa, Granada, Sevilla y Teruel) ni tampoco a los tribunales superiores de justicia de Andalucía, Canarias, Castilla y León y el País Vasco.
Valladolid: rebaja de 2,5 años
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha rebajado casi dos años y medio la pena de un hombre condenado por un delito de agresión sexual continuado. La Audiencia Provincial de Valladolid le condenó a 13 años y 7 meses de prisión, decisión que ahora revoca el alto tribunal por la aplicación de la ley del sólo sí es sí, por lo que su condena se queda en 11 años y 2 meses. Fue condenado por violar de forma continuada a su hija, desde que ella tenía 12 años hasta los 16.
Galicia: rebaja de 2 años
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha rebajado en dos años la pena de un hombre condenado por abusar sexualmente de la hija de su pareja cuando tenía 14 años, prevaliéndose de su relación con la víctima. Fue condenado en 2018 a 11 años de prisión por la Audiencia Provincial de Lugo, una condena que ahora se queda en 9 años tras aplicar la ley del sólo sí es sí.
El TSJG explica que debe aplicarse al procesado la pena en su grado mínimo, ya que la sentencia del tribunal provincial no detalla cuáles son las «circunstancias» que llevaron a elevar dicha pena y el motivo por el que la condena impuesta es proporcionada con los hechos. El tribunal afirma que el delito de abusos sexuales menor está penado con entre 9 y 12 años de cárcel, y «la imposición de la pena por encima del mínimo de la mitad superior precisa de alguna argumentación complementaria que permita al acusado y a las partes conocer cuál es la razón por la que el tribunal optó por una determinada cuantía de la pena y no por otra, sobre todo si se ha sobrepasado en casi dos años el mínimo de la pena resultante al calcular la mitad superior».
Sevilla: rebaja de 5 años
La Audiencia de Sevilla ha reducido de 12 a siete años de prisión la pena impuesta en 2019 a Miguel Ángel F.D. por agredir sexualmente en agosto de 2017 a una mujer a la que abordó cuando practicaba deporte en el Parque del Tamarguillo de la capital hispalense. Ello, en aplicación a la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del sólo sí es sí. Se trata de un individuo sobre el que pesa otra condena adicional de 14 años de prisión por matar e intentar violar a una mujer en el Parque Amate.
Almería: rebaja en una violación grupal
La Audiencia Provincial de Almería ha rebajado en tres años la pena de prisión a un hombre condenado a un total de 27 años de cárcel por violar a una mujer con discapacidad en un invernadero de El Ejido (Almería) en 2006 y ayudar a otros dos hombres, que no fueron identificados, a que también la agredieran sexualmente.
Valladolid: rebaja de 6 meses
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSCyL) ha rebajado en 6 meses la condena de un hombre condenado por un delito continuado de abuso sexual sobre su hijastra, menor de edad, durante casi nueve años, tras aplicar la ley del sólo sí es sí. El tribunal estima el recurso interpuesto por el condenado contra el auto de la Audiencia Provincial de Valladolid, que denegó aplicar la Ley montero. Ahora el TSCyL le da la razón y sus 11 años de cárcel de condena inicial se quedan en 10 años y 6 meses.
Oviedo: rebaja de 2,5 años
La Audiencia Provincial de Oviedo ha rebajado en dos años y medio la pena de un hombre condenado por una agresión sexual con penetración a una mujer con una discapacidad psíquica del 65%. El agresor, conocido como El violador del estilete, fue condenado en 2019 a 13 años de cárcel, pena que pasa a ser de 10 años y 6 meses tras aplicar la ley del sólo sí es sí.
Los hechos ocurrieron en diciembre de 2017, cuando el agresor agredió a su víctima en una pensión de Oviedo. También fue condenado a una multa de 180 euros como autor de un delito leve de hurto. A pesar de que recurrió la sentencia pero el Tribunal Supremo (TS) desestimó la petición en 2021.
Navarra: dos nuevas rebajas
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha anunciado la rebaja de dos condenas tras aplicar la ley del sólo sí es sí de Irene Montero. La primera de ellas es la de un hombre que fue condenado a un total de 24 años de prisión como autor de un un delito continuado de corrupción de menores (4 años), un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años (10 años), otro delito de corrupción de menores (2 años) y otro delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años (8 años). El tribunal le rebaja las dos condenas impuestas por los delitos continuados de abuso sexual debido a que en la sentencia condenatoria la Audiencia Provincial fijo expresamente las penas en su mínima extensión —10 y 8—, que conforme a la nueva ley se han reducido a 9 y 8, respectivamente. De esta forma, se le rebaja finalmente 3 años de su condena.
El otro es el caso de un hombre que fue condenado a un total de 14 años: 4 por un delito continuado de corrupción de menores y 10 más por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años. Por los mismos motivos, la condena por este último delito se ha rebajado de 10 a 9, por lo que se le rebaja un año de cárcel del total de su condena.
Canarias: rebaja de dos años
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rebajado en dos años la pena impuesta a un hombre condenado por delito continuado de abuso sexual a una menor de edad. Se trata de un profesor que abusó sexualmente a una alumno y que fue condenado por la Audiencia Provincial de Las Palmas a 4 años y 1 mes de cárcel, pena que pasa a ser de 2 años tras aplicar la ley del sólo sí es sí. El tribunal ha tomado esta decisión tras aceptar parcialmente el recurso presentado por la defensa legal del agresor.
El hombre fue condenado el 3 de junio de 2022. El fallo consideró probado entonces que los hechos tuvieron lugar durante el curso 2017/18 cuando el hombre impartía la asignatura de Biología a alumnos de 4º de la ESO, entre los que se encontraba la menor. En 2018 comenzaron los acercamientos a la chica, que parecía no estar muy integrada en la clase, llegando a hablar con ella a la salida del centro donde en muchas ocasiones la menor le esperaba.
De esta manera, el hombre se fue ganando la confianza de la alumna, que comenzó a sentirse atraída por él, y llegaron a quedar en diferentes ocasiones. Durante dichos encuentros, que se produjeron también en el coche del condenado y en su domicilio, tuvieron lugar diferentes actos de carácter sexual, encuentros que terminaron cuando en el centro escolar comenzó a llamar la atención el tipo de relación que el profesor mantenía con la alumna.
El mismo tribunal informa de que se han practicado hasta el momento 33 reducciones de condena de agresores sexuales en Canarias, entre las que se incluyen 4 excarcelaciones. También se han denegado un total de 77 rebajas de condena.
Zaragoza: rebaja de 1 año
El ribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha rebajado en un año la pena impuesta a un hombre condenado por un delito de abusos sexuales a una menor de 16 años en Zaragoza. Fue condenado a dos años de prisión, que pasa a ser de un año tras aplicar la ley del sólo sí es sí. El tribunal «procede a revocar» la sentencia para imponer al acusado «la pena de 1 año de prisión en lugar de los 2 años que correspondían con la anterior normativa». Esta condenase reduce tras un recurso presentado por el acusado. El tribunal rechaza todos los motivos planteados por la defensa del acusado para instar la absolución de su cliente, pero «revisa de oficio la pena impuesta para ajustarla a la nueva normativa legal establecida para este tipo de delitos».
Almería: rebaja de 9 meses
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha rebaja en 9 meses la pena de un hombre condenado por un delito de abuso sexual consistente en penetración vaginal a una menor de 16 años. El agresor, de 30 años de edad, fue condenado a 10 años y 6 meses de prisión por la Audiencia Provincial de Almería por abusar sexualmente de la hermana menor de su novia, una pena que ahora pasa a ser de 9 años y 9 meses tras aplicar la ley del sólo sí es sí.
Aragón: tres nuevos excarcelados
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha rebajado las penas de cárcel de tres hombres condenados por delitos de agresión sexual. Fueron condenados a 5 años de prisión, y ahora el tribunal rebaja esta pena a 2 años tras aplicar la ley del sólo sí es sí, «por resultar más beneficiosa para los procesados». De esta forma, los tres quedan excarcelados.
El TSJA ha tomado esta decisión tras el recurso presentado por los acusados y cuya revisión de pena les fue denegada por la Audiencia Provincial de Teruel después de la entrada en vigor de la mencionada ley orgánica.
Salamanca: Rebaja de 7 a 5 años
La Audiencia Provincial de Salamanca ha rebajado de 7 a 5 años la pena a un hombre que violó a su ex pareja en un palacete abandonado. La sentencia dictada el 3 de diciembre de 2021 por un delito de agresión sexual y quebrantamiento de condena, ya que tenía una orden de alejamiento de su ex pareja por un delito de malostratos anterior a la violación. En octubre de 2020 citó a su ex pareja en un palacete abandonado donde la forzó durante diez minutos y luego se quedó dormido.
Canarias: rebaja de 6 a 4 años
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rebajado la pena a un violador de 6 a 4 años de cárcel. De esta manera se rebaja la condena impuesta por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife el 11 de marzo de 2021, en contra del criterio de la Fiscalía y de la propia víctima que se oponían a esta rebaja.
Tarragona: 7 años menos a dos condenados por agresión sexual
Los hechos sucedieron la madrugada del 17 de agosto de 2020, cuando los condenados, que se encontraban en las inmediaciones de la discoteca City Hall de Salou (Tarragona) se encontraron con la víctima que iba con un grupo de amigos.
La víctima se separó del grupo para buscar un lugar en el que orinar, y uno de los dos acusados la acompañó hasta una «entrada de parking abierta, tratándose de un lugar oscuro y poco transitado».
Allí los dos acusados la agredieron sexualmente, mientras ella «intentaba separarse sin conseguirlo» y, al acabar, se marcharon del sitio dejándola sola.
«Durante el transcurso de los hechos, la víctima no pudo oponer suficiente resistencia frente a la conducta de ambos acusados, al hallarse durante todo el tiempo acorralada, con los brazos inmovilizados, lo que provocó que la misma se bloqueara, entrando en un estado de shock», añade la sentencia.
Almería: abusó de su prima
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado en casi dos años de prisión la pena impuesta a un hombre que abusó sexualmente de su prima menor de edad. El TSJA ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la defensa del procesado y le ha condenado a seis años y dos meses de cárcel frente a los ocho años y un mes de prisión que le impuso en primera instancia la Audiencia Provincial de Almería.
La sentencia indica que con el anterior Código Penal el delito de abuso sexual a menor de 16 años estaba sancionado con una pena de ocho a 12 años de cárcel. Al joven se le impuso condena en su mitad inferior. Añade que, con arreglo a la ley del sólo sí es sí, el mismo delito tiene penas que oscilan entre los seis y los 12 años de prisión, y señala que debe tenerse en cuenta el «principio de proporcionalidad», según recoge Ep.
Málaga: rebaja de 8 meses
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado en 8 meses la pena de un hombre condenado por un delito continuado de agresión sexual sobre una menor de 13 años en Antequera (Málaga). Fue condenado por la Audiencia Provincial de Málaga en marzo de 2022 a 14 años de prisión, pena que ahora se ve reducida a 13 años y 4 meses tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí y tras el recurso presentado por el agresor.
Málaga: rebaja de 6 meses
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado en 6 meses la pena de un hombre condenado por un delito continuado de abuso sexual contra su nieta, que por entonces tenía 13 años de edad. Fue condenado en noviembre de 2021 por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Málaga a 11 años de prisión, pena que ahora ha reducido el TSJA a 10 años y 6 meses tras aplicar la ley del sólo sí es sí y después de aceptar el recurso presentado por el condenado.
Salamanca: rebaja de 9 años
La sección primera de la Audiencia Provincial de Salamanca ha rebajado 9 años la pena de un hombre condenado por violar a tres mujeres en días diferentes de 2009. Fue condenado en 2018 por dos delitos agravados consumados de violación y por otro delito básico consumado de violación. Su condena inicial fue de un total de 33 años y 2 meses de prisión, que ahora pasa a ser de 24 años tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí.
Almería: rebaja de un año
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 10 años de cárcel a 9 años la pena a un hombre condenado por abusos sexuales a una menor embarazada de 13 años de edad. El agresor dejó a la víctima embarazada tras prestarse a tener relaciones sin preservativo después de que el condenado le dijera que era estéril y alérgico al látex. La Audiencia Provincial de Almería confirmó su condena, pero ahora el TSJA le rebaja un año de prisión en aplicación de la ley del sólo sí es sí.
Lugo: rebaja de un año
La Audiencia Provincial de Lugo ha rebajado en un año la pena de un hombre condenado por agredir sexualmente a un hombre con el que contactó a través de una red social. Fue condenado a 8 años de cárcel y ahora el tribunal le ha rebajado esta pena a 7 años con la aplicación de la ley del sólo sí es sí. El tribunal explica que, teniendo en cuenta el criterio aplicado en la sentencia, en la que se le impuso un año menos del comienzo de la mitad superior, y tomando la nueva regulación para el mismo delito (ahora previsto y penado en el artículo 179 del Código Penal -con pena de 4 a 12 años-), «la mitad superior comenzaría en ocho años», por lo que entiende que «la pena a imponer debe quedar en siete años de prisión, esto es, un año menos de la horquilla (de 8 a 12 años) que marcaría el comienzo de la mitad superior».
Murcia: rebaja de un año
El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha rebajado un año la pena de trece años y seis meses de prisión que la Audiencia Provincial impuso a un hombre que en 2015 y 2016 agredió sexualmente a su hijastra, en aplicación de la ley del solo sí es sí como norma más favorable. La sentencia señala que los hechos fueron calificados y condenados por la Audiencia de forma correcta, pero que ahora procede hacer esa rebaja en aplicación de lo que establece el Código Penal modificado por la ley de Libertad Sexual, según informa Efe.
Málaga: un excarcelado
La sección primera de la Audiencia Provincial de Málaga ha rebajado casi dos años de prisión la pena de un hombre condenado por un delito de agresión sexual con acceso carnal. Fue condenado el 25 de noviembre de 2016 a siete años y un día de prisión y empezó a cumplir condena el 28 de diciembre de 2017, por lo que su condena quedaría extinguida el 3 de diciembre de 2024. Ahora el mismo tribunal le ha rebajado la condena a cinco años y tres meses de prisión con la aplicación de la ley del sólo sí es sí, por lo que se ha ordenado su excarcelación al haber cumplido ya el reo su estancia en la cárcel.
La Coruña: rebaja de 5 años
La sección sexta de la Audiencia Provincial de La Coruña ha rebajado en 5 años la pena de un hombre condenado por por violar a la pareja de su compañero de piso. Fue condenado en 2020 a 12 años de cárcel por un delito de violación agravado, una pena que pasa a ser 7 años tras aplicar la ley del sólo sí es sí. El tribunal alega que se le impuso en su momento la pena mínima de la horquilla, de 12 a 15 años de prisión, que ahora se ha rebajado de 7 a 15 con la Ley Montero.
Navarra: rebaja de 2 años
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rebajado en dos años la pena de un hombre condenado por una violación perpetrada en una localidad de la comarca navarra de La Barranca en febrero de 2016. Fue condenado a 6 años de cárcel, y ahora la Sala de lo Civil y Penal de este tribunal ha reducido la pena a 4 años tras aplicar la ley del sólo sí es sí.
Salamanca: rebaja de 2 años
La sección primera de la Audiencia Provincial de Salamanca ha rebajado en dos años la pena de un hombre condenado por un delito de agresión sexual. Fue condenado a 6 años de prisión, una pena que el tribunal le reduce aplicando la ley del sólo sí es sí, quedándose en 4 años. El condenado arrastró a la víctima hasta una caseta de fiestas en el municipio de Santa Teresa para violarla.
Salamanca: rebaja de 7 años
La sección primera de la Audiencia Provincial de Salamanca ha rebajado en 7 años la pena de un hombre condenado por violar a una mujer y por ser cooperador necesario en en la misma violación. Fue condenado a un total de 19 años de prisión, una pena que se reduce con la aplicación de la ley del sólo sí es sí, quedándose en 12 años. Violó a una turista francesa que pidió ayuda para localizar su hotel, junto a otro hombre no identificado. El tribunal le rebaja la pena como autor de una agresión sexual, de 12 a 7 años de prisión, y la de cooperador necesario, de 7 a 5 años de cárcel.
