TRIBUNALES

Condenan al ‘faker’ a sueldo Alvise Pérez a pagar 20.000 euros a Eduardo Inda por calumniarle y difamarle

Alvise dedicó varios mensajes a descalificar personalmente al director de OKDIARIO

Condenan al ‘faker’ a sueldo Alvise Pérez a pagar 20.000 euros a Eduardo Inda por calumniarle y difamarle
Alvise Pérez.
Luis Balcarce

El eurodiputado y faker a sueldo Alvise Pérez ha sido condenado a indemnizar con 20.000 euros al director de OKDIARIO, Eduardo Inda, por intromisión ilegítima en su derecho al honor y a la intimidad. La sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Madrid, es un demoledor varapalo judicial para este farsante, que deberá además publicar el fallo de forma indefinida en todas sus redes sociales.

La magistrada Mercedes de Mesa García ha estimado íntegramente la demanda presentada por Inda tras considerar probado que Alvise realizó durante 2021 una campaña sistemática de difamación contra el director OKDIARIO mediante publicaciones en Twitter, Facebook e Instagram que carecían de cualquier fundamento documental.

Una campaña de difamación sin pruebas

La resolución judicial recoge con detalle las múltiples publicaciones difamatorias que Alvise realizó entre marzo y noviembre de 2021. Entre las más graves, el eurodiputado afirmó categóricamente que Eduardo Inda había «sido despedido de los diarios Marca y El Mundo», cuando la realidad es que el periodista salió de Marca en marzo de 2011 para dirigir VeoTV, la televisión de Unidad Editorial, y luego abandonó voluntariamente El Mundo en 2015 para fundar OKDIARIO.

Especialmente relevante resulta la falsa imputación de condenas penales. Alvise aseguró en sus redes que Inda «fue condenado penalmente en firme por falsedades e injurias» y que «desde 2007 acumula diversos delitos de falsedad y calumnias» por «inventarse noticias» en el denominado caso Estribor.

Sin embargo, el juzgado ha constatado que existe una sentencia firme de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, de fecha 9 de febrero de 2010, que absolvió completamente a Inda de todas las acusaciones en dicho caso. La realidad es que Inda no ha sido condenado jamás, ni en vía civil ni en vía penal.

«No aporta ningún dato concreto»

La sentencia señala que «no se aporta documentación alguna de resolución condenatoria al actor por tales delitos» y critica duramente que el demandado diera «una información totalmente contraria» a la realidad judicial, conociendo además las fechas y el resultado absolutorio del proceso. «Todo ello sin aportar ningún dato concreto ni documento alguno, resultando afirmaciones totalmente gratuitas que afectan claramente al honor del actor».

Más allá de las falsedades sobre su trayectoria profesional, Alvise dedicó varios mensajes a descalificar personalmente al director de OKDIARIO. En un tuit de agosto de 2021, el eurodiputado se refirió a Inda como «putero, mafioso y extorsionador», calificativos que el tribunal considera «de forma gratuita, sin ningún dato que apoye los descalificativos y sin que responda a datos veraces o de interés informativo».

La sentencia también recoge que Alvise amenazó públicamente a funcionarios policiales, llegando a publicar el nombre y fotografía de un agente de la Policía Nacional, Mariano Hervás Cuevas, advirtiendo que «todo aquel que cometa un ilícito a petición de Inda será perseguido» y denominando a un supuesto entramado como «Mafia Indagate».

«No pueden considerarse meras opiniones»

La defensa de Alvise intentó justificar sus publicaciones como ejercicio legítimo de la libertad de expresión y opinión sobre personajes públicos. Sin embargo, la sentencia rechaza tajantemente este argumento. «No pueden considerarse meras opiniones, nunca indicaba ‘yo opino, yo pienso, yo creo, yo lo veo…’, eran afirmaciones categóricas de forma intencionada para dañar el honor del demandado con relevancia pública y los últimos para dañar su propia imagen personal», señala el fallo judicial.

Además de la indemnización económica, el tribunal impone a Alvise Pérez publicar el encabezamiento y el fallo completo de la sentencia en sus cuentas de Facebook, Twitter (actualmente X) e Instagram, permaneciendo estas publicaciones de forma indefinida.

Alvise tendrá que incluir en cada uno de los mensajes originales difamatorios un texto al principio que diga «Alvise Pérez ha sido condenado por vulneración del derecho al honor y a la intimidad de D. Eduardo Inda», con un enlace directo que lleve al lector al mensaje donde se publica la sentencia completa. La contundencia del fallo se refleja también en la imposición al faker de las costas procesales.

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