Hacienda te vigila: lo que te puede pasar por esto que hacemos todos en el banco
La Agencia Tributaria controla muchos aspectos de la economía de los ciudadanos para asegurarse de que todos los movimientos económicos que se realizan están dentro de la legalidad, tanto si son en efectivo como en cuentas bancarias. Te contamos el problema que puedes tener con Hacienda por esto tan habitual que todos hacemos en el banco pero que quizás deberías hacerlo de otra manera.
Ingresar efectivo puede darte problemas con Hacienda
Entre los movimientos que Hacienda vigila con especial interés figuran los ingresos en efectivo que tanto particulares como empresas realizan en las entidades bancarias, una vigilancia especial para luchar contra el fraude y que hace que se establezcan unos límites de dinero en efectivo que se puede ingresar, y todo lo que supere esos límites puede ocasionarte un problema, una multa o una inspección por parte de la Agencia Tributaria.
Todas las entidades bancarias tienen la obligación de informar a Hacienda cuando alguno de sus clientes realiza un ingreso en efectivo y supera la cantidad establecida, que es de 3.000 euros. Este límite es tanto para ingresos en efectivo en la ventanilla del banco como a través de cajeros automáticos, cualquier ingreso que supere esa cifra será notificado a la Agencia Tributaria de forma inmediata.
Si realizas un ingreso en efectivo por ventanilla de 1.000 euros o más, se te podrá exigir identificación, mientras que si la cifra es igual o superior a 3.000 euros, Hacienda será informada y podrá investigar tus movimientos, ya que habrías superado el límite estipulado para hacer ingresos sin justificación. Estos límites se refieren a ingresos únicos por esa cantidad, la investigación, en principio, no se realizará si haces dos ingresos de 500 euros, por ejemplo, aunque si fueran muy frecuentes sí podrías tener que justificar igualmente ese dinero.
Ingresos en efectivo de autónomos o empresas
En el caso de que el ingreso sea de un autónomo o empresa, la Agencia Tributaria podrá investigar el movimiento y solicitar información a quien realiza el ingreso si supera los 2.500 euros, al igual que si se han llevado a cabo operaciones con billetes de 500 euros o si se ha solicitado un préstamo con un valor superior a los 6.000 euros, aunque en este caso no sea un movimiento en efectivo.
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