Pontevedra: dos rebajas más
La sección primera de la Audiencia de Pontevedra ha rebajado de 27 a 22 años de cárcel la pena impuesto a dos hombres condenados por violar a una joven en Porriño, tras aplicar la ley del sólo sí es sí. Ambos interceptaron en 2003 a una mujer de 22 años en el exterior de una discoteca de Salceda de Caselas la trasladaron hasta una vivienda de Porriño. Fueron condenados por cometer dos delitos de agresión sexual: uno como autor material y otro como cooperador necesario. También fueron condenados a dos años de prisión cada uno por cometer un delito de robo con intimidación, pena que se mantiene.
Almería: rebaja a un profesor británico
La Audiencia Provincial de Almería ha rebajado en tres meses, hasta los 11 años y tres meses de cárcel, la condena impuesta la profesor británico C.T. por los abusos sexuales hacia una alumna con la que entabló hacia mitad de curso en 2016 una relación «fingidamente amistosa, dándole un trato preferente y logrando que el vínculo con ella se volviera poco a poco más personal e íntimo» en base a la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual.
Pontevedra: rebaja de 5 años
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha rebajado de 12 a 7 años de prisión la pena impuesta a un hombre condenado por agredir sexualmente a una mujer con una discapacidad intelectual, tras aplicar la ley del sólo sí es sí.
El tribunal expone que la horquilla prevista cuando se dictó la sentencia para el delito cometido era de 12 a 15 años de prisión, por lo que fue impuesta en su grado mínimo. La aplicación de la Ley Montero, según el auto, conlleva una horquilla penológica de 7 a 15 años, por lo que subraya que, aplicada la pena en su grado mínimo, como lo fue en la individualización de la pena en la sentencia dictada que devino firme, la pena a imponer ha de ser de siete años de prisión.
Tres más del Supremo
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha reducido de 13 a 10 años de prisión la condena al autor de una agresión sexual con acceso carnal a una mujer, en Valencia, con la agravante de actuación conjunta con otros dos hombres y atenuante analógica de afectación por alcohol y drogas, al entender, con apoyo del Ministerio Fiscal, que la nueva Ley 10/2022 que ha reformado estos delitos es más favorable al condenado en el caso concreto. Por otro lado, confirma 2 años de prisión al acusado por tenencia de arma prohibida, por lo que la condena total pasa de 15 a 12 años de cárcel.
Asimismo, el alto tribunal reduce por ser más favorable la nueva Ley las condenas a dos cooperadores necesarios de la agresión sexual. Estas dos rebajas, al contrario que la primera, no han sido apoyadas por la Fiscalía y cuentan con el voto particular discrepante de la magistrada Ana Ferrer, partidaria de mantener las penas a estos dos acusados. Sus penas se reducen 1 año, pasando de 7 a 6 años de prisión, en el caso de uno de los acusados, y 6 años y 6 meses a 5 años y 6 meses, en el del otro.
El CGPJ actualiza la cifra: 721
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha realizado este jueves 2 de marzo un conteo que sitúa en 721 las rebajas de pena y en 74 las excarcelaciones.
Otra rebaja más en Navarra
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha dictado la primera resolución sobre un recurso presentado contra una denegación de revisión de condena, y ha rebajado de 14 años y 3 meses a 13 años y 9 meses de prisión la pena impuesta a un condenado por un delito continuado de agresión sexual a una menor.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJN considera que es más favorable para el condenado la nueva horquilla de la pena de prisión establecida en la ley orgánica (LO) 10/2022, de 6 de septiembre, que modificó la redacción anterior, según ha informado el TSJN.
El CGPJ actualiza la cifra: a 27 de febrero, son 646
El Consejo General del Poder Judicial había solicitado a todas las audiencias provinciales que les notificasen el total de rebajas de pena que se habían tramitado para obtener una cifra actualizada. Esta se sitúa en 646 a 27 de febrero. Es un salto en el total de cifras que tiene su explicación en que no todas las audiencias han publicado las rebajas de pena que sí han comunicado ahora de forma actualizada al CGPJ. Además, se suman los datos facilitados por el Tribunal Supremo y los tribunales superiores de justicia autonómicos
El CGPJ acordó en Pleno solicitar ahora a los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) y a las audiencias provinciales las resoluciones dictadas en relación con la aplicación de la conocida como ‘ley del solo sí es sí’.
Castilla y León: 12 nuevas
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se ha puesto al día con las nuevas rebajas de pena por la Ley del ‘sólo sí es sí’ y hechas las comprobaciones con este contador ahora Salamanca ha notificado cinco nuevas rebajas. Burgos tres nuevas y León otras 4 rebajas nuevas. En total, una docena de rebajas no recogidas hasta hoy por este contador.
Lérida: dos nuevas rebajas
La sección primera de la Audiencia provincial de Lleida ha rebajado las penas por violación a dos agresores sexuales. En el primero de los casos, el agresor fue condenado a la pena de 6 años de prisión, la más baja de la horquilla, por eso ahora la pena se ha situado en 4 años.
En el segundo de los casos el condenado era pariente de la víctima y resultó penado a 14 años y 3 meses de cárcel por por un delito de continuado de agresión sexual previsto y penado en los artículos 178, 179, 180.1 apartados 3 y 4 d) del CP en la redacción dada por la LO 5/2010, de 22 de junio en relación con el artículo 74 del CP, en su modalidad de acceso carnal por vía bucal y anal e introducción de miembros corporales, prevaliéndose el acusado de su relación de parentesco. Ahora esa pena queda en 13 años de prisión.
Sevilla: rebaja por asesinato y violación
La Audiencia de Sevilla ha rebajado de 12 a 7 años una condena por agresión sexual en un caso de asesinato, una decisión que se adopta tras la entrada en vigor de la ley de Garantía de la Libertad Sexual, conocida como «ley del sí es sí».
La rebaja de la pena que aplica la sección primera de la Audiencia se refiere a un caso en el que un hombre fue condenado en 2008 a 15 años de prisión por un delito de asesinato, a 12 años de cárcel por una agresión sexual, a una multa de 1.080 euros por una falta de hurto y a indemnizar a los herederos de la víctima con 30.000 euros.
Canarias: 17 rebajas y 2 excarcelaciones
La aplicación de la Ley del sólo sí es sí en Canarias ha permitido reducir 17 nuevas condenas y excarcelar a dos personas más los datos ya aportados en este contador con lo que en total son 30 rebajas y 3 excarcelaciones hasta febrero, según los datos aportados por el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
En este sentido, en la provincia de Santa Cruz de Tenerife se han reducido 14 condenas y se ha producido una excarcelación en la aplicación de esta norma.
Por su parte, en la provincia de Las Palmas, la Audiencia ha revisado un total de 94 casos, de los que se han reducido condena en 16, y se han producido dos excarcelaciones hasta el día 23 de febrero.
Finalmente, en la Sala de lo Penal del TSJC también se ha rebajado una condena en grado de apelación.
Salamanca: 1 rebaja
La Audiencia Provincial de Salamanca ha rebajado en un año la condena a un violador tras una revisión de su sentencia en base a la Ley del solo sí es sí.
El procesado fue condenado el 19 de mayo de 2016 a siete años y seis meses de prisión por «un delito consumado de violación (agresión sexual con penetración vaginal)», según indica el auto publicado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Pontevedra: 2 rebajas
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha decretado que procede la revisión de la condena de 12 años de prisión impuesta a un hombre que agredió sexualmente a una mujer a la que abordó en 2012 en un parque de O Porriño cuando paseaba a su perro. El tribunal, en aplicación de la L.O. 10/22, ha fijado la pena de prisión en siete años.
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra también ha rebajado, en aplicación de la nueva ley, de 6 a 4 años de cárcel la pena impuesta a un hombre que en 2014 violó a una mujer a la que recogió en un taxi en la zona del Puerto de Vigo. En el auto, el tribunal indica que tanto el Ministerio Fiscal como la defensa del condenado informaron a favor de la revisión de la pena, pues se le impuso la mínima entonces prevista para ese delito, cuya penalidad iba de los seis a los doce años de cárcel. Contra ambos autos cabe presentar recurso.
Mérida: 3 rebajas
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz con sede en Mérida
ha dictado tres autos en los que acuerda la estimación de petición de rebajas de penas por delitos de abuso sexual conforme a la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, en aplicación al principio constitucional de retroactividad de la ley penal más favorable al reo.
Uno de los autos acuerda rebajar de 16 a 12 años de prisión la pena a un condenado como autor de dos delitos de abuso sexual. No se modifica la pena de libertad vigilada de diez años ni la prohibición de acercarse a la víctima por un plazo de 18 años. En un segundo auto la Sala acuerda rebajar de cuatro a tres años de prisión la pena de un condenado como autor de un delito de abuso sexual a menor de 16 años. Además se mantiene la pena que se impuso de seis meses de prisión por el delito de abuso sexual en la modalidad de contacto con propuesta de encuentro sexual. Por último un tercer auto el tribunal rebaja de 10 a 9 años de prisión la pena de un condenado como autor de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años.
Mallorca: rebaja de dos años
La Sección Segunda de la Audiencia de Palma ha rebajado de 10 a 8 años la pena de prisión de un hombre condenado por violar a su mujer y quemar su piso con ella dentro. Fue condenado en 2020 a un total de 40 años de cárcel por los delitos de agresión sexual, robo con violencia, otro con fuerza, intento de asesinato, incendio, estafa, quebrantamiento de condena y lesiones. El tribunal le ha rebajado en dos años de cárcel el delito continuado de agresión sexual tras aplicar la ley del sólo sí es sí.
Murcia: 21 nuevas rebajas
Las tres secciones de la Audiencia Provincial de Murcia han actualizado sus datos y han registrado hasta el momento 21 rebajas de condenas de agresores sexuales por la ley del sólo sí es sí. Hasta el momento han tenido 53 peticiones de revisión, concediendo la rebaja a 21 de ellas. Entre estas 21 rebajas se encuentran dos excarcelaciones.
Galicia: rebaja de 6 meses
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha rebajado seis meses la condena impuesta a un hombre condenado por agredir sexualmente a su ex pareja, llegando a intentar de nuevo en otra ocasión. La Audiencia Provincial de Orense le condenó inicialmente a 13 años y medio de cárcel. Ahora el TSJG le rebaja la pena con la aplicación de la ley del sólo sí es sí, quedándose en 13 años de prisión. Le rebaja la pena impuesta por un intento de agresión sexual, mientras que le mantiene la condena por una agresión sexual consumada.
Andalucía: 16 nuevas rebajas
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha actualizado sus datos y suma 16 nuevas rebajas de penas a violadores por la ley del sólo sí es sí. Estas nuevas reducciones se han registrado en Almería (15) y en Granada (1).
Huelva: un excarcelado
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva por el que se revisa y reduce la pena de prisión impuesta a un condenado por delito de agresión sexual, acordando en este sentido su excarcelación (la primera que se produce en la provincia de Huelva), tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/22 de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
En total, en la Audiencia Provincial de Huelva se ha rebajado la pena de prisión en siete casos, incluyendo este caso. El agresor fue condenado por sentencia firme en junio de 2010 como autor de un delito de agresión sexual a una pena de 12 años de cárcel, más otros 3 años y 6 meses por robo e intimidación. Había obligado a su víctima a practicarle una felación sosteniendo una navaja. La revisión realizada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial se atiene a la petición de condena del mínimo exigible, tal y como se recogía en la sentencia firme de 2010, y le ha reducido la pena por tanto a 7 años, ordenando una nueva liquidación de la condena impuesta y el mandamiento de libertad para el reo que debería haber salido de la cárcel en 2025.
Rebaja para el abusador de su hija
La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta ha rebajado en aplicación de la ley del ‘solo sí es sí’ de 11 a 10 años, seis meses y dos días la pena de cárcel impuesta en 2018 a un hombre como autor de un delito continuado de abusos sexuales sobre una hija menor de edad con agravantes de acceso carnal, prevalimiento por parentesco y tener la víctima un escaso desarrollo intelectual o trastorno mental. En su favor se aplicó una atenuante de confesión.
Violación a una niña de 14 años
La Audiencia Provincial de Almería ha rebajado de ocho a seis años de prisión la pena a un hombre que en mayo de 2019 fue condenado por violar a una menor de 14 años en su domicilio.
La Sección Segunda accedió a la revisión de la sentencia por la que el acusado, que contaba con 23 años cuando se cometieron los hechos, fue condenado a la pena mínima que entonces podía imponerse «sin realizar una especial motivación» de tal modo que, tras la reforma de Irene Montero, dicha pena mínima se sitúa en los seis años de prisión.
Murcia: violó a una menor
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU), en sentencia notificada este lunes, ha desestimado el recurso de apelación contra la resolución de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial que condenó a un hombre por agredir a la hija de su pareja sentimental para mantener relaciones sexuales con penetración, a pesar de la negativa de la menor. La Sala modifica la pena impuesta, por aplicación de la prevista en la reforma legal operada por LO 10/2022 -ley del ‘Sólo sí es sí’- más favorable, que queda así fijada en doce años y seis meses de prisión, en lugar de la de 13 años y seis meses impuesta en la sentencia recurrida.
Valencia: 21 nuevos
Las Audiencias Provinciales de Castellón, Valencia y Alicante ha hecho recuento de las sentencias que acarrean rebajas gracias a la ley de ‘sólo sí es sí’ y han informado de que se han aplicado en 69 casos, que suponen un incremento de 21 nuevos en relación con los datos que ya poseía OKDIARIO. En 6 de estos casos esta medida supuso la excarcelación de los presos condenados, aunque uno de estos reos permanece en prisión por otras causas.
Lugo, nueva rebaja
La Audiencia Provincial de Lugo ha rebajado en un año de prisión (de nueve a ocho) la pena impuesta a un acusado de agresión sexual. Fue también condenado por otro un delito de abuso sexual cuya pena se mantiene.
Valencia: 14 nuevas rebajas
El TSJ de la Comunidad Valenciana y las tres Audiencias Provinciales de Castellón , Valencia y Alicante han actualizado sus datos y suman 14 nuevas rebajas de pena que han supuesto también dos dos excarcelaciones, al aplicar la ley del ‘sí es sí’ a violadores y pederastas.
Cataluña: 4 rebajas
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rebajado las penas de cárcel a otros cuatro violadores en aplicación de la doctrina recogida en la Ley del ‘sólo sí es sí’. A un violador en Barberá del Vallés le rebaja de 7 a 5 años, a otro en Vic de 6 a 4, a uno en Cadaqués de 6,5 a 4,5 años y a un triple violador de Molins de Rei, un maroquí que ofrecía un falso trabajo a mujeres para poder agredirlas, le rebaja la pena en un año, de 27 años y 10 meses a 26 años y 10 meses.
La Coruña: rebaja de un año
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de La Coruña ha rebajado en un año la pena de un hombre condenado por un delito de violación. Su pena inicial fue de 9 años de prisión, que ahora pasa a ser a 8 años tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero.
Cádiz: rebaja de dos años
La Audiencia Provincial de Cádiz ha rebajado en dos años la pena de un hombre condenado por un delito de agresión sexual con violencia contra una niña de 7 años en Algeciras. Su pena inicial fue de 12 años y 1 mes de cárcel, que pasa a ser de 10 años y mes tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí.
Castilla y León: 4 nuevas rebajas
En Castilla y León se han registrado cuatro nuevas rebajas de condena de agresores sexuales tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí, según datos aportados por el Tribunal Superior de Justicia de la región. De estas cuatro, dos se han producido en Burgos. Las otras dos se han producido en Palencia. En una de ellas, se ha procedido a la excarcelación del condenado. En este caso se ha rebajado 6 meses la pena del condenado, pasando de 10 años y 6 meses a 10 años de cárcel. «En este caso, dado lo avanzado del cumplimiento, la rebaja de pena ha determinado la excarcelación por cumplimiento del penado», dictamina el juzgado.
Dos del Supremo: Navarra y La Rioja
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rebajado de 16 a 14 años de prisión una condena impuesta a un hombre por los delitos de detención ilegal, agresión sexual, maltrato y amenazas a su ex pareja en Navarra, en aplicación de la nueva regulación que resulta más favorable para él.
El acusado fue condenado por el delito de agresión sexual con acceso carnal, castigado con pena de 6 a 12 años de prisión, con la agravante de parentesco, a 9 años y día de prisión, el mínimo de la mitad superior. Con la nueva ley los hechos encajan en un delito de agresión sexual con acceso carnal, agravado, con lo que la pena a imponer se mueve en una horquilla de 7 a 15 años de prisión. La Sala impone el mínimo previsto en la nueva ley de 7 años de prisión, con el apoyo en este caso del Ministerio Fiscal en su informe.
