Ley de Vivienda

La Ley de Vivienda pone trabas al desahucio de los inquilinos que no pagan «por el Covid»

Sánchez Ley de Vivienda
Pedro Sánchez, en el Congreso de los Diputados.
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

La Ley de Vivienda, que previsiblemente será aprobada este jueves en el Congreso, también pone trabas a los propietarios que quieran recuperar su inmueble y que tienen el desahucio paralizado desde la pandemia.

En marzo de 2020, el Gobierno adoptó varias medidas «urgentes» y de carácter extraordinario para ayudar a las personas vulnerables a hacer frente a los efectos económicos del Covid-19. El autodenominado «escudo social» impuso la suspensión de los desahucios de quienes se encontrasen en una «situación de vulnerabilidad económica» que les imposibilitase «encontrar una alternativa habitacional».

La medida se extendió hasta el 30 de junio de este 2023, es decir, más de tres años después del inicio de la pandemia y, llamativamente, a pesar de que Pedro Sánchez alardea de las cifras de recuperación de la economía española.

Obligaciones

La nueva ley, pactada por el Gobierno con sus habituales socios parlamentarios, incluye una disposición transitoria con obligaciones para los propietarios que quieran recuperar su inmueble, en el caso de ser grandes tenedores. El Ejecutivo de PSOE y Podemos considera como tales a los dueños de más de cinco inmuebles.

Así, a partir de junio de este año, los desahucios suspendidos por motivo de la pandemia «sólo se reanudarán» a «petición expresa» del arrendatario y si «acredita que se ha sometido al procedimiento de conciliación o intermediación que a tal efecto establezcan las Administraciones Públicas». Ese proceso tendrá en cuenta «las circunstancias de ambas partes». El propietario tendrá que molestarse en acreditarlo con un documento en el que se indique el resultado del procedimiento de conciliación o intermediación, en el que se hará constar la identidad de las partes, el objeto de la controversia y si alguna de ellas ha rehusado participar en el procedimiento, en su caso. El certificado no podrá tener una vigencia superior a tres meses.

«Inquiokupación»

Desde el Partido Popular han llamado la atención sobre este asunto, advirtiendo que el decreto de medidas aprobado en 2020 fue «excepcional, pero sigue vigente tres años después».

«En el seno de las filas socialistas encontramos discursos opuestos. La vicepresidenta Calviño nos relata cada semana lo bien que va la economía y lo barato que hace la compra pero, por otro lado, la ministra Sánchez sigue renovando el decreto que impide luchar contra la inquiokupación debido a la situación económica en qué vivimos, ¿en qué quedamos?», se pregunta la diputada del PP María Soledad Cruz-Guzmán. Los populares consideran que la derogación de ese decretazo que «legaliza la okupación» tendría que ser «el primer artículo» de la futura Ley de Vivienda.

La ley complica extraordinariamente el trámite del desalojo de los ocupantes de una vivienda cuando el propietario lo reclame. Así, será el dueño el que deba ocuparse de acreditar si el inmueble que quiere recuperar «constituye vivienda habitual de la persona ocupante». Además, tendrá que especificar si se trata de un gran tenedor -más de cinco viviendas- o no y, en este último caso, tendrá que acreditarlo formalmente. En el caso de que sí lo sea, deberá informar si la persona que está ocupando el inmueble es o no vulnerable y, para ello, deberá presentar un documento «de vigencia no superior a 3 meses, emitido, previo consentimiento de la persona ocupante de la vivienda» por los servicios autonómicos y locales competentes. En caso de no recibir ese consentimiento, la ley le obliga a un nuevo trámite: presentar un «documento acreditativo que indique que la persona ocupante no consiente expresamente el estudio de su situación económica». 

Formalmente, la ley no hace distinción entre los inquilinos que no pagan el alquiler o los okupas que acceden de forma ilegal a la vivienda y que se pueden ver también beneficiados por toda esta burocracia. Además, se obliga a informarles de las alternativas en vivienda social y las ayudas públicas y subvenciones que podrían recibir.

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