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La Fiscalía tumba ahora el victimismo de Iglesias y Montero: no hubo acoso en su casoplón de Galapagar

El Ministerio Público pide que se confirme la sentencia que absolvió a Miguel Frontera

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La Fiscalía tumba ahora el relato victimista de Pablo Iglesias e Irene Montero sobre el supuesto acoso que dijeron haber vivido en su chaletazo de Galapagar y que denunciaron en los tribunales. El Ministerio Público cambia totalmente de criterio respecto al que sostenía en este caso hace unos meses, cuando llegó a pedir varios años de prisión contra el denunciado por el matrimonio Iglesias-Montero. El ex vicepresidente del Gobierno de España y la que fuera ministra de Igualdad denunciaron a Miguel Frontera, una de las personas que asistió a las manifestaciones en el entorno de su domicilio. La juez de primera instancia acabó absolviéndole tras un juicio. Iglesias y Montero recurrieron el fallo ante la Audiencia Provincial. El Ministerio Público ha impugnado este recurso de apelación y pide que se confirme la sentencia que declara inocente a Frontera. Incluso la Fiscalía no cree ni a Iglesias ni a Montero.

Pablo Iglesias e Irene Montero llevan años luchando en los tribunales para que las personas que se reunían alrededor de su casa de La Navata (Galapagar) paguen por ello. Si bien durante estas concentraciones también había grupos de defensores de la pareja, los fundadores de Podemos decidieron denunciar a uno de los manifestantes críticos por los presuntos delitos de acoso, descubrimiento de secretos y delitos continuados de injurias graves. La juez fue clara el 1 de julio de 2024 cuando dictó una sentencia en la que aseguraba que no hay pruebas de que Miguel Frontera tuviera «intención de vigilarles, de buscar su cercanía física o de establecer contacto con los allí residentes». Tampoco le condenó por los supuestos insultos que Iglesias y Montero dijeron que les había proferido, puesto que habían prescrito.

Las reacciones no se hicieron esperar. «No se puede con tanta impunidad», escribió Montero en su cuenta de Twitter. La pareja de Podemos recurrió la sentencia y el fiscal ha enviado un escrito al Juzgado de lo Penal número 14 de Madrid en el que se opone a esta petición. OKDIARIO ha accedido a este documento en el que recuerda los hechos probados durante el juicio oral en los que se fundamenta el fallo. También cita jurisprudencia previa en la que se apoya la decisión judicial y su criterio. «No se consideran coacciones, sino un mecanismo ordinario de participación democrática de la sociedad civil o de la libertad de expresión de una pluralidad de ciudadanos», señala la citada jurisprudencia.

Desmonta las alegaciones

El fiscal rebate punto a punto las alegaciones presentadas por la defensa de Iglesias y Montero. La primera queja de los fundadores de Podemos es que se ha aplicado incorrectamente el delito de acoso. «Sustancialmente, la prueba que se desarrolló en la vista oral consistió en la declaración del acusado que se ciñó a las preguntas formuladas por su representación legal, al visionado de las imágenes, no de forma completa, pues la acusación particular interesó el visionado de alguna de las propuestas por ella, que no resultó posible, al haber sido borradas, parece ser, de forma accidental. […]  Las concentraciones que se producían en las proximidades del domicilio no podían tener como finalidad vigilar a los recurrentes, era imposible al existir vigilancia durante 24 horas del día y un perímetro de seguridad que se fue ampliando», esgrime el fiscal.

Y prosigue: «Tampoco quedó acreditado que tuvieran la finalidad de contactar con ellos o buscar su cercanía física dada la existencia del perímetro de seguridad ya citado y las declaraciones testificales. Lo cierto es que la finalidad del acusado —como la de todas las personas que allí se congregaban a diario— era mostrar su malestar, disconformidad y su crítica a la gestión política que se llevó a cabo en la pandemia».

Iglesias y Montero también alegaron que existe una prueba de un vídeo en el que se ve a Miguel Frontera subido a una roca desde la que supuestamente intentó grabarles accediendo a su intimidad. La Fiscalía también tumba estas tesis que, previamente, fueron desmontadas por la juez: «El vídeo tiene una duración de 10 segundos, se realiza en movimiento, se aprecia parte del jardín y del porche de la vivienda y no se aprecia figura humana alguna, sólo se ve un perro».

La pareja también pide que se revise la sentencia en cuanto al delito de injurias graves que denunciaron en un primer momento. Iglesias dice que Frontera le llamó «chepas», «garrapata» e «hijo de terrorista». El fiscal indica que se trata de injurias leves despenalizadas y que, en el caso de las más graves, los delitos de injurias prescriben al año, según estipula el Código Penal.

Antes pedían cárcel

La propia Fiscalía pedía el pasado mes de julio penas de prisión por estos hechos ocurridos en Galapagar. Según el escrito de acusación al que ha tenido acceso este periódico, el representante del Ministerio Público solicitaba tres años de cárcel por los delitos de acoso y descubrimiento de secretos. El propio Iglesias recordaba estas peticiones para señalar a la juez que absolvió a Miguel Frontera, a quien sigue llamando «ultra que acosó» pese a la absolución. Ahora, el Ministerio Fiscal ha cambiado de criterio y pide que se confirme la sentencia que ha sido recurrida por Iglesias y Montero.

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