Por su parte, la sentencia referida a un caso de La Rioja rebaja de 12 a 9 años de prisión la condena impuesta a un hombre que agredió sexualmente a una mujer, tras ponerle un cuchillo en el cuello, en un descampado de la Rioja, al aplicar la nueva normativa que es más beneficiosa. La Sala explica que la legislación reformada establece un arco que oscila entre 7 y 15 años, el mismo máximo que la anterior regulación, pero señala que el suelo, en cambio, es sensiblemente inferior, en parte, “lógica secuela de la unificación de los anteriores abusos con las agresiones sexuales”.
Aunque rebaja la pena por el delito de agresión sexual, la Sala mantiene la pena de 1 año de prisión por un delito de obstrucción a la justicia, por lo que la nueva condena por los dos delitos queda, finalmente, en 10 años de prisión.
Madrid: rebaja de 5 años
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rebajado en cinco años la pena de un hombre condenado por dos delitos continuados de abuso sexual a un menor. Fue condenado a 20 años y dos días de prisión. Con la aplicación de la ley del sólo sí es sí, esta condena se queda en 15 años y un día. El tribunal le rebaja el primero de ellos a seis años y el segundo a nueve años y un día de prisión por ser el autor criminalmente responsable de abusos sexuales cometidos en 2004 a dos menores de 14 años.
Mallorca: un excarcelado
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha ordenado la excarcelación de un condenado por violar a una mujer después de asaltar su casa en Ibiza, tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero.
Ceuta: rebaja de 6 meses
La Audiencia Provincial de Ceuta ha rebajado en 6 meses la pena de un hombre condenado por por un delito continuado de abusos sexuales, con las agravaciones específicas de acceso carnal por introducción de miembros corporales y cometer el hecho con prevalimiento de una relación de superioridad o parentesco. Su condena inicial fue de 11 años de prisión, que ahora se queda en 10 años, 6 meses y 2 días de cárcel tras aplicar la ley del sólo sí es sí de Irene Montero.
Galicia: tres rebajas
En los juzgados de Galicia se han registrado tres nuevas rebajas de condena de agresores sexuales tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero. La Audiencia Provincial de Pontevedra ha procedido a rebajar de 6 a 5 años y medio de prisión la pena de un hombre condenado por abuso sexual por acceso carnal a una menor de 16 años. También ha reducido de 4 a 3 años y 3 meses de cárcel la pena de un hombre condenado por agresión sexual en grado de tentativa.
Por otro lado, la Audiencia Provincial de Orense ha rebajado la pena de un hombre condenado por dos violaciones. Su pena inicial fue de 22 años en total, al ser autor también de dos delitos de robo con intimidación, una pena que pasa a ser de 18 años tras la aplicación de la Ley Montero. Fue condenado en 2008. Con su condena actual, hubiese salido de prisión el 10 de febrero de 2021, por lo que el tribunal ha ordenado su excarcelación. «Resulta obligado decretar la libertad del penado por cumplimiento de la condena, al extinguir la misma en fecha 10/02/2021», señala el auto.
Oviedo: rebaja de 5,5 años
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo ha rebajado cinco años y medio la pena de un hombre condenado por dos delitos de agresión sexual. Fue condenado en 2013 a 21 años y 6 meses de prisión, una pena que pasa a ser de 16 años de cárcel tras aplicar la ley del sólo sí es sí.
Zaragoza: otro excarcelado
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha rebajado en dos años y medio la pena a un hombre condenado por violar a una joven discapacitada. Fue condenado en 2009 a 13 años de prisión por agredir sexualmente a una joven de 25 años, con una discapacidad mental del 65%. Con la aplicación de la ley del sólo sí es sí, su pena se queda en 11 años. El condenado, Salah Eddine Mqadmi, por lo que tendría que ser excarcelado. No obstante, seguirá en prisión al tener otras causas diferentes. No abandonara la prisión hasta 2027, según revela El Heraldo de Aragón.
Madrid: otras 6 rebajas
Los tribunales de Madrid han registrado otras 6 nuevas rebajas de condena de agresores sexuales tras aplicar la ley del sólo sí es sí. Así lo ha notificado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Madrid: otro excarcelado
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rebajado la pena de un hombre condenado por agresión sexual sobre un menor. Su pena inicial fue de 9 años de prisión, que pasa a ser de 7 años y 6 meses de cárcel tras aplicar la ley del sólo sí es sí.
Madrid: rebaja de 3,5 años
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid ha rebajado de ocho a cuatro años y seis meses de prisión la pena de un hombre condenado por dos delitos de agresión sexual, tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí. Esta rebaja supone la puesta en libertad del condenado, pero tendrá que permanecer en prisión hasta abril de 2025 al tener todavía pendiente el cumplimiento de una pena impuesta por otro órgano judicial.
Burgos: 5 nuevas rebajas
Los tribunales de Burgos han actualizado sus datos y han registrado cinco nuevas rebajas de condena de agresores sexuales, tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero. Entre estas nuevas rebajas se ha ordenado la excarcelación de tres violadores. Así lo ha notificado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
La Coruña: 2 rebajas más
La sección segunda de la Audiencia Provincial de La Coruña, en aplicación de la nueva ley, ha rebajado de 8 años y cuatro meses de cárcel a 6 la condena impuesta a un hombre que intentó agredir sexualmente a dos mujeres el día 29 de enero de 2021 en La Coruña. En su momento el hombre fue condenado como autor de dos delitos de agresión sexual, en grado de tentativa, a la pena, por cada uno de ellos, de cuatro años y dos meses de prisión, pues los delitos estaban castigados con pena de prisión de seis a doce años. Al haber sido cometidos en grado de tentativa, según señala la Audiencia, “era procedente la imposición de la pena inferior en grado, estimando la sentencia ajustada la imposición de una pena de cuatro años y dos meses de prisión por cada uno de los delitos”.
La misma sección segunda también ha fijado en 5 años y medio de cárcel, en lugar de en 7, la pena a la que fue condenado un hombre como autor de un delito de agresión sexual cometido en un local social de Narón. El Tribunal explica que para imponerle 7 años de prisión, cuando el marco penal era de 6 a 12 años, “se razonó que no se alcanzaba el punto medio porque la agresión sexual no implicó el desnudo de la víctima (se metieron los dedos por entre la ropa), la violencia no fue excesivamente lesiva ni tuvo el asalto una duración prolongada en el tiempo”.
Andalucía: 43 rebajas de golpe
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha notificado este miércoles 8 de febrero 43 nuevas rebajas de pena en aplicación de la ley del sólo sí es sí de Montero. Con las nuevas rebajas Andalucía llega suma ya 112 beneficiados desde que entró en vigor la nueva Ley. Además, se han notificado seis excarcelaciones en Cádiz y una en Córdoba. El TSJA insiste en que los datos cambian prácticamente a diario por la llegada de nuevas revisiones.
La Coruña: 4 nuevas rebajas
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de La Coruña ha reducido cuatro penas de cuatro hombres condenados por delitos sexuales, tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero. El primero de ellos es un hombre condenado a 9 años de cárcel por abusar de una menor de 14 años en septiembre de 2018 en un descampado. Su pena se queda ahora en 7 años y medio de prisión. El segundo caso es el de un hombre condenado a 9 años de cárcel por tres delitos sexuales (abuso, agresión sexual con penetración y corrupción de menores) cometidos contra la hija de su pareja por aquel entonces. Su condena pasa a ser de 4 años y medio de prisión.
El último caso es el de dos hombres condenados por violación a una mujer en el interior de un coche durante una noche del mes de julio del año 2016 en Santiago de Compostela. La sentencia, que fue ratificada por el Tribunal Supremo, condenó a 9 años de prisión a uno por ser autor de la violación y otros 6 para el otro hombre, al ser cooperador necesario debido a que se encontraba en el interior del coche en el que se cometió la agresión y no hizo nada para evitarla. Con la aplicación de la ley del sólo sí es sí, la condena del primero se queda en 8 años de cárcel y en 4 y medio para segundo.
Rebaja del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo ha rebajado de 8 a 6 años de cárcel la pena de un hombre condenado por abuso sexual a un menor, tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero, por ser más favorable para el reo. El menor, en el momento de los hechos, contaba con 12 años de edad. El agresor contactó con la víctima a través de la red social Instagram y se citó con él en un parque, donde se besaron en los labios y el hombre masturbó y realizó una felación al menor, pidiéndole a continuación que le hiciese una penetración anal, que no llegó a culminarse. El agresor fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid.
Orense: rebaja de medio año
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Orense ha rebajado en año y medio la pena de un hombre condenado por abusar sexual de la hija de su pareja en 2011. La pena fue de 11 años de cárcel por un delito continuado de abusos sexuales, con la atenuante de dilaciones indebidas, y que pasa a ser de 10 años y medio tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Valencia: 9 rebajas nuevas
Las Audiencias Provinciales de la Comunidad valenciana comunicó este martes 7 de febrero 9 nuevas rebajas de penas por la ley del ‘sólo sí es sí’. Además, en el caso de la Audiencia Provincial de Alicante un preso debía ser excarcelado, sin embargo permanecerá en prisión porque cumple varias condenas refundidas por un juzgado de lo penal que impide su puesta en libertad de momento.
Zaragoza: rebaja a un fugado
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha rebajado la pena de un hombre condenado por violar a una joven en el barrio zaragozano de el Arrabal, tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero. Se trata de un agresor que se encuentra fugado desde que fue juzgado en abril de 2021. A pesar de que ha eludido la acción de la Justicia, como el legislador no ha previsto ninguna disposición para impedir que incluso un huido se beneficie de la ley, el tribunal le ha rebajado de 6 a 4 años de prisión la condena impuesta.
Zaragoza: otro excarcelado
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha ordenado la excarcelación de un hombre condenado 12 años por violar a una mujer, tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero. El tribunal le ha rebajado su pena de 12 a 7 años de prisión. A efectos prácticos, el violador ha cumplido casi su condena inicial, debido a que ingresó en prisión en abril de 2011, es decir, 11 años y 10 meses.
El agresor, Jalal Aarabou, cometió el delito en noviembre de 2000 en la capital aragonesa, y no pudo ser juzgado hasta mayo de 2011 debido a que estuvo en paradero desconocido durante 8 años. Hasta en tres ocasiones el juzgado instructor lo dejó en libertad provisional, circunstancia que aprovechó para desaparecer, según revela El Heraldo de Aragón.
Galicia: cinco nuevas rebajas
Los tribunales de Galicia han registrado cinco nuevas rebajas de condena de agresores sexuales tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero. La Audiencia Provincial de Lugo ha rebajado un total de cuatro. La primera es de un hombre condenado a 12 años de cárcel por tres delitos de agresión sexual y dos delitos de violación, uno de ellos intentado. La sentencia pasa a ser de 9 años y 3 meses. El segundo caso es el de un hombre condenado a 6 años de cárcel por violar a una mujer, y que ahora su pena pasa a ser de 4 años. El tribunal ha ordenado su excarcelación. El tercer caso es una rebaja de cinco a cuatro años y medio de cárcel por por un delito continuado de abuso sexual sobre menor de 16 años, con acceso carnal. El último caso es el de la pena de un hombre condenado a 12 años de prisión por violar a su ex pareja. Esta condena pasa a ser ahora de 11 años.
Por otro lado, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de La Coruña ha rebajado de 10 a 9 años de prisión la pena de un hombre condenado por abusar sexualmente de un menor con el que tenía «un fuerte vínculo afectivo, próximo al de abuelo y nieto».
Lérida: rebaja de dos años
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lérida ha rebajado de 7 a 5 años y 4 meses de prisión la pena impuesta a un hombre condenado por violación, tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero.
Baleares: otras 8 nuevas rebajas
Los juzgados de Baleares han notificado otras 8 nuevas rebajas de condena de agresores sexuales, tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. De esta forma, en la región se habrían rebajado ya, hasta ahora, un total de 39 sentencias por delitos sexuales.
Andalucía anuncia otras 6 rebajas
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha notificado durante la tarde del 2 de febrero otras seis rebajas de penas en aplicación de la ley del ‘sólo sí es sí’ con lo que el número de penas rebajadas en esa comunidad autónoma ya asciende a 70 rebajas.
País Vasco: otras 6 rebajas
Los juzgados del País Vasco han reducido 6 nuevas rebajas de agresores sexuales tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra de Irene Montero. La Audiencia Provincial de Álava ha rebajado de 6 a 4 años de prisión la pena de un hombre condenado por agresión sexual. El segundo de ellos es un hombre que ha visto su pena reducida de cinco a cuatro años de cárcel por abuso sexual con penetración a un menor de 16 años. El tercero es un agresor que fue condenado a 12 años de prisión por agresión sexual, pena que se queda en 7 años. El cuarto se trata de un condenado a 4 años y 9 meses de cárcel por agresión sexual, una pena que ahora pasa a ser de 3 años y 6 meses.
El quinto caso es un hombre condenado por abuso sexual con acceso carnal. En su momento fue condenado a 8 años de prisión, pena que pasa a ser de 6 años. El sexto es un hombre condenado a 8 años de cárcel por agresión sexual, una pena que se queda en 7 años tras la aplicación de la Ley Montero.
Navarra: rebaja de dos años
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha rebajado en dos años la pena impuesta a un hombre condenado por violar a su ex pareja en junio de 2020, tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero. El agresor, de nacionalidad ecuatoriana, fue condenado a 9 años y un día de prisión por un delito de agresión sexual con penetración (violación) con la agravante de parentesco. Ahora su pena se queda en 7 años de cárcel.
Málaga: otro excarcelado
La Audiencia Provincial de Málaga ha rebajado de seis años de prisión a tres años y medio la pena de un hombre condenado por violar a su sobrina de 14 años. El tribunal ha ordenado su excarcelación tras rebajar su condena y tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
El agresor fue condenado en marzo de 2015 por la Sección Primera de la Audiencia de Málaga. Su pena fue de seis años de cárcel por un delito de agresión sexual cometido en 2009. El juicio no se celebró hasta cinco años y medio después de de que ocurrieran los hechos. En el auto se recalca que el tribunal tuvo en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas y rebajó en un grado la pena (6 a 12 años) «al no ir el acto criminal acompañado de una violencia reseñable» y haberse consumado «en breve instante ante el temor de ser sorprendido», según revela Diario Sur.
La Coruña: rebaja de 8 meses
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de La Coruña ha rebajado de 13 a 12 años y 4 meses de prisión la pena impuesta a un condenado por violar, junto a otra persona no identificada, a una estudiante de la Universidad de Santiago. El agresor conoció a la víctima en un pub donde se celebraba una fiesta. Ella consumió, sin darse cuenta, sustancias químicas que anularon su voluntad. Su condena ha sido rebajada tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero.
Castilla-La Mancha: 19 rebajas
Los juzgados de Castilla-La Mancha han registrado 19 nuevas rebajas de condena de agresores sexuales, tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero. De estas 19 reducciones, 10 se han registrado en la provincia de Guadalajara, en Toledo, 3 en Ciudad Real y una en Cuenca. En Guadalajara, una de las 10 rebajas ha supuesto la excarcelación del agresor.
Baleares: otras 10 nuevas rebajas
Los juzgados de Baleares han notificado otras 10 nuevas rebajas de condena de agresores sexuales tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero.
Oviedo: otras tres rebajas
La Audiencia Provincial de Oviedo ha anunciado la rebaja de tres penas de tres hombres condenados por agresión sexual tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero. El primero de ellos es el de un hombre que fue condenado a 6 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual a una menor de 16 años. Ahora su condena pasa a ser de 5 años y 6 meses de cárcel.
El segundo caso es el de un hombre condenado por corrupción de menores y abuso sexual a un menor de 13 años. Su pena inicial fue de 16 años de cárcel, que ahora se quedan en 9 años y un día de prisión tras aplicar la Ley Montero.
El tercero es el de un hombre condenado a un total de 31 años y 6 meses de cárcel por dos delitos de agresión sexual con uso de armas. Su condena se queda ahora en 29 años.
Sevilla: rebaja de dos años
La Audiencia de Sevilla ha reducido de ocho años a seis años, ocho meses y tres días, la pena de cárcel impuesta a un varón por un delito de agresión sexual a menor de 16 años en grado de tentativa, con la agravante de reincidencia, en aplicación de la Ley Montero. Con esta, ya son 328 las rebajas que se han llevado a cabo.
