Estrasburgo avala las devoluciones en caliente de inmigrantes en Melilla y revoca la condena a España

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El Tribunal Europeo de Derechos humanos ha fallado a favor de la devolución en caliente de dos inmigrantes en la valla fronteriza de Melilla. Estrasburgo da así un giro a su postura sobre las devoluciones automáticas de inmigrantes que entran de manera ilegal en territorio español. Este fallo tendrá importantes consecuencias para la legislación española y para la europea en cuanto a política migratoria se refiere.

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera, en contra de lo que fallaron en una primera sentencia los jueces de Estrasburgo, que al llevar a cabo una devolución sumaria de dos inmigrantes subsaharianos que saltaron la valla de Melilla en 2014, España no violó la prohibición de realizar expulsiones colectivas de la Convención Europea de Derechos humanos ni, tampoco, el artículo 13 sobre el derecho a un recurso efectivo.

En una primera sentencia, en 2017, la corte europea ordenó a España el pago de una indemnización de 5.000 euros para cada uno de los afectados pero Mariano Rajoy, liderando el Gobierno de España, decidió recurrir dicha sentencia. El ejecutivo con el PP a la cabeza había legalizado las denominadas devoluciones en caliente en 2015, mediante una disposición adicional a la Ley de Seguridad Ciudadana.

A su llegada al Gobierno en 2018, el PSOE decidió mantener el recurso interpuesto por el anterior Ejecutivo del PP, a pesar de que los socialistas se comprometieron a paralizar las devoluciones sumarias.

El caso concreto sobre el que falla este jueves el Alto Tribunal europeo es el de los jóvenes africanos N.D. (Mali, 1986) y N.T. (Costa de Marfil, 1985), que el 13 de agosto de 2014 realizaron junto un grupo de hasta 80 migrantes un intento de saltar la valla de Melilla. Agentes de la Guardia Civil los «arrestaron, los esposaron y los devolvieron» a Marruecos nada más bajar de la última barrera, según constató Estrasburgo.

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