Sánchez vuelve a abusar del Real Decreto: las bonificaciones a la contratación se aplicarán en septiembre

Pedro Sánchez bonificaciones contrataciones
Pedro Sánchez bonificaciones contrataciones
Eduardo Segovia
  • Eduardo Segovia
  • Corresponsal de banca y empresas. Doctor y Master en Información Económica. Pasó por El Confidencial y dirigió Bolsamanía. Autor de ‘De los Borbones a los Botines’.

El abuso de la fórmula del Real Decreto-ley por parte de Pedro Sánchez ha alcanzado máximos este miércoles con la norma que cambia el sistema de bonificaciones a la contratación indefinida, aprobada en el último Consejo de Ministros. Dicho sistema no entrará en vigor hasta el 1 de septiembre, según publica el BOE, es decir, nueve meses después de su aprobación. Algo que no se compadece con la «extraordinaria y urgente necesidad» de las medidas que requiere la Constitución para utilizar estos decretos.

Hasta ahora, el récord del Gobierno de tardanza para la entrada en vigor de un Real Decreto-ley lo tenía la llamada ‘ley rider, que daba un período de tres meses para que las empresas de reparto se adaptaran a la nueva regulación. Pero los nueve meses de la norma de este miércoles no tienen parangón.

Algunos expertos sostienen que puede ser razonable dar ese período para que las compañías puedan estudiar las nuevas bonificaciones y modificar los contratos para beneficiarse de ellas (o para no perder las que disfrutan actualmente). Pero lo que no tiene un pase, añaden, es que entonces se apruebe por Real Decreto-ley en vez de tramitarse como una ley ordinaria en el Parlamento.

Pero es que lo que pretende Sánchez con el abuso de esta fórmula es precisamente evitar tener que pasar por el Congreso, donde se pueden introducir enmiendas (incluso por sus propios socios) que modifiquen las normas que aprueba el Consejo de Ministros. Algo que es muy habitual, como demuestra la reciente ley de los impuestazos a energéticas, bancos y grandes fortunas. En cambio, los reales decretos deben convalidarse íntegramente tal como se presentan, sin posibilidad de modificaciones. Lo cual obliga a PNV, Bildu, ERC, Compromís, etc. a elegir entre dar su aprobación tal como están o provocar que no salgan adelante.

El propio Gobierno es consciente de que este Decreto no cumple las exigencias constitucionales y trata de justificarlo en la situación excepcional de la economía con un párrafo de lo más farragoso: «En cuanto a la segunda dimensión del presupuesto habilitante de la legislación de urgencia, concebida como conexión de sentido entre la situación de necesidad definida y las medidas que en el real decreto-ley se adoptan, generalmente, se ha venido admitiendo el uso del decreto-ley en situaciones que se han calificado como «coyunturas económicas problemáticas», para cuyo tratamiento representa un instrumento constitucionalmente lícito, en tanto que pertinente y adecuado para la consecución del fin que justifica la legislación de urgencia, que no es otro que subvenir a «situaciones concretas de los objetivos gubernamentales que por razones difíciles de prever requieran una acción normativa inmediata en un plazo más breve que el requerido por la vía normal o por el procedimiento de urgencia para la tramitación parlamentaria de las leyes»».

Este Real Decreto-ley reforma por completo los incentivos a la contratación laboral que obliga a las empresas a mantener el empleo de los trabajadores con contratos bonificados al menos durante tres años. Estos incentivos van orientados a los colectivos vulnerables o de baja empleabilidad, como parados de larga duración, jóvenes, mujeres y personas con discapacidad.

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