Pontevedra: dos nuevas rebajas
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha rebajado la pena de dos condenados por agresión sexual. En el primer caso, ha reducido de 6 a 4 años de prisión la pena impuesto a un hombre que agredió sexualmente a una menor en el exterior de una discoteca de Tuy, en Pontevedra, tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero.
El mismo tribunal ha rebajado la pena de un hombre condenado por un delito de abuso sexual continuado contra la hija de su pareja. Fue condenado a 8 años de cárcel, pena que pasa a ser de 6 años de prisión tras aplicar la Ley Montero, por ser «más favorable para el reo».
Murcia: rebaja de año y medio
El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha rebajado de 9 a 7 años y medio de prisión la pena de un hombre condenado por abusar de una menor y que tuvo acceso carnal con ella. Fue condenado en su momento por la Audiencia Provincial y ahora su condena ha sido rebajada por el TSJRM tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Guipúzcoa: rebaja de 2 años
La Sección Tercera de la Audiencia de Guipúzcoa ha rebajado en dos años la pena de un hombre condenado por violar a una menor de 16 años durante las fiestas de San Pelayo de 2017 en Zarauz. El joven fue condenado en enero de 2021 a seis años de prisión, una pena que pasa a ser ahora de cuatro años de cárcel tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Andalucía: 40 nuevas rebajas
Los tribunales andaluces han actualizado sus datos y han notificado 43 nuevas rebajas de pena a delincuentes sexuales por la aplicación de la ley del ‘solo sí es sí’. En Andalucía se han revisado más de 200 sentencias y decenas se están estudiando El número de beneficiados por tanto ha ascendido de golpe a 322.
Huelva: 3 rebajas
La Audiencia Provincial de Huelva ha rebajado, a fecha del 26 de enero, 3 condenas de las penas impuestas conforme a la legislación derogada por la ley del ‘Solo sí es sí’ de un total de 60 revisadas de oficio. Según el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), tras revisar estas 60 sentencias, en la mayor parte de ellas no se cumplían los requisitos, por lo que finalmente se han revisado de forma profunda 13, rebajándose en tres de ellas.
Vitoria: Dos argelinos libres
La Audiencia Provincial de Álava acaba de rebajar la condena de cuatro años de prisión a dos hermanos, inmigrantes argelinos, que agredieron a una prostituta y recibieron una condena de cuatro años de cárcel el 6 de mayo de 2021. Ahora tras la revisión de la pena solicitada por su abogado la han visto reducida a 2 años y 7 meses de cárcel, quedando por tanto en libertad al haber estado en prisión preventiva mucho antes de mayo de 2021.
León: dos nuevas rebajas
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León ha rebajado de 6 a 4 años de cárcel a un agresor sexual que cumpliría el total de su pena, accesorias incluidas, en 2028, ya que aunque salió en libertad en noviembre de 2022 todavía cumplía pena de libertad vigilada durante otros 6 años. De esta manera, se le reduce la pena a cuatro años y por tanto esa libertad vigilada será por el mismo período.
La otra condena que ha rebajado ha sido la de un hombre condenado por tentativa de violación. Su pena inicial fue de cuatro años de cárcel, que ahora pasa a ser de tres años, dos meses y dos días de prisión tras aplicar la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero. El agresor fue condenado por asaltar a una joven el 17 de julio de 2018 cuando entraba al portal de su vivienda y tratar de violarla bajo amenazas.
País Vasco: dos excarcelaciones
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha notificado el 27 de enero de 2023 la revisión de ocho nuevas condenas por la ley del ‘sólo sí es sí’. Las rebajas vienen en siete autos y entre ellas destacan la revisión a dos condenados por una violación a la misma víctima que cumplían 12 años de prisión, pero por la nueva ley se quedan rebajados a 9 y por tanto son puestos en libertad.
Almería: rebaja de 4 meses
El tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha rebajado la pena de 7 años de prisión a un hombre por abusos sexuales continuados sobre una menor a 6 años y 8 meses en aplicación de la Ley Montero. El Tribunal considera como atenuante la reparación económica del acusado al indemnizar con 30.000 euros a su víctima.
Palma: rebaja de un año
La Audiencia Provincial de Palma ha rebajado 15 meses la pena de un hombre condenado por violar a su hermanastra entre 1997 y 2004, cuando ella era menor. El agresor fue condenado en 2016 por el mismo tribunal a un total de 14 años de prisión, una pena que ahora se queda en 13 años y 9 meses de prisión tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra de Irene Montero.
El condenado agredió sexualmente durante años a su hermanastra en domicilios familiares ubicados en Palma y Marratxí, cuando la víctima tenía entre 5 y 12 años, según revela Diario de Mallorca.
Rebaja del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo ha rebajado las penas de prisión de tres hombres condenados por una violación grupal a una mujer con discapacidad psíquica que tuvo lugar en 2019 en un parque de Orcoyen, Navarra.
La Audiencia Provincial de Navarra condenó a 17 años de prisión a dos de ellos como autores cada uno de un delito de agresión sexual (9 años) y como cooperadores del delito de agresión sexual cometido por el otro (8 años por cada uno). Además, condenó al que había mantenido una relación consentida con la víctima a 16 años de prisión como cooperador necesario de los dos delitos de agresión sexual cometidos por los otros dos (8 años por cada uno de ellos.
El Supremo, con la aplicación de la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero, ha rebajado de 8 a a 4 años las penas de cárcel que se les impuso como cooperadores de dichas agresiones. Las penas de dos de los agresores pasan de 17 a 13 años de prisión; mientras que el tercero pasa de 16 a 8 años.
Zamora: rebaja de 4 años
La Audiencia Provincial de Zamora ha rebajado en 4 años la pena de un hombre condenado por robar y violar a una persona mayor. El agresor se coló en una casa de Almeida de Sayago (Zamora) para cometer los delitos sexuales. Fue condenado a 13 años de cárcel, una pena que se queda ahora en 9 años y 7 meses de prisión tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero.
Pontevedra: 2 nuevas rebajas
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, en aplicación de la nueva ley, ha rebajado de diez a nueve años de cárcel la pena impuesta a un condenado por abusar sexualmente de la hija de su pareja. El tribunal explica en el auto que, en su momento, teniendo en cuenta las circunstancias para la individualización de la pena, entre ellas la atenuante de confesión, se optó por la imposición de la mínima prevista en su mitad superior. Ese mínimo, tras la entrada en vigor de la LO 10/22, según los magistrados, es de nueve años, por lo que han acordado la revisión de la condena.
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense también ha rebajado a siete años y medio de cárcel la condena de ocho años y medio de prisión impuesta a un hombre por agredir sexualmente a una mujer en el baño de un pub. El tribunal explica que en su momento al acusado se le impuso la pena en su mitad inferior, esto es, de 6 a 9 años de prisión. Con la nueva redacción, la pena en la mitad inferior es de 4 a 8 años de prisión, por lo que entiende que “se hace necesario revisar la sentencia, considerando la nueva norma más beneficiosa para el reo”. Contra ambos autos cabe presentar recurso.
La Coruña: rebaja de 6 meses
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de La Coruña ha rebajado en 6 meses la pena de un hombre condenado por abusar sexualmente y de forma continuada de su hija de menor de edad. Fue condenado a 11 años de prisión y, con la aplicación de la ley del sólo sí es sí, esta sentencia se queda en 10 años y 6 meses de cárcel. El tribunal asegura que aplica esta reducción porque, en la actualidad, el marco punitivo de la conducta del condenado es «ligeramente más beneficioso», en alusión a la nueva normativa impulsada por la ministra de Igualdad, Irene Montero.
La Coruña: 5 rebajas más
La sección primera de la Audiencia Provincial de La Coruña ha acordado, en aplicación de la nueva ley, revisar las penas impuestas a cinco condenados por delitos sexuales y ha denegado la revisión a otros siete condenados. En uno de los casos, los magistrados han fijado en 13 años de cárcel, en lugar de en 14 años y tres meses de prisión, la condena a un autor de un delito continuado de agresión sexual. En dos de los procedimientos, ha decretado imponer cuatro años de cárcel, en lugar de los seis a los que habían sido sentenciados dos autores de un delito de agresión sexual.
El tribunal también ha decretado que ha lugar a la revisión de la pena de tres años de prisión impuesta por un delito intentado de agresión sexual -la mínima legalmente posible en aquel momento- y le ha impuesto a un condenado, en su lugar, dos años de cárcel. La Audiencia Provincial de La Coruña también ha rebajado de diez a nueve años de prisión la pena impuesta a un condenado por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años.
Oviedo: otro excarcelado
La Audiencia Provincial de Oviedo ha ordenado la excarcelación de un hombre condenado por agresión sexual. Fue condenado en 2006 a 18 años de prisión por dos violaciones, un intento de violación y otro delito por tentativa de violación. Todo ello a la misma mujer. Con la aplicación de la ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, su condena se queda en 13 años y 7 meses de cárcel. Su condena inicial finalizaba el 15 de septiembre de este mismo año, pero con la reducción de la misma el tribunal ha ordenado su excarcelación, al haber cumplido de sobra su estancia en prisión.
Lérida: 5 rebajas y 1 excarcelado
La Audiencia Provincial de Lérida ha informado de cinco rebajas de penas a otros tantos presos por abusos y agresiones sexuales. A dos hombres condenados a 12 años por una agresión sexual conjunta la deja en 11 años. Un agresor sexual condenado a 5 años en 2020 deja su pena en 3 años y seis meses. A otro violador que se le aplicó el mínimo legal de 12 años ahora se le rebajan cinco de golpe y su condena se queda en 7 años, el mínimo legal según la nueva ley del ‘sí es sí’ y la Audiencia decreta su excarcelación por haber cumplido su pena. Otro agresor de una menor condenado a 10 años por delito continuado de abusos sexuales ve rebajada su pena a 9 años.
El excarcelado es un hombre condenado en 2010 por dos delitos de agresión sexual en grado de tentativa y por robo con violencia a 15 años de prisión. En una interlocutoria, el tribunal acuerda de esta manera la «inmediata excarcelación» del penado, tras calcular de nuevo la condena, ya que está cumplida en su totalidad.
Asturias: excarcelado y expulsado del país
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo ha notificado este lunes un auto por el que ordena la excarcelación del condenado por agresión sexual, cuyas iniciales son M. B., del centro penitenciario Monterroso en donde cumplía condena y se acuerda asimismo su expulsión de España por 10 años.
El acusado había sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias en 2018 y ratificada por el Tribunal Supremo en 2019 por un delito de agresión sexual mediante acceso carnal, a la pena de 7 años de prisión y como autor de un delito leve de lesiones, a la pena de dos meses de multa con una cuota diaria de 2 euros. Ahora se ha aprobado la nueva liquidación de la condena a 6 años, por lo que se extinguirá el 23 de enero de 2023. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias procede acordar la sustitución de la medida de libertad vigilada que se le impuso en sentencia por la expulsión del territorio nacional por tiempo de diez años.
Rebaja de 2,5 años tras violar a sus hijas
La sección 1 de la Audiencia Provincial de Zamora rebaja una pena de violación continuada de un padre sobre sus dos hijas de 13 años y 7 meses a 11 años y 2 meses. Lo hace en aplicación de la ley del ‘sólo sí es sí’ ya que la pena actual se estima de 11 a 15 años de prisión. Una de las niñas presentaba una discapacidad del 52 por ciento.
Zamora: Agredió a 2 mujeres
La Audiencia Provincial de Zamora acaba de rebajar dos condenas a un hombre por una agresión sexual y otra en tentativa. Por la primera había sido condenado a 8 años y por la segunda a 4 años. La primera queda ahora en 6 años y ocho meses y la segunda en 2 años y ocho meses. En total, pasa de 12 años a 9 años y cuatro meses.
Pontevedra: violaba a las dos hijas
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha rebajado en dos meses de cárcel la condena de 14 años y medio de prisión impuesta a un condenado por un delito de violación. El sospechoso también había sido sentenciado en el mismo fallo a siete años de cárcel por cometer un delito de agresión sexual, pero el tribunal ha rechazado revisar la pena porque, en este caso, la nueva ley no es más favorable al reo. El hombre, natural de Sierra Leona violaba continuadamente a sus dos hijas menores de edad durante años amenazándolas con enviarlas de vuelta a África. En total el violador tiene tres condenas por 23 años y un mes.
Valencia notifica otras 16 nuevas
El Tribunal Superior de Justicia de la comunidad valenciana ha notificado hoy que ya ha rebajado 33 condenas de agresiones sexuales por la ley del ‘sólo sí es sí’ lo que hace aumentar en 16 las que OKDIARIO tenía ya contabilizadas.
Madrid: 42 revisiones en total
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha comunicado este viernes que en total se han rebajado ya 41 sentencias en la Audiencia Provincial de Madrid por la Ley del ‘sólo sí es sí’ y además 1 más por el propio TSJM, la primera dentro de esta comunidad. Estas nuevas rebajas se suman a la veintena ya recogidas por OKDIARIO desde hace meses. El TSJM también explica que la Audiencia Provincial ha revisado de oficio 466 causas, 218 de ellas de oficio y 148 de parte.
En el caso de la revisión del TSJM se rebaja la pena de nueve a siete años y seis meses de prisión. F.J.R.Z. fue condenado a nueve años de prisión por la Audiencia Provincial de Madrid como responsable en concepto de autor de un delito de abuso sexual sobre una menor de 16 años, a la que con la “finalidad de satisfacer sus instintos sexuales, la tumbó sobre la cama e introdujo su pene en la vagina y el ano”, según se recoge en la sentencia de primera instancia. Ahora los jueces del Tribunal Superior explican que “es preciso acudir a una imposición menor de la pena que hubiera correspondido con el texto legal anterior al de la Ley Orgánica 10/2022, habida cuenta de que la condena a imponer antes de esta reforma en los casos de acceso carnal sin una agravante específica se situaba en el arco de ocho a doce años de prisión y ahora se ha rebajado a una horquilla de entre seis y doce años de cárcel. Ello lleva –aclaran los jueces-, a que la mitad inferior de la pena antes se situase entre los ocho a diez años de privación de libertad, y ahora lo sea entre los seis años y los nueve meses”.
Las Palmas: otro excarcelado
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha ordenado la excarcelación de un preso condenado a 12 años de prisión por agresión sexual con la atenuante de drogadicción. Con la aplicación de la ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero, su pena pasa a ser de 7 años de cárcel y el tribunal ha ordenado su puesta en libertad.
El hombre fue condenado en febrero de 2011 a 12 años de cárcel por un delito de agresión sexual, a tres por un delito de lesiones y a un año por un delito de atentado a agente de la autoridad (que el Tribunal Supremo rebajó a seis meses).
Las Palmas: Rebaja 200
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha notificado este viernes 20 de enero un auto de la Audiencia Provincial de Las Palmas que significaría el preso número 200 que obtiene una rebaja de condena gracias a la Ley del ‘sólo sí es sí’. El auto de revisión se emitió el 9 de diciembre de 2022 y rebajaba la pena de cinco años de prisión a un hombre por abuso sexual cometido sobre una menor de 16 años, dejándola en cuatro años y medio. Como la condena fue dictada el 11 de diciembre de 2020, el hombre no saldrá de la cárcel hasta mediados de 2025.
Oviedo: rebaja de un año
La Audiencia Provincial de Oviedo ha rebajado en un año la pena de un condenado por violación tras la aplicación de la ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. Fue condenado a 9 años de cárcel, que ahora pasa a ser de 8 años de prisión.
Canarias: 3 nuevas rebajas
Tres nuevas resoluciones de la Sección Segunda de la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ha revisado otras tantas condenas al amparo de la LO 10/22, conocida como ley del ‘sólo sí es sí’. Estas tres se suman a otras cuatro ya dictadas en diciembre, lo que significa que en Canarias se han rebajado un total de siete condenas al amparo de la citada norma. Estas tres rebajas se han dictado en contra del informe fiscal.
En el primer caso el hombre está condenado por agresión sexual a menor de 16 años a una pena de 13 años, seis meses y un día. Con la revisión se queda en 12 años y seis meses. En el segundo, el hombre fue condenado el 4 de febrero de 2020 a tres años y nueve meses por tentativa de agresión sexual. Ahora se deja en 3 años por lo que su excarcelación es inminente. El tercer y último caso se refiere a una condena por agresión sexual a menor de 16 años a 10 años y un día dictada el 21 de enero de 2020. Se queda en nueve años.
