La Ley de Género andaluza ordena “tratamiento psicológico» a hombres no denunciados por maltrato
La Ley de Género andaluza que Vox pide derogar se ha convertido en una pieza fundamental en la negociación del futuro Gobierno andaluz. El partido liderado por Santiago Abascal ha advertido de que no firmará el acuerdo de Gobierno con PP y C’s mientras esta norma, tal y como se encuentra redactada en estos momentos, siga con apoyo político, aplicación íntegra y dotación presupuestaria.
La norma andaluza, pese a asegurar que se limita a defender a la mujer, llega a regular hasta tratamientos psicológicos para los hombres sin el más mínimo control judicial, ni fiscal, ni policial. Incluso sin que se haya llegado a presentar una denuncia: el más mínimo informe de cualquier funcionario de los servicios sociales municipales abre la puerta a la aplicación plena de una ley que extiende la presunción de culpabilidad a los hombres de una forma absolutamente descontrolada.
La ley autonómica de género fue aprobada prácticamente en los minutos de descuento del mandado de Susana Díaz. Su aprobación se llevó a cabo el 30 de julio de 2018. Y en ella figura, por ejemplo, la regulación de “un nuevo artículo 10 bis», con la siguiente redacción: «Artículo 10 bis. Programas dirigidos a hombres para la erradicación de la violencia de género”.
Ese apartado abre la puerta a todo un abanico de actuaciones contra los varones sin la más mínima intervención ni control judicial: “1. La Administración de la Junta de Andalucía promoverá programas y actuaciones de prevención de todas las formas de violencias y desigualdades de género, dirigidos específicamente a hombres, como forma de prevención”, señala la Ley.
A continuación aclara que esos “programas podrán incluir medidas para la reducción del riesgo de la violencia de género a través de la reeducación social, que podrá comprender tratamiento psicológico, mecanismos de readaptación, resocialización, rehabilitación y otros procedimientos técnicos aconsejables”.
Es decir, que sin mediación de ningún juez, la Junta se concede poder para aplicar tratamientos psicológicos a todo aquel que, “preventivamente”, considere que puede esconder un machista en potencia, cosa que tampoco será extraña porque la misma ley afirma en otro de sus puntos que considera que esa violencia machista es de “naturaleza estructural” en el hombre. O, lo que es lo mismo, que todo varón esconde un agresor en su interior.
Todo ese catálogo de medidas aparece en la Ley de Género andaluza. Y el punto 84 del acuerdo de gobernabilidad de Andalucía entre PP y Ciudadanos recoge el impulso a esta norma. Allí se detalla que “impulsaremos un gran acuerdo contra la violencia de género en Andalucía que desarrolle en nuestra comunidad los avances logrados con la aprobación del Pacto de Estado contra la violencia de género”.
El texto añade que el acuerdo “implemente, con dotación presupuestaria suficiente, todas y cada una de las medidas previstas en la ley 7/2018, de 30 de julio, por la que se modifica la ley 13/2007 de 26 de noviembre de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, a fin de acabar con esta lacra social”.
La ley 7/2018 es la que plasma los tratamientos psicológicos para los hombres sin condena, ni mediación judicial, ni denuncia. Simplemente porque un funcionario de la Junta de Andalucía lo decida. Esa norma en cuestión recoge, además, todo un programa de “reeducación social” para lograr “la reducción del riesgo de la violencia de género”, como señala expresamente la norma.
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