El truco que Hacienda no quiere que sepas: cómo reclamar 1.300 euros al año si compraste casa antes de 2013
Si adquiriste tu vivienda habitual antes del año 2013 puedes aprovecharte de esta ventaja
Requisitos y pasos a seguir para aprovechar la deducción que muchos pensionistas olvidan aplicar
El decreto ómnibus: qué medidas contempla y cómo nos afectará el posible rechazo en el Congreso
Muchos pensionistas en España están dejando pasar, sin saberlo, una oportunidad de oro para aliviar su bolsillo. A pesar de que la deducción general por compra de vivienda habitual desapareció hace más de una década, existe un «vacío» legal y fiscal que permite a quienes compraron su casa antes de 2013 recuperar una media de 1.300 euros anuales.
Hacienda no suele enviar recordatorios sobre este derecho, pero si cumples con los requisitos, ese dinero es legítimamente tuyo.
¿Quiénes pueden solicitar esta devolución?
La clave reside en la fecha de adquisición del inmueble. Todos aquellos propietarios que compraron su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 mantienen el derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual en su declaración de la Renta. Aunque la norma cambió para los nuevos compradores, el principio de retroactividad protege a quienes ya tenían préstamos hipotecarios vigentes o habían realizado pagos para la compra de su casa antes de esa fecha.
Para los pensionistas, este ingreso extra de unos 100 euros al mes (calculados sobre la base máxima deducible) supone un respiro fundamental frente a la inflación. El requisito indispensable es que se haya aplicado esta deducción en ejercicios anteriores a 2013, manteniendo así el derecho consolidado.
Cómo realizar la reclamación de forma efectiva
No se trata de un proceso automático; el contribuyente debe reflejarlo correctamente en su borrador. Si en años anteriores no lo has hecho por desconocimiento, aún estás a tiempo. Es posible solicitar una rectificación de la autoliquidación de los últimos cuatro ejercicios fiscales no prescritos.
Para reclamar estos importes, es necesario presentar los justificantes de los pagos hipotecarios realizados durante el año (cuotas de capital e intereses) y, en algunos casos, los seguros vinculados a la hipoteca que también pueden desgravar. Si la Agencia Tributaria comprueba que los datos son correctos, el ingreso de las cantidades no disfrutadas se realiza directamente en la cuenta bancaria del pensionista.