Zamora: otro excarcelado
La Audiencia Provincial de Zamora ha rebajado la pena de un hombre condenado por agredir sexualmente a una mujer de 80 años. Fue condenado a 13 años de prisión, una pena que se queda en 9 años y 5 meses de cárcel tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero. Con esta rebaja, su periodo en prisión debería haber concluido en mayo de 2021, por lo que el tribunal ha ordenado su inmediata excarcelación.
Los hechos ocurrieron en 2011, cuando el agresor abordó a la víctima mientras paseaba por la carretera que une las localidades zamoranas de Villalpando y Villamayor de Campos. Su condenaba en prisión finalizaba en octubre de 2024, pero con la rebaja de su pena, debería haber concluido en mayo de 2021. El condenado fue detenido en su día gracias a la colaboración ciudadana y a la utilización de «técnicas avanzadas de análisis informático», según revela La Opinión de Zamora.
Oviedo: Dos rebajas más
La Audiencia Provincial de Asturias ha rebajado la pena a otros dos hombres condenados por delitos de agresión sexual tras revisar su condena en aplicación de la ley del «solo sí es sí».
Uno de los acusados ha visto rebajada su condena de trece a nueve años y ocho meses de prisión por un delito de violación agravado, mientras que el otro acusado ha visto rebajada la condena de tres a dos años y medio por un delito intentado de agresión sexual a menor de 16 años. La Sección Segunda ha revisado las dos sentencias dictadas el 31 de octubre de 2005 y el 30 de junio de 2020, respectivamente..
Zaragoza: violaba a su sobrina
Edgar P. O., de 56 años, ha logrado rebajar su condena de 18 años y medio de cárcel a 17 años y medio. El condenado abusaba sexualmente de su sobrina desde que tenía 8 años hasta que cumplió los 14. El agresor abusó de ella hasta los 12 años y a partir de esas edad comenzó a violarla. Por todo ello la Sección Primera de la Audiencia Provincial le impuso una condena de 20 años y medio de cárcel. El Tribunal Supremo le rebajó la pena en 2016 a 18 años y medio y ahora gracias a la Ley Montero se queda en 17 años y medio.
El calvario de la niña comenzó en 2007 o 2008, cuando solo tenía 8 años, y hasta que cumplió los 14 no perdió el miedo y denunció los hechos a su padre que acudió a la Guardia Civil.
Gerona: la quinta rebaja en Cataluña
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rebajado en dos años la pena de un hombre condenado por agresión sexual. Fue condenado en mayo de 2022 por la Audiencia Provincial de Gerona a 6 años y medio de cárcel. Con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero, esta condena se queda en 4 años y medio de prisión.
Los hechos ocurrieron en abril de 2019, cuando él tenía 19 años y la víctima, 18. Fue a la salida de una discoteca de Castillo de Aro (Gerona). Los dos, que eran amigos, compartieron un un taxi para ir a dormir a casa de él, y allí él se fue hacia la habitación donde dormía la chica y la agredió sexualmente.
La primera sentencia también le había condenado por otro intento de agresión sexual a la misma joven, pero ahora la del TSJC lo absuelve de este intento de delito porque, como pasó en el mismo lugar y en un espacio de tiempo corto, el tribunal lo considera el mismo hecho. En total cinco presos han rebajado sus condenas hasta el momento en Cataluña.
Zamora: rebaja de dos años
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zamora ha rebajado en dos años la pena impuesta a un hombre condenado por un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años. Fue condenado a 12 años de prisión, una pena que se queda en 10 años de cárcel tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero.
Cádiz: rebaja de un año
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado en un año la pena impuesta a un hombre condenado por un delito de abuso sexual cometido sobre su sobrina-nieta de menor edad, en un pueblo de Cádiz. La condena pasa de 10 años de cárcel a 9 años y un día tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, al ser más favorable para él.
El tribunal le condenó por un delito de abuso sexual sobre menor de 13 años y le impuso diez años de cárcel, la prohibición de comunicarse y aproximarse durante once años a menos de 200 metros de la víctima, cinco años de libertad vigilada que se ejecutarán con posterioridad a la pena de prisión y el pago de una indemnización de 15.000 euros, pronunciamientos que, con la excepción de la pena de prisión, son confirmados ahora por el TSJA.
Baleares: rebaja de dos años
La Sección Segunda de la Audiencia de Palma ha rebajado en dos años la pena de un hombre condenado por dos delitos de agresión sexual. Se trata de un ciudadano rumano, de 31 años de edad, que fue condenado a 20 años de prisión, y que ahora su pena pasa a ser de 18 años de cárcel tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
El tribunal le condenó por violar a dos prostitutas en la Porta de Sant Antoni en Palma y por la tentativa de agresión sexual a otras dos mujeres. En total, su pena se queda ahora en 18 años, por las dos agresiones sexuales consumadas y dos por otros tantos intentos de forzar a las víctimas.
Cáceres: Rebaja de 12 a 9 años
La Audiencia provincial de Cáceres ha dictado un auto por el que acuerda que ha lugar a la revisión de la pena impuesta a un condenado a 27 años de prisión por dos delitos de agresión sexual y otro de detención ilegal. En esta causa, y en aplicación al principio constitucional de retroactividad de la ley penal más favorable al reo, se ha acordado la rebaja de 12 a 9 años de prisión en el segundo de los delitos de agresión sexual conforme a la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX).
Abusos a una menor de edad
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado una sentencia en la que «rebaja de diez años a nueve años y un día de cárcel» la pena impuesta a un hombre por un delito de abuso sexual cometido sobre la hija menor de edad de su pareja sentimental en Córdoba capital «al aplicar la nueva ley por ser más favorable para él».
Violación a una persona con discapacidad
La Audiencia Provincial de Zamora acaba de rebajar la pena de prisión de 13 años y 8 meses a 11 años y seis meses al violador de una persona de 26 años, con discapacidad física y psíquica, en Zamora en 2019, mientras el Gobierno de España sigue atacando al ejecutivo regional de Alfonso Fernández Mañueco en Castilla y León . El violador, con antecedentes penales, amenazó al joven con una navaja: «O vienes o te rajo».
Baleares: 16 nuevas rebajas
Los juzgados de Baleares han revisado otras 16 condenas por agresión sexual a la baja tras aplicar la Ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero. Así lo ha notificado la Fiscalía de Baleares. De esta forma, en la región se habrían reducido en la región un total de 18 sentencias por delitos sexuales.
Rebaja del Supremo
El Tribunal Supremo ha rebajado en un año la pena de un hombre condenado por agredir sexualmente a su sobrina de 8 años en la Línea de la Concepción (Cádiz). El hombre fue condenado a 13 años y medio de cárcel, pena que pasa a ser de 12 años y medio tras aplicar la Ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero.
Los hechos ocurrieron entre enero de 2018 y febrero de 2019. Fue condenado en su momento por la Audiencia Provincial de Cádiz, sentencia que fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. En su auto, el Tribunal Supremo explica que antes de la reforma la pena se situaba en el marco de 12 a 15 años y que ahora se ha rebajado al arco de entre 10 y 15 años.
Valladolid: rebaja de un año
La Audiencia de Valladolid ha rebajado en un año la pena de un hombre condenado por abusar sexualmente de un menor de 14 años. Tiene una condena global de 23 años por ser autor de un un delito de obtención de material pornográfico, otro de abuso sexual con acceso carnal y un tercero de abuso sexual, en los tres casos con la agravante de haber sido cometidos sobre un menor de 16 años. El tribunal le rebaja pena por abuso sexual, que fue de cinco años y medio de prisión, y pasa a ser ahora de cuatro años y medio tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí.
El condenado reconoció los abusos sexuales al menos y de, además, obtener material pornográfico que éste le mandó con su teléfono móvil en el que mostraba sus genitales. El hombre conoció en 2017 a su víctima cuando ambos jugaban por la calle al juego Pokemón, de forma que intercambiaron sus números de teléfono móvil y comenzaron a mantener conversaciones por whatsapp.
El asesino de Lardero rebaja 2 años
La Audiencia Provincial de La Rioja ha reducido en dos años la condena a Francisco Javier Almeida por el conocido como «el crimen de la inmobiliaria», la violación y asesinato a una mujer en Logroño en 1998. Así consta en un reciente auto de la Audiencia riojana, que rebaja ahora a 8 años de cárcel la pena que le fue impuesta a Almeida en una sentencia del año 2000.
21 más en el País Vasco
El presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Iñaki Subijana, anunció el 12 de enero que las Audiencias Provinciales de Álava y Vizcaya han revisado hasta el momento 95 procedimientos de revisión de condena en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de Libertad Sexual, de los que 28 casos han concluido con la revisión de las penas a la baja. Esto supone un aumento de 21 revisiones más de las conocidas hasta el momento y que han sido anunciadas por Subijana. En concreto Álava ha informado favorablemente a la rebaja en 10 casos y Vizcaya en otras 18 ocasiones.
Orense: rebaja de un año
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Orense ha rebajado en un año la pena de un hombre condenado por abusar de forma continuada de una menor de 11 años. Su condena fue de 13 años y 8 meses de prisión, que ahora queda se quedaría en 12 años y 8 meses de prisión tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí. «La entrada en vigor de la nueva ley hace necesario revisar aquellas sentencias firmes en que, como consecuencia de dicha reforma, la pena pudiera resultar ahora más beneficiosa para el reo», ha señalado el tribunal en un auto.
Oviedo: Próxima excarcelación
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo, en Asturias, ha emitido un nuevo auto judicial en el que se rebaja la pena a otro agresor sexual tras la reciente entrada en vigor de la nueva ley de libertad sexual, conocida popularmente como la de ‘solo sí es sí’. En este caso, un violador que fue condenado a siete años de prisión y que lleva cumplidos más de cinco años de prisión ha visto reducida la pena a seis años de cárcel.
Si bien la representación legal del reo pedía que se le pusiera en libertad de forma inmediata, al aspirar a que la reducción de la pena fuera aún mayor, el auto de la Audiencia se limita a establecer que la resolución se remita al centro penitenciario en el que se encuentra para que se practiquen nuevas liquidaciones de condena.
Cantabria: dos nuevas rebajas
La Audiencia Provincial de Cantabria ha rebajado dos condenas contra dos acusados porque, en su día impuso la pena mínima legalmente procedente entonces y con la nueva legislación ese límite inferior ha bajado.
En un caso, se trata de una condena de ocho años de prisión impuesta en julio de 2019 a un hombre por abusar sexualmente de un chico de catorce años al que hizo una felación y obligó a realizar la misma práctica. La pena de ocho años pasa a seis años, ya que de mantenerse la pena impuesta ahora se encontraría en el punto intermedio de la mitad inferior de la pena.
En el segundo caso, se ha revisado una condena de seis años de prisión por un delito de agresión sexual, que ahora pasa a cuatro años de cárcel. El condenado lo fue en marzo de 2018 por agredir sexualmente a una mujer a la que penetró y obligó a realizarle una felación. En su momento se le impuso la pena mínima legalmente posible por lo que ahora, siguiendo con el criterio de la sentencia dictada, la pena mínima es de cuatro años de prisión.
Oviedo: dos años de rebaja
La Audiencia Provincial de Oviedo ha rebajado en dos años y medio la condena de un hombre condenado por agresión sexual. Fue condenado en diciembre de 2019 a seis años y seis meses de prisión, y ahora su pena pasa a ser de cuatro años de cárcel, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero. Será excarcelado en un plazo breve de tiempo. Fue condenado como responsable de un delito de agresión sexual en concurso medial con un delito de amenazas y un delito de detención ilegal, además de como autor de un delito de quebrantamiento de condena.
Valladolid: Un violador múltiple
La Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Valladolid ha estimado la petición de la Fiscalía y ha resuelto rebajar en dos años la condena impuesta a un agresor sexual múltiple en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual, conocida como Ley del sólo sí es sí.
El acusado, de origen ecuatoriano y conocido como el violador del portal, fue juzgado en 2008 y condenado a un total de 22 años de cárcel por dos violaciones a diferentes mujeres. La sentencia fue confirmada por el Tribunal Supremo en 2010. Ahora, en aplicación de la Ley Montero, la Audiencia rebaja una pena de seis años por violación en grado de tentativa a 4 años, por lo que el total de las penas se queda en 20 años de cárcel.
Alicante: un militar bielorruso
La Audiencia Provincial de Alicante ha rebajado la condena de un hombre que intentó violar a su mujer delante de su hija. Se trata de un militar bielorruso afincado en la provincia de Alicante que huyó de España tras la sentencia y que está declarado en rebeldía. La Audiencia reclamó a las autoridades de Bielorrusia la entrega a España para que pudiera cumplir su condena. El condenado no ha llegado a pisar la cárcel. A pesar de ello, el tribunal le ha rebajado su condena, pasando de cuatro años y seis meses de cárcel a tres años, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por la ministra Irene Montero.
Los hechos ocurrieron en 2018, en la vivienda donde el agresor vivía con su esposa y sus dos hijas mayores de edad. La Audiencia Provincial de Alicante consideró probado que el 22 de abril de aquel año el acusado «agarró a su esposa por la fuerza para llevársela a una de las habitaciones de la casa para obligarla a tener relaciones por la fuerza». La víctima comenzó a gritar para pedir ayuda, al encontrarse una de sus hijas en ese momento en la vivienda. La hija pudo ver cómo su padre arrastró a su madre para encerrarse con ella en una habitación. La hija logró conseguir la puerta con un cuchillo, en el momento en el que su padre trató de forzar sexualmente a su madre. El condenado finalmente desistió tras los reproches de su hija y se marchó de la casa.
El Supremo rebaja una condena
El Tribunal Supremo ha rebajado la pena a un hombre condenado por los delitos de corrupción de menores, elaboración de pornografía infantil y delito continuado de abuso sexual, con la atenuante de reparación del daño. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) le condenó a 21 años y 11 meses de prisión, sentencia que confirmaba a su vez la que dictó en su momento la Audiencia Provincial de Lérida. El Supremo le rebaja ahora la condena y se queda en 18 años y 5 meses de cárcel, tras aplicarle la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Bilbao: de 4 a 3 años
La Audiencia Provincial de Vizcaya acaba de rebajar la pena de prisión de abuso sexual a una menor de 16 años con acceso carnal de 4 a 3 años de prisión a un hombre que cumple condena en Vizcaya. El preso fue condenado en octubre de 2019 y no saldrá de prisión de momento porque cumple otra pena de 2 años por abuso sexual continuado a la misma víctima y en total le queda ahora una pena de 5 años sumando ambos delitos. Tanto Fiscalía como acusación particular se opusieron a esta rebaja, pero ante la petición de la defensa del condenado el Tribunal ha debido rebajar la pena.
Aragón: dos rebajas más
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha reducido la pena de dos hombres condenados por agresión sexual. El primero de ellos es un hombre que fue condenado a 14 años de prisión por un delito de agresión sexual y otro de lesiones, tras dejar moribunda a una prostituta. Los hechos ocurrieron en agosto de 2020. La víctima falleció meses después. Tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, su condena se queda ahora en 10 años y tres meses de prisión.
El mismo tribunal ha rebajado la pena de un hombre condenado por abusar sexualmente de la hija de su cuñado, de 13 años de edad. Los hechos ocurrieron en verano de 2019. Fue condenado a 13 años de prisión, y con la actual normativa esta pena pasa a ser de 9 años y 9 meses de cárcel.
Galicia: rebaja de un año
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha rebajado en un año la pena impuesta a un hombre que fue condenado por violar a una mujer, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. El tribunal reduce la condena «por ministerio de la ley» que le impuso en su momento la Audiencia Provincial de La Coruña, pasando de 10 a 9 años de cárcel. Se trata de un taxista que agredió sexualmente en Santiago de Compostela a una clienta de 19 años tras desviarse de la ruta inicial y aprovecharse de que la víctima se había quedado dormida.
Burgos: otro excarcelado
La Audiencia Provincial de Burgos ha rebajado la condena de un hombre condenado por agresión sexual de 4 años y 6 meses de prisión a 3 años de cárcel. El hombre queda en libertad, puesto que ya cumplió los 3 años de prisión el pasado mes de noviembre. Los hechos ocurrieron en octubre de 2019, cuando el condenado protagonizó una agresión sexual en Medina de Pomar (Burgos), durante las fiestas patronales de la Virgen del Rosario. El auto mantiene la prohibición de que el agresor pueda acercarse a menos de 300 metros del domicilio, lugar de trabajo o cualquiera de los que suela frecuentar la víctima durante 10 años. Tampoco podrá comunicarse durante ese tiempo con la agredida por medios escritos, orales o electrónicos.
