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La Seguridad Social confirma el palo: ya hay un máximo para las pensiones contributivas

pensiones contributivas
Blanca Espada

La actualización normativa de este año sobre las pensiones y lo que se cobra, ha despejado una de las dudas que más circulaban entre los trabajadores que se acercan a la jubilación y es que existe un límite máximo para lo que se puede cobrar en una pensión contributiva, con independencia del historial profesional o del número de años que se tengan cotizados. La cifra, fijada anualmente en los Presupuestos Generales del Estado, actúa como una barrera que no se puede sobrepasar. Da igual que la base reguladora salga muy por encima o que el trabajador haya acumulado décadas de cotización; el tope se aplica sin excepciones salvo en casos muy concretos.

La propia Seguridad Social lo reitera, explicando que la ley impide que una pensión contributiva supere la cuantía máxima fijada para ese ejercicio. Y este recordatorio llega en un momento clave, coincidiendo con la subida de bases máximas de cotización que ha ensanchado la distancia entre lo aportado y lo realmente percibido. Este desfase afecta especialmente a quienes han cotizado siempre por bases altas y esperaban que su pensión reflejara esa aportación. El escenario genera cierto desconcierto entre trabajadores que han dedicado toda su vida laboral a cotizar al máximo y que ahora ven que, incluso cumpliendo todos los requisitos, cobrarán lo mismo que otros con trayectorias similares pero bases inferiores. Pero para la Administración no hay contradicción, dado que la normativa busca equilibrar el sistema y evitar desajustes en el gasto futuro. Para quienes se jubilan, en cambio, supone confirmar que existe una frontera económica que no pueden rebasar.

Ya hay un máximo para las pensiones contributivas

La clave está en el artículo 57 de la Ley General de la Seguridad Social, que establece que el importe inicial de cualquier pensión contributiva no podrá superar la cuantía íntegra mensual fijada cada año por los Presupuestos. Esto significa que, aunque la base reguladora resultante sea elevada, la pensión final nunca superará el máximo permitido. Para 2025, la cifra queda establecida en 3.359,60 euros mensuales en catorce pagas.

El proceso funciona siempre igual. Primero se calcula la base reguladora con los últimos 25 años cotizados. Después se aplica el porcentaje que corresponde según el tiempo total de cotización, pudiendo llegar al 100 por ciento en carreras completas. Una vez obtenida la cifra teórica, se compara con el límite legal. Si lo supera, queda automáticamente reducida al tope. Sin bonificaciones, sin ajustes adicionales y sin compensaciones por el exceso de cotización.

Este mecanismo explica situaciones cada vez más frecuentes: trabajadores con más de 40 años de cotización que, pese a haber aportado por bases máximas, no alcanzarán jamás una pensión proporcional a lo cotizado. Tras la subida de la base máxima de cotización hasta 5.101,20 euros mensuales, la diferencia entre lo cotizado y lo cobrado se amplía aún más. El sistema, en definitiva, no paga en función de lo ingresado, sino en función del límite anual marcado por los Presupuestos.

Cuándo se puede cobrar más del máximo

Aunque el límite es obligatorio, la ley contempla dos supuestos excepcionales en los que un pensionista sí puede percibir cantidades superiores a los 3.359,60 euros mensuales.

  • Complemento para la reducción de la brecha de género. Este complemento, de 36,90 euros por hijo, puede sumarse a la pensión aunque esta ya esté en el tope máximo. La norma lo califica expresamente como un complemento y no como parte de la pensión contributiva, por lo que queda fuera del límite.
  • Jubilación demorada. El segundo caso corresponde a quienes retrasan voluntariamente su edad de jubilación. En estos supuestos, la Seguridad Social concede un incentivo económico adicional que se cobra aparte de la pensión máxima.

En este caso el trabajador puede elegir entre varias fórmulas:

  • Incremento del 4 por ciento por cada año completo adicional trabajado. Este aumento se aplica sobre la pensión y es permanente.
  • Pago único, calculado según la cuantía de la pensión y el periodo cotizado.
  • Fórmula mixta, que combina una parte del incremento con una parte del pago único durante un tiempo limitado.
  • Incentivos para periodos inferiores al año, como un 2 por ciento adicional por seis meses de demora.

Estas bonificaciones permiten superar el límite porque la normativa las considera un incentivo independiente, no una ampliación de la pensión.

Un sistema que crece en complejidad

El debate sobre el tope máximo se intensifica a medida que aumenta la base máxima de cotización y que los trabajadores con carreras largas se preguntan por qué no pueden recibir una pensión acorde al montante cotizado. La respuesta, desde el punto de vista técnico, está en el equilibrio financiero del sistema. Fijar un límite busca evitar un crecimiento descontrolado del gasto futuro, especialmente en un momento en el que la esperanza de vida aumenta y el número de pensionistas seguirá creciendo.

Aun así, la percepción social es distinta. Muchos profesionales de salarios altos consideran que el sistema penaliza el esfuerzo contributivo. Otros, en cambio, defienden que el límite permite sostener un modelo solidario donde los ingresos más altos ayudan a financiar las pensiones más bajas. En cualquiera de los casos, la realidad es que el máximo existe, se aplica y se mantendrá mientras la ley no cambie.

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