La justicia tumba la ‘Tasa Amazon’ que impuso Barcelona a los repartidores a domicilio
el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado nula la Tasa Amazon
El sector logístico llevaba meses cargando con dureza contra la tasa a los operadores postales planteada por el Ayuntamiento de Barcelona, que gravaba a las empresas de reparto que facturaran más de un millón de euros al año, la conocida como ‘tasa Amazon’. Como consecuencia de ello, la patronal del sector logístico, UNO logística, había presentado un recurso contencioso-administrativo contra esta medida, al igual que la Asociación Española de Empresas de Mensajería (AEM).
Pues bien, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado nula esta ordenanza del Ayuntamiento de Barcelona, que se aprobó durante el mandato de Ada Colau, y que incluía una tasa a las compañías de reparto a domicilio sobre los productos que se compraban por internet. En concreto, esta medida fue impulsada por el actual alcalde, Jaume Collboni, cuando ejercía como responsable de la cartera económica local bajo el gobierno de Ada Colau.
AEM y UNO logística ganan el recurso
La Asociación Española de Empresas de Mensajería (AEM) ha ganado el recurso contencioso administrativo interpuesto frente al Ayuntamiento de Barcelona por el que se impugnaba la Tasa Amazon. En consecuencia, la Ordenanza Fiscal que aprobaba dicha tasa ha sido declarada nula de pleno derecho.
Asimismo, desde el sector de la logística, ya se apuntaba desde hace tiempo a que era necesario el fin de esta tasa para que el pequeño comercio y las pymes tuvieran la posibilidad de abrir sus fronteras y ampliar su clientela, sin que esta tasa lastrara su competitividad. Por lo que está decisión del TSJC, la consideran un éxito: «Desde UNO, la Organización Empresarial de Logística y Transporte de España, celebramos la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de suspender la tasa que grava la actividad de los operadores postales en la ciudad de Barcelona, tras estudiar el recurso contencioso-administrativo presentado por nuestra patronal hace unos meses. Como hemos defendido previamente, consideramos que esta tasa constituía un tributo discriminatorio y que impacta negativamente en la competitividad de nuestras empresas, sean del tamaño que sean, reduce las posibilidades de expansión del pequeño comercio y frena el desarrollo digital del territorio».
El Ayuntamiento de Barcelona justificó la necesidad de estas tasa basándose en el uso intensivo del espacio público que llevan a cabo los operadores postales por el desarrollo del comercio electrónico a la hora de repartir los pedidos, que implicaba la congestión y la contaminación de la vía pública, y que tenía el objetivo de compensar el impacto negativo en los comercios de proximidad.
No obstante, en la sentencia se indica que «la clasificación tributaria del gravamen, más que una verdadera tasa, es la de un auténtico impuesto que gravaría los potenciales o previsibles rendimientos obtenidos por actividades de las empresas distribuidoras de las mercancías adquiridas por comercio electrónico».
Asimismo, el tribunal considera que, si la ordenanza tiene como justificación finalista evitar la carga y descarga en la vía pública para envíos puntuales, «tal protección debe abarcar a todo vehículo susceptible de utilizar de igual forma el dominio público, pero no exclusivamente a los operadores postales que distribuyen bienes adquiridos a través del comercio electrónico».
No sólo afectaba a Amazon
La tasa Amazon gravaba a las empresas de reparto a domicilio sólo si la compra se realizaba por internet. No obstante, aunque esta norma se conocía como la Tasa Amazon, también afectaba a otras compañías como DHL y SEUR.
Este gravamen que se aprobó por mayoría en el Consejo Municipal tenía el objetivo de que las compañías se corresponsabilizaran de las externalidades generadas por su actividad, como son la contaminación y la congestión del tráfico.
Además, con esta medida que entró en vigor en febrero de 2023, el Consistorio tenía el objetivo de recaudar 2,6 millones de euros al año.
Asimismo, además de las críticas por parte de la Asociación Española de Empresas de Mensajería (AEM), la Autoridad Catalana de la Competencia (ACCO) también estaba en contra de este instrumento por considerar que discriminaba injustificadamente a los operadores postales.