Oviedo: dos nuevas rebajas
La Audiencia Provincial de Oviedo ha rebaja la pena de dos hombres condenados por agresión sexual: de 12 a 10 años de prisión al primero y de 9 a 8 años de cárcel al segundo. El tribunal ha aplicado la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, al ser más favorable al reo.
Rebaja de un año en Asturias
La Audiencia Provincial de Asturias ha rebajado de 13 años y 6 meses de prisión a 12 años y medio la pena impuesta a un hombre condenado por un delito continuado de agresión sexual a un menor al aplicar la Ley Montero.
A través de un auto, los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia han acordado revisar la condena tras la entrada en vigor de la conocida como la ley del «Sólo sí es sí” en contra del criterio de la Fiscalía y la acusación particular que habían mostrado su oposición.
El Tribunal ha fijado para el condenado una pena de 12 años, 6 meses y un día de prisión, la prohibición de aproximación y comunicación a la víctima durante 15 años y ha inhabilitado al acusado para cualquier profesión, oficio o actividades que conlleve contacto con menores de edad durante cinco años.
Primera rebaja en La Rioja
El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha rebajado la condena de 7 a 4 años a un agresor sexual en virtud de la ley del ‘solo sí es sí’ impulsado por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero. La Rioja era la única Comunidad Autónoma donde hasta el momento no se había reducido ninguna pena. En las 54 sentencias revisadas hasta este momento, la condena había permanecido intacta. Pero el pasado viernes 23 de diciembre admitió parcialmente el recurso interpuesto por un condenado el pasado mes de junio a una pena de 7 años por un delito de agresión sexual con penetración.
Orense: de 8 a 6 años
La Audiencia Provincial de Ourense, tras la reforma operada por la LO 10/2022, ha rebajado la pena a un condenado por un delito de agresión sexual de ocho años a seis años y ocho meses de prisión. Además, la prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima la ha fijado en siete años y ocho meses, en lugar de en nueve. Los magistrados indican que, en este caso, “la pena a imponer si hoy mediara un nuevo enjuiciamiento sería la de seis años y ocho meses de prisión”, por lo que han accedido a la revisión de la sentencia dictada en junio de 2018. El auto es recurrible, por lo que la Audiencia ha decretado que una vez que sea firme, se practique una nueva liquidación de condena con arreglo a los términos de la nueva, pues el preso se encuentra cumpliendo la pena impuesta de privación de libertad.
Níjar: de 12 a 10 años de prisión
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de 12 a 10 años de prisión la condena a un hombre condenado por agredir sexualmente a una menor de 16 años en Níjar (Almería).
Según ha informado el Alto Tribunal, los hechos ocurrieron el 11 de abril de 2019 cuando el condenado se encontró a la joven, que entonces tenía 15 años, en una calle de Campohermoso (Almería) y la convenció para que subiera a su coche diciéndole que la iba a llevar a su casa. La menor, en principio, se negó pero finalmente accedió al ser una persona a la que conocía de la localidad. El condenado la situó en la parte de atrás del coche y la trasladó a un descampado a las afueras de Campohermoso, donde una vez allí, se situó junto a ella y la agredió sexualmente «haciendo ademán de agredirla» ante su resistencia.
Castellón: de 6 a 3 años y medio
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha dictado un auto por el que revisa la condena impuesta al autor de una agresión sexual cometido contra una menor de edad y la rebaja de seis a tres años y medio de prisión. En este caso concreto, la Sección Primera de la Audiencia castellonense impuso en mayo de 2020 seis años de cárcel a un hombre por haber agredido sexualmente, en enero del año anterior, a una chica de 17 años. La Sala le consideró autor del delito, aunque apreció la atenuante de reparación del daño como muy cualificada por el pago anticipado de una indemnización a favor de la víctima.
País Vasco: Cuatro rebajas de golpe
La Audiencia Provincial de Vizcaya ha acordado revisar la condena impuesta a un agresor sexual en la sentencia dictada por este tribunal el 29 de diciembre de 2015. Se acuerda que la nueva pena tiene la duración de seis años de prisión, en lugar de los ocho años que le fueron impuestos. La Audiencia ha pedido que se practique una nueva liquidación de condena y se remita al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria a los efectos que procedan. Es decir, que si el hombre no tiene otros delitos pendientes quedará en libertad.
La segunda sentencia de la misma Audiencia ha acordado revisar la condena impuesta a un agresor sexual el 3 de diciembre de 2020, que fue declarada firme por auto de 15 de diciembre de 2021. Se acuerda que la nueva pena tiene la duración de seis años de prisión, en lugar de los ocho años que le fueron impuestos.
El tercer caso de la misma Audiencia afecta a un hombre con varias condenas. En este caso se rebajan varias penas, una de siete años y un día de prisión se rebaja hasta los siete años de prisión y varias penas de dos años y un día de prisión por abusos sexuales se rebajan hasta los dos años de prisión, manteniendo el resto de los términos de la condena. Es decir, que se le han quitado solo días de condena.
La cuarta rebaja afecta a una mujer que abusó de una menor de edad. La Audiencia revisó la condena impuesta en una sentencia dictada por este tribunal el 9 de febrero de 2021, que fue declarada firme por auto de 10 de junio de 2021. Se acuerda que la nueva pena tiene la duración de tres años de prisión, en lugar de los cuatro años que le fueron impuestos. En este caso, se han tenido en cuenta también la falta de antecedentes penales.
Orense: de 9 a 8 años
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Orense ha rebajado, de 9 a 8 años de cárcel, la condena impuesta a un condenado por un delito de agresión sexual, tras aceptar la solicitud de revisión de la pena presentada por el procesado, quien se encuentra en prisión, tras la reforma operada por la LO 10/2022 o Ley Montero. El tribunal también ha rebajado, de 14 a 13 años, la prohibición de aproximación y comunicación con la víctima. El Ministerio Fiscal, según consta en la resolución, se mostró conforme con la reducción de la pena.
En el auto, los magistrados explican que, en su momento, los hechos fueron calificados con arreglo al artículo 178 y 179 del Código Penal, que, para el delito de agresión sexual con acceso carnal, preveía una pena de 6 a 12 años de prisión. La sentencia, además, según señalan los jueces, «aclara que se impone el límite máximo de la mitad inferior, dada la pluralidad de actos, lo que denota la perversidad del penado, optándose así por la pena de 9 años de prisión».
La Audiencia señala que ahora, con la nueva ley, los hechos se calificarían con arreglo al artículo 178.1 y 2 y 179 del Código Penal, el cual se sanciona con pena de 4 a 12 años de prisión. «Ello supone que ahora el límite inferior alcanza tan solo hasta los 8 años de prisión, por lo que la pena a imponer si hoy mediara un nuevo enjuiciamiento, sin necesidad de realizar nueva individualización, sería la de 8 años», destaca el tribunal.
Oviedo: rebaja de dos años
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo ha reducido en dos años la pena de un hombre condenado por agresión sexual. La condena pasa de 6 a 4 años de cárcel, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Soria: rebaja de dos años
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha rebajado la pena de un hombre condenado por agresión sexual en Soria. La condena pasa de 6 a 4 años de prisión, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, de Irene Montero.
Extremadura: 3 rebajas
Los tribunales de Extremadura han rebaja las penas de tres hombres condenados por agresiones sexuales, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. La Audiencia Provincial de Badajoz ha reducida la pena de un condenado de 6 a 4 años de prisión y otra de 7 a 5 años de cárcel. La Audiencia Provincial de Badajoz ha rebajado de 13 a 11 años de cárcel la pena de un hombre condenado por violación.
Oviedo: rebaja de 8 meses
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo ha reducido la pena impuesto a un condenado por tres delitos de violación de 10 años a 9 años y 4 meses de prisión, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
El procedimiento estaba en ejecución de sentencia y se reduce de 10 años por cada uno de los tres delitos de violación con el agravante de reincidencia que cometió, a 9 años y 4 meses por cada uno de ellos.
Burgos: una rebaja y una excarcelación
En agosto de 2019 un marroquí violó a una joven a la salida de las bodegas de una localidad burgalesa. Fue condenado a cinco años y medio de prisión en el juicio cuya sentencia se dictó en febrero de 2021. Ahora, gracias a la rebaja de la Ley Montero se ha quedado en dos años y medio por lo que procede su inmediata excarcelación, al haber cumplido el plazo de prisión.
El segundo preso estaba condenado a 10 años de prisión por sentencia firme de 29 de noviembre de 2018 por una agresión sexual con el agravante de reincidencia. Ahora, gracias a la nueva ley se le rebaja a 9 años de cárcel. Este rumano asaltó a una mujer de 44 años en el año 2016 en la calle, la tiró al suelo, rompió su ropa interior y la agredió sexualmente. Los gritos de la mujer alertaron a los vecinos que hicieron huir al agresor. Lo grave del asunto es que ya había sido condenado en 2012 por abusos sexuales a otras cuatro mujeres.
Orense: de 6 años a 4
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha accedido a la revisión de la condena de seis años de prisión impuesta al autor de un delito de agresión sexual y la ha fijado en cuatro años de prisión. Por otra parte, el tribunal ha acordado no revisar la sentencia que le impuso 20 años y tres meses de prisión a un condenado por delitos de detención ilegal, agresión sexual continuada, contra la integridad moral y lesiones.
Vigo: 4 rebajas de golpe
La sección quinta de la Audiencia Provincial de Vigo ha acordado rebajar las penas, en el marco de la ejecución de las sentencias, a cuatro condenados por delitos sexuales. En todos los casos el tribunal explica que la nueva ley “nada establece” en cuanto a su aplicación “a procedimientos en trámite o ya juzgados y con sentencia firme”, como sobre los que la Audiencia Provincial ha resuelto. Además, destaca que el artículo 2 del apartado 2 del Código Penal “establece una norma general, en el sentido de que tendrán efecto retroactivo las leyes penales que favorezcan al reo”, tal y como asegura que sucede en los cuatro procedimientos que ha revisado.
En uno de ellos, ha rebajado de 11 a 10 años de cárcel la condena impuesta al autor de un delito continuado de abuso sexual con penetración, pues afirma que la pena prevista era de 8 a 12 años de prisión y, en la actualidad, es de 6 a 12. Lo mismo, según los magistrados, sucede en otro de los asuntos, en el que ha reducido de 10 a 9 años de prisión la condena impuesta a otro autor del mismo delito continuado -abuso sexual con penetración-.
Además, el tribunal ha rebajado de 11 años de cárcel a 10 años y medio de prisión la pena impuesta a un condenado por un delito continuado de abusos sexuales con acceso carnal sobre una menor de 16 años. Esta persona, además de por ese delito, había sido condenada por un delito continuado de elaboración de pornografía infantil sobre menor de 16 años, por un delito de exhibición de material pornográfico entre menores de edad y por otro delito de abuso sexual a menor de 16 años. En total, había sido condenada a 22 años y 9 meses de prisión, conforme al Código Penal vigente en el momento de cometer los hechos.
En un cuarto auto, los magistrados han acordado revisar la pena a un condenado a 8 años de cárcel por un delito de abuso sexual con acceso carnal sobre una menor de 16 años. La pena prevista, según aseguran en la resolución, era de 8 a 12 años de prisión. “Actualmente, y de acuerdo con la Ley 10/22, la pena aplicable es de 6 a 12 años de prisión”, señala la sala en el auto, en el que ha modificado la pena de prisión impuesta por la de 6 años.
Navarra: Primera rebaja de 7 a 5 años
La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha dictado la primera
reducción de una condena en Navarra tras la entrada en vigor de la nueva
ley de garantía integral de la libertad sexual, y ha rebajado de 7 años a 5
años y 3 meses de prisión la pena impuesta a un condenado por un delito
continuado de abusos sexual en grado de tentativa.
La sentencia de 27 de noviembre de 2020 condenó al acusado como autor de un delito continuado de abuso sexual en grado de tentativa del artículo 183.3 del Código Penal a la pena de siete años de prisión y cinco años de libertad vigilada.
Cantabria: otro excarcelado
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha rebajado de 4 años y 6 meses a tres años de prisión la pena de un hombre condenado por un delito de agresión sexual con penetración, lo que ha supuesto su excarcelación gracias a la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. El hombre fue condenado con la concurrencia de dos circunstancias atenuantes: reparación del daño, porque entregó una indemnización antes del juicio, y drogadicción.
La sentencia fue dictada en diciembre de 2019. El condenado agredió sexualmente a una mujer con la que había estado en un pub de madrugada. El hombre le pidió que le acompañara a su domicilio porque le iba a mostrar una colección, y una vez allí la agredió y la obligó a mantener relaciones sexuales. Se le impuso una pena de 4 años y medio, que ahora «excedería el marco punitivo diseñado por la nueva reforma». «Tal situación, por sí sola, obliga a la revisión de la presente sentencia por aplicación del principio de retroactividad de la ley penal más favorable», apostilla.
Badajoz: otro excarcelado
La Audiencia Provincial de Badajoz ha rebajado de 4 años y 3 meses de prisión a 2 años y 10 meses la pena a un condenado por violación en grado de tentativa, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí. El tribunal ha ordenado además la excarcelación del preso tras haber cumplido ya la condena privativa de libertad.
En concreto, la sentencia establecía una pena de 4 años y tres meses de prisión, que con la aplicación de la nueva normativa se ha rebajado a la pena de dos años, diez meses y cuatro días de cárcel. El condenado llevaba en prisión preventiva desde el 14 de febrero de 2019, a la fecha de la presente resolución ya ha de darse por cumplida su pena privativa de libertad y el tribunal ordena su inmediata excarcelación, si no estuviere privado de libertad por otra causa.
Zamora: rebaja de dos años
La Audiencia Provincial de Zamora ha rebajado dos años la pena de un hombre condenado por violar repetidas veces a su hija menor de edad. Su condena pasaría de 13 años y 5 meses de a 11 años y 2 meses de prisión con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
La sentencia dictada en el año 2018 aplicaba circunstancias agravantes de «intimidación y abuso de superioridad». En aquel momento, según La Opinion-El Correo de Zamora, los magistrados aplicaron la horquilla «de entre 11 y 15 años» de prisión por tratarse de un delito continuado de violación. Sin embargo, la nueva Ley Integral de Libertad Sexual «contempla para idénticos casos penas de 7 a 15 años», lo que ha derivado en esa rebaja.
Alicante: 13 y un excarcelado
La Audiencia Provincial de Alicante ha acordado la rebaja de 13 condenas por delitos contra la integridad sexual por la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. A esto hay que sumar otra que conlleva la excarcelación inmediata del condenado.
Murcia: rebaja de año y medio
El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha rebajado un año y medio la pena de un hombre condenado por mantener relaciones sexuales con penetración con una menor de 15 años, sin el consentimiento de ella. Con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, la condena pasa de 9 a 7 años y 6 meses de prisión.
Cataluña: dos rebajas de condena
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rebajado dos condenas de dos hombres condenados por delitos sexuales con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí de Irene Montero.. El primero de ellos es un ciudadano francés que violó a una chica a la salida de una discoteca, y su pena pasa de 6 años y 6 meses a 4 años y 6 meses de prisión. El segundo se trata de un ciudadano marroquí residente en Barcelona que contactaba con mujeres y les ofrecía trabajo en Milanuncios. Pesa sobre él una condena de 15 años de cárcel por varias violaciones, pero el tribunal le rebaja una de ellas, pasando de 10 a 9 años de prisión.
Cáceres: rebaja de 9 meses
La Audiencia Provincial de Cáceres ha rebajado en 9 meses la pena de un hombre condenado por un delito contra la indemnidad sexual de menores. Con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, la condena pasa de 3 años de prisión a 2 años y tres meses.
Córdoba: 11 rebajas de golpe
La Audiencia Provincial de Córdoba ha rebajado las penas de cárcel en once de 32 sentencias condenatorias analizadas como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como la Ley del ‘solo sí es sí’. Según detalla la Audiencia, se han estudiado 32 sentencias de los cuales se han aplicado rebajas a once condenas. En dos de estas condenas se han rebajado dos años de prisión a cada penado; y en al menos una de ellas un año, y en algunas otras, varios meses, aunque la Audiencia de Córdoba no especifica cada una de las rebajas y avisan de que aún quedan condenas por revisar.
