Banca

Santander exige a los afectados del Popular renunciar a acciones legales para no reclamarles las costas

Ferrovial Santander
Sede de Banco Santander.
Eduardo Segovia
  • Eduardo Segovia
  • Corresponsal de banca y empresas. Doctor y Master en Información Económica. Pasó por El Confidencial y dirigió Bolsamanía. Autor de ‘De los Borbones a los Botines’.

El reciente fallo del Tribunal General de la Unión Europea que  blinda al Banco Santander contra demandas civiles por las pérdidas de los accionistas del Banco Popular permitía a la entidad que preside Ana Botín reclamar las costas a los afectados en los pleitos civiles, que ahora va a ganar el banco. El Santander está ofreciendo a los demandantes no reclamárselas a cambio de que renuncien a otras acciones legales, según fuentes de este colectivo.

Esta actuación en los tribunales supone el 50% de una estrategia cuya otra mitad es la solicitud la semana pasada a la Audiencia Nacional para que le excluya de una posible responsabilidad civil subsidiaria en caso de que se condene a los antiguos responsables del Popular. La entidad argumenta que la sentencia citada del Tribunal europeo también es aplicable a este caso, al establecer que no se pueden pedir responsabilidades al comprador del banco por la venta de acciones o bonos realizadas por sus antiguos gestores.

Con estas dos actuaciones, el Santander pretende quedar exonerado de cualquier posible pago de indemnizaciones a los cerca de 300.000 perjudicados por la resolución del Popular, que tenían acciones o deuda subordinada. En los pleitos civiles, lo que plantea concretamente es aceptar el desistimiento de los demandantes si firman esa renuncia a acciones legales; en caso contrario, sus abogados se oponen al desistimiento. Un portavoz del banco no hizo comentarios sobre esta información.

Pero esto plantea una pregunta: si el Santander está exonerado de pagar indemnizaciones por la sentencia europea, ¿para qué necesita pedir a los afectados que renuncien a tomar acciones legales? Tiene lógica no exigirles las costas por una cuestión reputacional y de imagen, pero este otro requerimiento es más difícil de entender.

¿Por qué Santander pide la renuncia a acciones legales?

Según fuentes cercanas a la entidad, hay tres razones para ello. La primera es, precisamente, la posibilidad de ser considerado responsable civil subsidiario en la causa penal de la Audiencia Nacional si el juez José Luis Calama no acepta su solicitud. En ese caso, muchos demandantes civiles podrían sumarse a las querellas presentadas para ser indemnizados si finalmente hay condena.

La segunda es el temor a que haya otras cuestiones prejudiciales en las que la Justicia europea no le dé la razón; la sentencia actual sólo se aplica en los casos más numerosos, pero no en todos. Por ejemplo, aquellos demandantes que hubiesen comprado las acciones antes de la entrada en vigor de la normativa de resolución podrían exigir una indemnización ya que, cuando adquirieron los títulos, no existía ese riesgo de que los accionistas o bonistas tuvieran que rescatar el banco en caso de inviabilidad, ni se eximía al comprador de hacerlo por actuar en pro del interés general.

En tercer lugar, hay una demanda tramitada por enriquecimiento injusto, porque el Santander en sus valoraciones públicas justificó que pagaba cero euros y amortizaban 2.000 millones de bonos subordinados y cocos (títulos parecidos a las antiguas preferentes) porque tenían un riesgo de 2.800 millones de litigios; riesgo que no se ha materializado y, por tanto, ha permitido al Santander beneficiarse de aquellas acciones.

Esta demanda, presentada por el bufete Fieldfisher Jausas, ha sido rechazada en primera y segunda instancia, y se encuentra recurrida ante el Supremo. Aunque no es lo más probable, existe la posibilidad de un fallo del Alto Tribunal a favor de los demandantes, que abriría la vía para que todos los perjudicados reclamaran por esa vía del enriquecimiento injusto. Algo que no podrían hacer si aceptan el trato que les propone el Santander.

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