Caso Neurona

Ni la Fiscalía sale ya al rescate de Podemos: asume por primera vez que será juzgado por ‘Neurona’

Podemos Neurona
Irene Montero, Pablo Iglesias y Juan Carlos Monedero. (Foto: Europa Press)

Ni la Fiscalía puede salir ya al rescate de Podemos en el caso Neurona, la trama de corrupción en la que se investiga el desvío de 430.000 euros de los fondos públicos a la consultora chavista Neurona. Desde el inicio de las actuaciones, el Ministerio Público, cuya máxima dirigente hasta hace unas semanas ha sido la ex ministra socialista Dolores Delgado -que formó parte del Gobierno de coalición-, había venido solicitando el archivo de la causa. Sin embargo, en múltiples ocasiones, el magistrado se ha opuesto y ha afirmado que existen indicios suficientes para continuar la investigación y averiguar dónde fueron a parar los fondos de todos los españoles. Ahora que la instrucción ya está llegando a su fin, la fiscal asume por primera vez que los miembros de Podemos se sentarán en el banquillo de los acusados. Eso sí, ahora maniobra para que la acusación sea por un delito electoral en lugar de por financiación ilegal y falsedad en documento mercantil (estas dos últimas con penas mayores).

La fiscal del caso Neurona es Lorena Álvarez Taboada quien, además, formó parte del grupo de diez expertos que, bajo las órdenes del Ministerio de Justicia, elaboró el anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal. Esta representante del Ministerio Público ha presentado el último escrito a la causa solicitando que no se prorrogue la instrucción y que, por ende, el juez Juan José Escalonilla ponga punto y final a la misma. Así, el titular del Juzgado de Instrucción número 42 no podrá seguir el rastro de los 308.257 euros que fueron a parar a Creative Advice Interactive Group SA, una sociedad ubicada en un suburbio de México. El objetivo de la fiscal, según las fuentes consultadas, es frenar la investigación para que no haya indicios suficientes para acusar a Podemos por financiación irregular. Sin embargo, las mismas fuentes añaden que con las pruebas que el juez ya tiene sobre la mesa queda acreditada la comisión de dicho ilícito penal.

De lo que la Fiscalía no puede salvar a Podemos es del delito de fraude electoral. Después de dos años de instrucción, las pesquisas policiales son irrefutables. Por este motivo, la fiscal contempla que los miembros de la formación se sentarán en el banquillo de los acusados cuando se abra juicio oral pero, en todo caso, sólo por un delito electoral porque –para la Fiscalía– el contrato con la consultora chavista «no es simulado».

Fraude electoral

La fiscal expone en su escrito: “En virtud del auto de 14 de septiembre se recoge que el delito electoral tipificado en el art. 150.1 de la Loreg, en cuanto a la conducta tipificada de distracción de fondos de las cuentas electorales para fines distintos de los contemplados en dicha ley, se puede cometer igualmente cuando los fondos electorales son utilizados para el pago de un gasto electoral por un precio mayor a su coste real con la finalidad de distraer parte del numerario existente en las cuentas electorales a un fin distinto al servicio que se retribuye, ocultándose dicha distracción mediante la fijación de un precio excesivo, no real y no concorde con los servicios realmente prestados”. Éste es uno de los vídeos por los que Podemos pagó 308.257 euros:

 

«En conclusión, como hemos venido exponiendo, de las diligencias practicadas no resulta indiciariamente acreditado la existencia de un contrato simulado. Lo que resta por aclarar (si es posible) es el valor de los trabajos realizados y si hay exceso en el pago. Por ello, no se entiende la finalidad de las nuevas testificales solicitadas (…). Por otro lado, nada obsta que, si se abre juicio oral, pueda solicitarse la práctica de las testificales en el acto del juicio», concluye la Fiscalía.

Las mismas fuentes subrayan que Podemos está imputado en la causa como persona jurídica, pero no ha sido citado a declarar durante la instrucción. Por ello, es importante –explican– que el magistrado interrogue a la formación, a través de un representante legal, antes de dar por finalizada la instrucción. De no ser así, el partido no podrá ser procesado y, por tanto, sólo los miembros de la formación se sentarán en el banquillo.

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