Cantabria: rebaja de dos años
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha rebajado dos años la pena que impuso en febrero de 2021 a un hombre por agredir sexualmente a otro, con el que compartía habitación en un centro psiquiátrico de Santander. La condena pasa de 6 a 4 años con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Galicia: 3 rebajas de condena
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha acordado la reducción de dos condenas: una de un hombre condenado por violar a su esposa en 2008, cuya pena pasa de 8 a 7 años, y otra de un condenado por un delito de agresión sexual, cuya sentencia pasa de 6 a 4 años. A esto hay que sumar que la Audiencia Provincial de La Coruña ha rebajado también la pena de un hombre condenado por un delito de agresión sexual, pasando de 6 a 4 años de cárcel. Se aplica en todas ellas la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Zamora: 3 rebajas de condena
La Audiencia Provincial de Zamora ha acordado rebajar tres penas impuestas a tres hombres condenados por agresiones sexuales tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. El primero de ellos pasa de 6 a 4 años de cárcel, y el segundo de 10 a 9 años y 6 meses de prisión. El tercero tiene un total de 23 años de cárcel por dos condenas, de una de ellas, la pena pasa de 13 años y 6 meses a 11 años.
Las Palmas: Dos presos en Mauritania
Un auto de la sección II de la Audiencia Provincial de Las Palmas del pasado 2 de diciembre, conocido este 16 de diciembre, rebaja de cinco años a tres años y 11 meses la pena impuesta por tentativa de agresión sexual a dos individuos, si bien mantiene en vigor otra pena de 9 años por agresión sexual con acceso carnal. El Tribunal ha transmitido ya la rebaja a un juzgado de Mauritania donde los condenados cumplen su pena.
Álava: Rebaja de 5 años a dos presas
La polémica Ley Montero del ‘sólo sí es sí’ también ha traído la primera rebaja para mujeres agresoras sexuales. En concreto, la sección Segunda de la Audiencia Provincial de Álava ha dictado un auto por el que rebaja la pena a dos mujeres condenadas a 12 años de prisión por una brutal agresión sexual cometida sobre otra a 7 años de prisión en aplicación de la LO 10/2022 de 6 de septiembre denominada «Ley de garantía integral de libertad sexual» o Ley Montero.
En ambos casos las dos violadoras, en compañía de una tercera, cometieron una brutal agresión contra otra con el agravante de penetración por la que fueron condenadas a 12 años de cárcel por esta agresión, con la agravante de actuar en grupo y a seis meses más por un delito de robo. Lo hicieron dentro de la prisión donde todas estaban internadas para robarle droga a la víctima. Ahora la Ley rebaja cinco años la pena a estas dos violadoras.
Orense: de 10 a 9 años
La Audiencia Provincial de Orense ha rebajado de diez a nueve años de cárcel la pena impuesta a un hombre condenado por un delito continuado de abuso sexual. Fue condenado en 2015 y con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, ve rebajada su condena un año.
Valladolid: rebaja de 3 años
La Audiencia Provincial de Valladolid ha rebajado de 18 a 15 años de prisión la condena impuesta a un agresor sexual por la aplicación de la conocida como Ley del sólo sí es sí de Irene Montero. Se trata del hombre conocido como el violador de la capucha, que agredió sexualmente a seis mujeres jóvenes en 2009 en la capital del Pisuerga.
El procesado fue condenado por tres delitos de agresión sexual con penetración y uso de arma, otro de agresión con uso de arma en grado de tentativa y otros dos, también en tentativa, de agresión sexual, según la sentencia de la Audiencia redactada en 2011.
La sentencia estableció que el encausado actuó de madrugada en diversas fechas, entre febrero y septiembre de 2009, para cometer las agresiones sexuales, parte de ellas siguiendo a la víctima hasta un portal y conduciéndola después, a punta de navaja, hasta un garaje, donde consumó el delito. La condena fue dictada después de que el procesado reconociera los hechos y el fiscal, las acusaciones particulares y la defensa presentaran escrito conjunto de calificación.
Palma: rebaja de un año
La Audiencia de Palma ha rebajado de nueve a ocho años de prisión a un hombre ondenado por agredir sexualmente en 2015 a una joven con la que contactó a través de la red social Badoo. Se ciñe al criterio establecido por el Tribunal Supremo y, de acuerdo a la nueva normativa de Irene Montero, el condenado ve rebajada su pena un año de prisión.
Los hechos se remontan a diciembre de 2014, cuando el hombre se abrió una cuenta en la red social Badoo bajo un nombre ficticio. Unos meses después, el procesado contactó con la víctima y se citaron para mantener relaciones en el domicilio de ella. La mujer comprobó que la persona con la que se encontraba no era la misma que aparecía en la aplicación y por ello le pidió que se marchara.
Poco después, con otro perfil, el hombre envió mensajes a la víctima diciéndole que era un amigo del otro hombre y que había visto un vídeo en el que aparecía desnuda, bajo la amenaza de publicarlo en internet si no se ponía en contacto de nuevo con su amigo. Tras acceder, el agresor sexual volvió al domicilio de la mujer, donde la violó. Por estos hechos, el hombre fue condenado a nueve años de prisión, si bien la ley del sí es sí ahorra un año de cárcel al autor de los hechos.
Segunda rebaja del Supremo
El Tribunal Supremo ha rebajado de nueve a cuatro años y medio de prisión la condena de un hombre que realizó tocamientos a cuatro niñas menores de 16 años y a otra mayor mientras patinaban en una pista de hielo de Vitoria el 22 de diciembre de 2019 al aplicar la Ley del solo sí es sí de Irene Montero, más beneficiosa para él. Se trata de la segunda rebaja de condena que realiza el Supremo, tras el caso Arandina.
La Audiencia Provincial de Álava, en primera instancia, y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, después, le condenaron a nueve años de cárcel por cuatro delitos de abuso sexual a menores y otro de abuso sexual a mayor de edad. El Supremo justifica esta reducción en que se debe imponer al acusado la pena mínima por la escasa entidad de los tocamientos, que antes de la reforma legal estaba fijada en dos años de prisión por cada abuso a menor y uno para abuso a mayor de edad, pero la nueva ley permite en los casos de menor gravedad «rebajar en un grado la pena, lo que se ha aplicado al condenado al ser la nueva legislación más beneficiosa».
Tras esta sentencia del Supremo, la Audiencia Provincial de Álava ha ordenado su puesta en libertad.
Tenerife: dos rebajas más
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha rebajado la pena de dos hombres condenados por agresión sexual. El tribunal ha revisado estas sentencias y las ha reducido con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. En ambos casos, la condena pasa de 8 a 6 años.
El primero fue condenado en 2019 por dos delitos sexuales contra una niña de 12 años, uno por abuso sexual con 2 años de prisión, que no se modifica, y otro por abuso sexual con acceso carnal, que es el que se rebaja. La sentencia impuso entonces la pena mínima porque «no constaba que los hechos hubieran tenido consecuencias físicas para la víctima y tampoco psicológicas, más allá de un temor hacia los hombres adultos», de acuerdo con el auto judicial, que por tanto considera procedente acomodar la pena al nuevo mínimo de 6 años de prisión.
La otra rebaja de condena se refiere a la condena de un hombre por tres delitos distintos en una sentencia que suma 35 años y seis meses de prisión. Por un delito continuado de abuso sexual fue condenado a 12 años y seis meses, por un delito continuado de abuso sexual sobre menores a 15 años, y le cayeron otros 8 años por un delito de abuso sexual sobre una niña de 13 años. Esta última condena es la que ahora se rebaja a 6, ya que se aplicó entonces la pena mínima porque los jueces no apreciaron «abuso de parentesco o superioridad».
Alicante: rebaja de 1 año
La Sección Primera de la Audiencia de Alicante ha rebajado un año la pena de un hombre condenado por agresión sexual a una menor de edad, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. La condena pasa de los 13 años, 6 meses y 1 día que fijó el Tribunal Supremo en mayo de 2020, a 12 años, 6 meses y 1 día.
El tribunal ha tomado esta decisión partiendo del derecho de todo penado a que se le aplique la norma más beneficiosa, aunque sea posterior al momento de dictarse su condena, y a la vista de que el Tribunal Supremo consideró, en la sentencia de casación, que no se apreciaban circunstancias que aconsejasen «un incremento de la pena sobre el mínimo legal que ha de formarse acudiendo a la mitad superior de la pena señalada para el delito».
Las Palmas: rebaja de 6 meses
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha rebajado la pena de un hombre condenado por abuso continuado a una menor de 16 años. La condena pasa de seis a cinco años y medio de cárcel la pena impuesto en su momento, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero.
Tenerife: rebaja de 6 a 4 años
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha rebajado de seis a cuatro años la pena de un hombre condenado por agresión sexual tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. Los hechos ocurrieron en agosto de 2018 y fue condenado en marzo de 2018 por el mismo tribunal.
Burgos: dos rebajas de condena
La Audiencia Provincial de Burgos ha rebajado la condena de 6 a 4 años de prisión a un hombre condenado por agresión sexual y a otro de 10 a 9 años de cárcel a otro sujeto por haber cometido el mismo delito. Ambos fueron condenados en 2016, y ahora sus penas han sido reducidas tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. El primero es un joven de Pradoluengo (Burgos) que agredió a una menor en un portal, y el segundo es un ciudadano rumano que asaltó a una mujer en el barrio burgalés de San Pedro y San Felices.
Pontevedra: rebaja de 6 meses
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha acordado rebajar en seis meses la pena impuesta a un hombre condenado por un delito continuado de agresión sexual. La condena pasa de 10 años y medio de cárcel a 10. El auto recalca que la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, «ha modificado claramente los límites inferiores de algunos tipos penales relativos a los delitos contra la integridad sexual».
El artículo 179 del Código Penal, en la redacción aplicada al penado, preveía una penalidad de 6 a 12 años de prisión, según señala el tribunal, que especifica que con la redacción dada por la LO 10/2022 «a estas agresiones sexuales de mayores de 16 años, la penalidad de prisión iría de 4 a 12 años». Por ello, afirman que, siguiendo el mismo criterio de fijación de pena que la sentencia, «se impondría el máximo de la mitad de la mitad, valga la redundancia, superior, lo que sería 10 años de prisión». La Fiscalía se ha opuesto a la revisión interesada alegando que la pena «sería igualmente imponible con la actual regulación».
Primera revisión en Castilla y León
La Audiencia Provincial de León, en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022
de garantía integral de la libertad sexual, ha rebajado de 4 a 3 años de prisión la pena impuesta a un hombre condenado en 2018 por obligar a una menor a hacerle una felación.
En un auto dictado este viernes 9 de diciembre la Sala acuerda revisar la
condena y rebajar la pena de prisión en un año y no en dos como solicitaba la defensa del condenado. La Fiscalía se opuso a la revisión. El hombre fue condenado en 2018 por un delito de abuso sexual sobre menor de dieciséis años, concurriendo acceso carnal por vía bucal, que lleva aparejada una pena de prisión de entre ocho y doce años. Sin embargo, el mismo hecho aparece sancionado, conforme a la Ley Montero con una pena de prisión de entre seis y doce años, es decir, el mínimo es más reducido con la nueva normativa.
La sentencia de 2018 apreciaba la atenuante de reparación del daño, ya que antes del juicio abonó la indemnización de 10.000 euros que reclamaba la Fiscalía, por lo que se le rebajó la pena en un grado y se le impuso en su grado mínimo, esto es, cuatro años de prisión. La nueva sentencia rebaja en un año esta pena, y establece la mínima en 3 años. Dicha sentencia es firme y actualmente el condenado se halla cumpliendo la pena de prisión. Su defensa pedía una rebaja de dos años y la Fiscalía se opuso a cualquier rebaja de pena.
Libre en Sevilla
En Sevilla, saldrá de prisión un condenado a cinco años de cárcel en 2018 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por agredir sexualmente a una mujer de nacionalidad nicaragüense, a quien amenazó con hacerlo «por las buenas o por las malas».
Tras la entrada en vigor de la Ley Montero, el condenado pidió una revisión de su condena, pues su agresión aparece ahora sancionada con prisión de cuatro a doce años. La Audiencia de Sevilla ha accedido a la rebaja basándose en la pena inferior contemplada para el delito. Y dado que el condenado se encontraba ya en tercer grado, será puesto en libertad por haber cumplido la pena impuesta tras la revisión.
Cádiz: rebaja de cinco a dos años
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado tres años la pena de un hombre condenado por abusar sexualmente de una menor de 13 años. La pena pasa de cinco a dos años y 10 meses de prisión, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. El hombre fue condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz, y ahora el TSJA confirma la rebaja de la pena al «determinar la legislación aplicable a los hechos», ya que la pena fue «señalada conforme a una legislación con fecha posterior a cuando se produjeron los abusos».
Los hechos se remontan a 2009 cuando la víctima, que entonces contaba con entre diez y 12 años, sufrió al menos dos episodios de abusos sexual por parte de la que entonces era pareja de su madre, que vivían en la misma vivienda en Los Barrios (Cádiz).
Cádiz: un pederasta beneficiado
La Audiencia Provincial de Cádiz ha dictado ya cuatro sentencias que rebajan la pena de condenados por delitos sexuales tras la entrada en vigor de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual impulsada por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero, tal y como han informado este lunes fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Una de las cuatro revisiones de condenas, realizadas en la jurisdicción penal de la Audiencia -sección primera, tercera y cuarta- ha favorecido a un pederasta.
Pontevedra: rebaja de 6 meses
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha rebajado seis meses la pena de prisión de un hombre condenado por abuso sexual a una menor de 16 años, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero. La condena pasa de cinco a cuatro años y medio.
Los hechos ocurrieron en 2020, cuando él condenado tenía 26 años y la víctima, 14. Con ella mantuvo al menos siete encuentros sexuales, «a sabiendas de que era menor de dieciséis años2, al tiempo que mantenía una relación sentimental con una tercera persona mayor de edad, según recogía la sentencia. Además, la joven se había quedado embaraza en una ocasión, debido a que mantenían relaciones sin protección. La menor interrumpió el embarazo de forma voluntaria.
Badajoz: rebaja de 6 meses
La Audiencia Provincial de Badajoz ha rebajado en seis meses de cárcel la pena impuesta a un condenado por abuso sexual, en aplicación de Ley del sólo sí es sí de Irene Montero. La condena pasa de 11 años y un día a 10 años y seis meses.
El auto señala que los hechos probados se encuentran tipificados en el artículo 181.1, 3 y 4 de la nueva normativa, estableciéndose en el número 3 «cuando el acto sexual consista en acceso vaginal, anal o bucal, o en introducción de miembros corporales u objeto, el responsable será castigado con la pena de seis a doce años de prisión en los casos del apartado 1», como es este caso, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx). Sobre esto, se recuerda que en el supuesto anterior la pena iba de 8 a 12 años y que la Sala atendiendo a la redacción a los artículos 183.1, 3 y 4, del Código Penal antes de la reforma derivada de la LO 10/2022 procedió a imponer la pena en su mitad superior.
Alicante: otro excarcelado
La Audiencia Provincial de Alicante ha rebajado dos años la pena a un hombre condenado por un delito de agresión sexual constitutivo de violación tras aplicar la Ley del sólo sí es sí de Irene Montero. La condena pasa de seis a cuatro años de cárcel. El tribunal ha acordado también su inmediata excarcelación.
Pontevedra: otro excarcelado
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha rebajado cinco años la pena de un hombre condenado por agresión sexual tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí de Irene Montero. La condena pasa de 12 a 7 años de prisión. Al haber cumplido más de once años de prisión, el tribunal ha ordenado su puesta en libertad.
Vizcaya: rebaja de año y medio
La Audiencia Provincial de Vizcaya ha rebajado de cuatro años y medio a tres años la pena de un agresor sexual tras la revisión de la condena en aplicación de la Ley del sólo sí es sí de Irene Montero. El hombre, que se encuentra en libertad condicional, tiene otra requisitoria pendiente, por lo que será la jueza de Vigilancia Penitenciaria la que decida sobre su nueva situación. Es la primera rebaja que se produce en el País Vasco con la ley Montero.
Esta condena ha sido revisada en contra del parecer del abogado de la víctima, que ha recordado «la gravedad» de los hechos debido a «la agresividad» que empleó el agresor contra ella. También se ha hecho en contra del criterio de la Fiscalía, que argumentaba que el el reo se encontraba en libertad condicional y no procedía la revisión de su condena. El hombre fue condenado en firme en julio de 2019.
