¿Qué debo saber del convenio regulador si me estoy divorciando?
Tras las vacaciones, mi mujer me ha dicho que quiere divorciarse. La noticia me ha pillado totalmente por sorpresa. Tenemos en común dos hijos y me gustaría saber los aspectos más importantes sobre el convenio regulador al respecto de ellos y de todo lo que me pueda afectar. Pedro R.L. (Cáceres).
Poner fin a la convivencia y al matrimonio lleva consigo una burocracia que es importante conocer de cara a proteger nuestros derechos a la vez que cumplimos nuestras obligaciones. A la hora de comenzar un proceso de divorcio, lo ideal es hacerlo de mutuo acuerdo.
Sin embargo, en muchas ocasiones este mutuo acuerdo no es posible, y esto se traduce en una situación en la que una de las partes presenta sus peticiones en una demanda de procedimiento contencioso, de la que se da traslado al otro cónyuge. Éste contestará a la demanda indicando con qué medidas está de acuerdo y proponiendo alternativa a aquellas que no comparte. A continuación, se celebrará un juicio en el que intervendrá el Ministerio fiscal si hay hijos menores y finalmente el Juez dictará sentencia, aprobando una serie de medidas, por las que se regirán las relaciones familiares a partir de ese momento. Por tanto, en el procedimiento contencioso no hay convenio regulador.
En el procedimiento de mutuo acuerdo el convenio regulador es el documento que recoge los acuerdos a los que han llegado los cónyuges respecto de los efectos del divorcio, como la pensión compensatoria, atribución del uso del domicilio familiar y como se reparten los gastos del mismo. En caso de que haya hijos se deberán contemplar todas las cuestiones que les afecten: régimen de comunicación y calendario de visitas y vacaciones (días intersemanales, fines de semanas, periodos de vacaciones, fechas especiales como cumpleaños …), la pensión de alimentos, la forma de reparto de los gastos extraordinarios (clases extraescolares, dentista, ortodoncia, …), la custodia, la patria potestad, y cualquier otra cuestión que afecte a las relaciones con ellos y a su bienestar.
En cuanto a la liquidación del régimen económico si era ganancial, puede hacerse también en el convenio, o bien dejarlo para un momento posterior.
No existe un convenio regulador modelo, ya que este tiene que estar adaptado a las necesidades de cada familia y por lo tanto confeccionado “ad hoc” para cada pareja que se divorcia.
A la demanda de divorcio de mutuo acuerdo se acompaña el convenio regulador firmado por ambos que será posteriormente aprobado en vía judicial, con intervención del ministerio fiscal si hay hijos menores. En los casos de matrimonio sin hijos menores o discapacitados podría hacerse ante notario.
En vía judicial, tanto si el divorcio es de mutuo acuerdo como contencioso será necesaria y obligatoria la asistencia por parte de un abogado y procurador. En vía notarial solo de abogado.
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