Nueva ley protege a mayores y discapacitados en el retiro de efectivo en cajeros
Una medida para evitar algo de lo que se quejan todos los clientes de los bancos
Se acabaron los cajeros automáticos en España
¿Sabías que hay cambios muy importantes si vas a ir al cajero y tienes esta edad? Si eres de los que prefieren sacar dinero en efectivo en la ventanilla de tu banco, en lugar de usar el cajero automático, esta noticia te interesa. Y es que el Gobierno ha aprobado una medida que afecta directamente a tu bolsillo y a tu comodidad. ¿Quieres saber de qué se trata? Sigue leyendo y te lo contamos.
Cambios muy importantes si vas a ir al cajero y tienes esta edad
Sacar dinero de un cajero automático es algo habitual para muchas personas, aunque también es cierto que aquellas personas de edad más avanzada pueden tener ciertas dificultades a la hora de entender bien todos los pasos que se deben dar no solo para retirar efectivo, sino para cualquiera de las otras operativas que ofrecen los cajeros.
La alternativa para ellos es acudir a la ventanilla, pero lo cierto es que dependiendo de cada entidad bancaria esto puede suponer el pago de una comisión, algo que ahora va a cambiar radicalmente.
Y es que si tienes más de 65 años o alguna discapacidad, debes saber que a partir de este año 2024, los bancos no podrán cobrarte ninguna comisión por sacar dinero en efectivo en ventanilla. Esta medida, impulsada por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, pretende proteger a los colectivos más vulnerables frente a las dificultades que pueden tener para usar los cajeros automáticos.
¿Por qué esta medida?
Las personas mayores y las personas con discapacidad suelen tener más problemas para adaptarse a las nuevas tecnologías, ya que no han crecido con ellas y pueden sentirse perdidas o inseguras. Además, pueden tener limitaciones físicas o mentales que les impidan ver bien la pantalla, introducir el código PIN, elegir la opción correcta o entender las instrucciones.
Esto hace que muchas veces prefieran acudir a la ventanilla de las oficinas bancarias, donde pueden recibir una atención más personalizada y cercana. Sin embargo, algunos bancos aprovechaban esta situación para cobrarles una comisión por este servicio, que podía llegar a ser de hasta 2 euros por operación.
Esta práctica era considerada abusiva e injusta por muchos usuarios y organizaciones de consumidores, que denunciaban que se estaba penalizando a las personas que más lo necesitaban. Por eso, el Gobierno decidió intervenir y prohibir esta comisión por ley, como una medida de justicia social y de defensa de los derechos de los mayores y los discapacitados.
¿Cómo se aplica la medida?
La medida se aplica a todas las personas que tengan más de 65 años o alguna discapacidad, independientemente del grado o la naturaleza de la misma. Para beneficiarse de ella, solo tienen que presentar su DNI o su certificado de discapacidad en la ventanilla, y podrán retirar el dinero que quieran sin pagar nada.
La medida se ha introducido mediante la modificación del artículo 35 del Real Decreto-ley 19/2018, que regula los servicios de pago y otras cuestiones financieras. Esta modificación entró en vigor el 1 de enero de 2024, y afecta a todos los bancos que operan en España.
¿Qué otras comisiones existen?
La medida «libera» a los mayores de 65 años de pagar comisiones a la hora de que les atiendan en ventanilla, pero lo cierto es que los bancos aplican otros muchos recargos por las diversas operativas que ofrecen. Así, estas otras comisiones pueden variar según el tipo de operación, el canal utilizado, el importe, la frecuencia, el tipo de cuenta o el perfil del cliente.
Según el Banco de España, estas son algunas de las comisiones más habituales que se pueden encontrar:
- Comisión por retirada de efectivo en cajeros
- Comisión por riesgo: se cobra cuando se concede un crédito o un préstamo.
- Comisiones por otros servicios con tarjetas: pueden ser de varios tipos: comisión por emisión, renovación, mantenimiento, duplicado, cambio de PIN, consulta de saldo, pago aplazado, etc.
- Comisiones por otros servicios relacionados con la gestión del crédito documentario: se cobran por la tramitación de operaciones de comercio exterior, como la importación o la exportación de bienes o servicios.
- Compensación o comisión de cancelación o amortización anticipada de una hipoteca: se cobra cuando se paga anticipadamente una parte o la totalidad de una hipoteca.
- Compensación o comisión por reembolso o amortización anticipada total o parcial de un préstamo
- Compensación por riesgo de tipo de interés de una hipoteca: se cobra cuando se cancela o se subroga una hipoteca con tipo de interés variable.
- Gasto por reclamación de posiciones deudoras: se cobra cuando el banco reclama al cliente el pago de una deuda vencida y no satisfecha.
- Gastos de correo: se cobran por el envío de correspondencia al cliente, como extractos, recibos, comunicaciones, etc.
¿Cómo evitar o reducir las comisiones?
Para evitar o reducir las comisiones bancarias, es importante estar bien informado y comparar las diferentes opciones que ofrecen los bancos. Algunas recomendaciones son:
- Leer atentamente el contrato antes de firmarlo, y preguntar cualquier duda que se tenga sobre las comisiones que se van a aplicar.
- Solicitar un documento con el desglose de todas las comisiones que se van a cobrar, y guardar una copia para futuras consultas o reclamaciones.
- Negociar con el banco las condiciones más favorables posibles, y aprovechar las ofertas o promociones que puedan existir.
- Revisar periódicamente los movimientos de la cuenta, y comprobar que no se han cobrado comisiones indebidas o erróneas.
- Usar preferentemente los cajeros de la propia entidad, o los que pertenezcan a redes asociadas o conveniadas, para evitar las comisiones por retirada de efectivo en cajeros de otras entidades.
- Agrupar las operaciones que se vayan a realizar en el cajero, para reducir el número de veces que se usa y, por tanto, las comisiones que se pagan.
- Usar los canales alternativos que ofrece el banco, como la banca online, la banca telefónica o la banca móvil, para realizar las operaciones más habituales, como consultar el saldo, hacer transferencias, pagar recibos, etc. Estos canales suelen ser más baratos o gratuitos que la ventanilla o el cajero.
En conclusión, la prohibición de cobrar comisiones por retirada de efectivo en ventanilla a los mayores de 65 años y las personas con discapacidad es una medida positiva que busca garantizar el acceso al dinero en efectivo de forma gratuita y segura. Esta medida se enmarca dentro de las políticas de justicia social y de defensa de los derechos de los usuarios que impulsa el Gobierno. Es importante que las personas mayores y las personas con discapacidad conozcan esta medida y la aprovechen, y que los bancos la cumplan y la respeten. Así, se podrá mejorar la calidad de vida de estos colectivos y de toda la sociedad.
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