Pontevedra: rebaja de medio año
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha rebajado 6 meses la pena de un hombre que fue condenado por abusar sexualmente de la hija de su pareja en 2020, cuando la menor tenía cuatro años. La pena pasa de 11 a 10 años y medio con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí de Irene Montero.
Los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del tribunal han argumentado lo siguiente para justifica rebaja del condenado: «La sala de instancia impuso once años, que era justamente la mitad de la extensión superior en la redacción anterior (de diez a doce años), por lo que, en el presente caso, hemos de optar por la tesis del Ministerio Fiscal, en cuanto que diez años y seis meses de prisión es justamente la pena que corresponde en razón a la mitad de la pena correspondiente en la mitad superior (de nueve a doce años)».
‘Caso Arandina’: rebaja de un año
El Tribunal Supremo ha condenado a 9 años de cárcel a los dos ex jugadores condenados del caso Arandina, lo que supone elevar sus penas, desde los 4 y 3 años que había fijado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), porque elimina una atenuante, estimando así el recurso de Fiscalía, aunque no íntegramente porque el Ministerio Público pedía 10 años de condena y el Supremo lo ha dejado en un año menos por la aplicación de la Ley del solo sí es sí. Es decir, se les aplica una condena de 9 años de cárcel en lugar de los 10 que les correspondían por la aplicación de la nueva normativa impulsada por Irene Montero.
Orense: de 8 a 6 años
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha rebajado de 8 a 6 años de cárcel la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Orense a un hombre que abusó sexualmente de una menor de 15 años tras mantener contacto con ella a través de Instagram. Fue condenado cuando tenía 24 años y los hechos se produjeron en septiembre de 2018. El tribunal ha rebajado la pena por «Ministerio de la ley», es decir, tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí. Los magistrados han tenido en cuenta el dictamen emitido por el Ministerio Fiscal en el sentido de que, en este caso, procede la rebaja de la condena.
Cantabria: Otras dos rebajas
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha rebajado la pena tras la aplicación de la Ley del sólo sí es sí de dos hombres que fueron condenados por agredir sexualmente a una joven en un hostal de Santander. Uno de ellos fue condenado a 12 años por agredir sexualmente a la joven y el otro a 6 años como cooperador en el delito. Las condenas se rebajan y pasan a ser de 12 a 7 años para el primero y de 6 a 4 años para el segundo.
Asturias: Abusó de un niño de 12 años
Un asturiano de Gijón ha sido el primer condenado asturiano en beneficiarse de la Ley Montero. En 2018 A.M.G mantuvo sexo con un menor de 12 años en los baños de un parque a cambio de dinero e incluso le regaló un teléfono móvil. La Audiencia Provincial de Asturias condenó por ello al acusado en mayo de 2018 como autor de un delito continuado de abusos sexuales, con acceso carnal, a un menor de 16 años y le impuso una pena de diez años (la horquilla iba de los 8 a 12 años de pena). La defensa del condenado recurrió ante el TSJA que le ha aplicado el principio de retroactividad de la ley y le rebaja la pena en un año, ya que la horquilla ahora va de 6 a 12 años.
Madrid: 13 rebajas nuevas
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anunciaba este viernes 25 de noviembre que la Audiencia Provincial de Madrid había rebajado ya las penas a 20 abusadores o agresores sexuales. Este número supone, restando las 7 penas que ya tenía OKDIARIO recogidas, que el contador de los beneficiados por la nueva ley Montero sube un total de 13 nuevas penas rebajadas.
Rebaja en Tenerife
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en aplicación de la LO 10/22 (ley del ‘sólo sí es sí’), ha rebajado la condena impuesta en su día al presunto autor de un delito de abuso sexual sin prevalimiento. La sentencia original le había impuesto 10 años de cárcel, y tras la revisión, la pena se queda en nueve años. De momento se trata del único caso del que esta oficina tiene conocimiento en Canarias de revisión efectiva de una condena al amparo de la nueva norma.
Madrid: dos nuevas rebajas
La Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid rebajó a mediados de octubre la pena de 14 años de cárcel a 13 años a un hombre que violó a su hija de 14 años reiteradamente aprovechando las ausencias de su madre y sus hermanos. La niña sufría abusos desde los 10 años.
También en Madrid la Audiencia Provincial ha aplicado la ley Montero a un condenado de 20 años de edad a 10 de cárcel por abusos continuados a una menor de 15 años y ha dejado ahora la pena en los 9 años que contempla la nueva ley.
Valladolid: de 12 a 10 años
La Audiencia Provincial de Valladolid ha rebajado la condena a un hombre condenado a 12 años de cárcel por violar a una menor de 16 años. Con la aplicación de la Ley del sólo sí es sí, impulsada por Irene Montero, esta condena pasa de 12 años a 10.
Fue condenado por agresión sexual con acceso vaginal por lo delitos recogidos en los artículos 178, 179 y 183 del Código Penal de 1995. Además, fue también condenado con prohibición de comunicarse y aproximarse a la víctima y cinco años de libertad vigilada. Podrá solicitar el paso al tercer grado cuando dos terceras partes de la nueva condena. Este plazo se situaba antes en ocho años, pero ahora podrá hacerlo en poco más de seis años.
Cantabria: de 5 a 2 años
La Audiencia Provincial de Cantabria ha dictado este lunes, 21 de noviembre, un auto en el que rebaja la pena de prisión impuesta a un hombre por agresión sexual, pasando de cinco a dos años, tras la reciente reforma del Código Penal. Además, ordena la «inmediata excarcelación» del penado, al haber cumplido el periodo de cárcel correspondiente a la nueva penalidad.
El hombre fue condenado en 2018 por manosear a una mujer por encima y por debajo de la ropa, cuando ambos se encontraban en compañía de otras personas en una vivienda, bebiendo y escuchando música. La mujer, que intentó defenderse, fue sujetada por los brazos por otro hombre, que también fue condenado por el mismo delito como cooperador necesario a dos años de prisión.
Ciudad Real: de 9 a 8 años
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Castilla-La Mancha ha rebajado la pena de un condenado por agresión sexual de 9 años a 8 años tras aplicar la Ley del ‘sólo sí es sí’. Ha admitido el recurso interpuesto por el condenado a la sentencia que había sido dictada en primera instancia por la Audiencia Provincial de Ciudad Real.
El tribunal desestima íntegramente la apelación del condenado por agresión sexual pero modifica la pena impuesta y la rebaja de nueve a ocho años para aplicar la nueva ley. La sentencia recoge «la nueva redacción del tipo básico de agresión sexual con acceso carnal amplía el arco punitivo, rebajando el mínimo de la pena (de 6 a 4 años) y manteniendo inalterado el máximo (12 años)».
«Por ello, la nueva redacción del tipo supone, en este caso, ley penal más favorable que debe ser aplicada. La pena de prisión que viene impuesta al acusado (9 años) queda ahora extramuros de la mitad inferior de la prevista para el tipo (de 4 a 8 años)», apostilla la resolución.
Segovia: rebaja de 12 a 9 años
La Audiencia Provincial de Segovia ha revisado una pena de 12 años de cárcel a un condenado por agresión sexual tras una revisión de oficio de la sentencia en base a la reforma del Código Penal, entendiendo que procedía la aplicación de una norma más favorable al reo.
Sin embargo, el tribunal dejó la condena en 9 años. El condenado, que cumple actualmente condena en Rumanía, su país de origen, violó a su prima tras amenazarla con un cuchillo en abril 2011 en una vivienda de Segovia. En 2012 fue juzgado y condenado por la Audiencia de Segovia por delito de agresión sexual con penetración con la agravante de uso de arma. El tribunal tuvo en cuenta entonces su trastorno mental. El actual Código prevé penas de entre 7 y 15 años para esos mismos hechos.
Baleares: dos violadores
La Audiencia Provincial de Baleares ordenaba este mismo miércoles la excarcelación inmediata de dos presos que cumplían una pena de tres años de prisión por dos agresiones sexuales sin penetración. En concreto, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial acordaba estas puestas en libertad «sin perjuicio de la deliberación y decisión que adopte la Audiencia de Baleares al respecto».
Esta decisión se toma habiendo recibido un informe del Centro Penitenciario de Mallorca y visto el informe del Ministerio Fiscal. El Tribunal ha valorado en ambos casos que, de acuerdo con la nueva legislación, no puede exceder la pena impuesta de dos años, y, por tanto, la pena estaría cumplida a la vista de la liquidación de condena.
Orense: libre tras agresión
La Audiencia Provincial de Orense, en aplicación de la ejecución de una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, decidía también revisar la condena de tres años y medio de cárcel impuesta al autor de un delito intentado de agresión sexual con acceso carnal. Tras la revisión, el tribunal le imponía dos años y medio de prisión y ha acordado su puesta en libertad porque ya ha excedido el plazo de cumplimiento de la nueva condena impuesta.
En el auto, los jueces explican que la condena que han revisado, establecida por el tribunal en una sentencia dictada en junio de 2018, confirmada por el Supremo en mayo de 2019, fue impuesta por la comisión de un delito de agresión sexual en grado de tentativa del artículo 179 del Código Penal, para el que se establecía un castigo de entre tres y seis años de cárcel. Tras la reforma introducida por la Ley 10/2022, el castigo para este delito, según el auto, es de entre dos y cuatro años de prisión.
Pero la Audiencia Provincial de Orense especificaba que el TSXG acordó en la resolución imponerle al acusado la pena inferior en grado establecida para ese delito, fijándola en tres años y seis meses, es decir, «próxima al mínimo legal» de tres años. Los magistrados concluyen en el auto que, con arreglo al nuevo código, «no se le habría impuesto la pena de tres años y seis meses, tan próxima al límite máximo (cuatro años), ni atendiendo al principio de proporcionalidad a que debe atender toda resolución judicial, ni atendiendo a las reglas de individualización penal, porque prácticamente está situada en el máximo legal actualmente permitido». Por este motivo, la Sala rebajó la condena que lo puso en libertad.
Rebaja de año y medio
El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) rebajó la pena impuesta a un acusado por una tentativa de agresión sexual a una mujer en julio de 2020 en el el jardín de la Alameda, en Murcia. En la sentencia fue condenado a cuatro años y seis meses de prisión, que pasa a ser de tres años y un día «por aplicación más favorable de la prevista en la reforma legal» de la Ley del sólo sí es sí.
El tribunal declaró probado que «aprovechando que se trata de una zona con escasa iluminación y poco transitada a esa hora, el acusado empujó a la chica hacia un huerto colindante cubierto de maleza y totalmente a oscuras, y la tiró al suelo». Los magistrados rechazan que haya vulneración del derecho de defensa y a la presunción de inocencia, como se alegaba por el recurrente, y recalcan que las pruebas practicadas desvirtúan la presunción de inocencia, ya que, «el acusado fue descubierto in fraganti» por dos policías locales que, «alertados por los gritos de la mujer, se desplazaron hasta el lugar de los hechos hasta descubrir valiéndose de una linterna como, entre la hierba y la maleza, el acusado, con sus pantalones bajados, cogía del pelo a la mujer, que lloraba y tenía la blusa desabrochada y un poco bajados los pantalones».
Dos años y medio menos
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) rebajó la pena de 13 años y medio de prisión a once años a un hombre que agredió sexualmente a su ex mujer en la casa cuyo uso compartían, aunque cada uno en una planta. El condenado, utilizando un cuchillo, obligó a la que fuera su mujer a mantener relaciones sexuales.
El tribunal modificó la sentencia que impuso la Audiencia Provincial de Granada al acusado a once años y un día de prisión en «aplicación de la normativa vigente», aplicando así el principio de retroactividad de la ley penal más favorable consagrado en el artículo 2.2 del Código Penal.
Rebaja a un violador
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en aplicación de la reforma introducida por la Ley 10/2022 y de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, rebajaba en día 15 de noviembre en dos años la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de La Coruña a un hombre que violó a una mujer a la que conoció internet. El acusado había sido condenado a seis años de prisión por cometer un delito de agresión sexual, además de a dos años y medio de cárcel como autor de otro delito contra la intimidad, pena que no se modifica. De esta forma, el TSXG fija en seis años y medio la pena impuesta por ambos delitos, cuatro años por la violación y dos y medio por delito contra la intimidad.
La Sala de lo Civil y Penal explica en la resolución que comparte con el Ministerio Fiscal que, siendo más favorable al reo, debe aplicarse de oficio la nueva ley, que establece en cuatro años la pena cuando el delito de agresión sexual ha sido fijado en el grado mínimo, tal y como determinó la sala de instancia.
Se libra de tres delitos
La sección 15 de la Audiencia de Madrid dejó sin efecto las condenas de tres delitos de abuso sexual a un profesor debido a la destipificación de uno de los delitos, el 182, que castigaba a aquel que, mediante engaño o abusando de una posición de confianza, autoridad o influencia sobre la víctima, realice actos de carácter sexual con alguien mayor de 16 y menor de 18.
Este profesor cometió varios delitos de abusos sexuales contra cuatro menores, algunos alumnos suyos, a quienes pedía que realizasen actos de contenido sexual a cambio de dinero. La sentencia, que también le imponía una condena por posesión de pornografía infantil, fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). El tribunal mantiene, por ser más favorable al penado, la condena de seis meses por cada delito de abusos, que, junto a la de posesión de pornografía infantil, dejan el castigo en año y medio de cárcel.
«Inmediata libertad»
La sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid aplicó una rebaja de 8 años y 9 meses a 6 años y 9 meses, lo que ha supuesto su «inmediata libertad» al haber cumplido su condena. El hombre fue condenado por un delito de abuso sexual hacia su sobrina de 4 años. La defensa solicitó la aplicación de la nueva ley al ser más favorable al condenado, dado que supone «una rebaja en el mínimo de dos años, pasando de ocho a seis».
Dos años de rebaja
La Audiencia Provincial de Madrid redujo la pena a un condenado por agresión sexual a una menor de 8 a 6 años de cárcel en aplicación del principio constitucional de aplicación del principio de retroactividad de la norma penal más favorable al reo. El acusado abusó sexualmente a la hija de su pareja, de 13 años, en 2020, al reducirse la pena mínima por el delito por el que fue castigado.
Esta rebaja fue apoyada por la Fiscalía, recordando el tribunal que la reforma promovida por Irene Montero establece en delitos contra la libertad sexual la pena mínima de seis años de prisión y eso implica que «procede la revisión en el sentido interesado por el penado».
Amiga de la infancia
La sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid rebajó de 6 a 4 años de prisión la condena de un hombre que en octubre de 2017 agredió sexualmente de una amiga de la infancia. El tribunal argumentó que la razón es que «la pena mínima que se contempla» en el Código Penal tras la Ley del sólo sí es sí es de 4 años y «resulta más favorable para el reo».
Con discapacidad
El 13 de octubre, apenas cinco días después de la entrada en vigor de la ley, la Audiencia Provincial de Madrid ordenó la excarcelación de un hombre condenado por obligar en 2018 a una mujer con discapacidad a realizarle una felación. Este agresor fue condenado entonces a 6 años de cárcel, pero ha salido en libertad al cumplir 4 años de condena y aplicársele la rebaja de penas de la Ley Montero, según ha informado el diario El País.
Los hechos sucedieron en agosto de 2018, cuando cuatro amigos de entre 25 y 27 años se reunieron en un chalé de un polígono de Collado Villalba (Madrid) con la víctima, que padece una discapacidad del 65%, y mantuvieron relaciones sexuales con ella. La Fiscalía solicitó una condena de 17 años para cada uno: 14 años por agresión sexual y otros tres por lesiones. Sin embargo, el tribunal solo encontró culpable a uno de ellos y lo condenó a los 6 años de cárcel de la anterior regulación, recoge el citado periódico.
Cantabria: 7 años menos a dos abusadores
La Audiencia Provincial de Cantabria ha rebajado en 7 años las penas de prisión impuestas en 2020 a dos condenados por agredir sexualmente a una joven en un hostal de Santander.
En este caso, cada uno de ellos fue condenado a 18 años de prisión -12 años de cárcel por el delito de agresión y 6 años por cooperar con el otro-. Ahora las penas han quedado en 11 años de cárcel -7 años por la agresión y 4 por la cooperación-. Según los hechos probados en la sentencia, los dos hombres -tras pasar la noche con una mujer en varios bares de copas de Santander- invitaron a la víctima a subir a la habitación del hostal en el que se alojaban, donde la agredieron sexualmente.
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