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Hacienda avisa a las familias de los problemas que pueden tener si hacen estas transferencias

Toma nota de la multa que puede caerte si haces este tipo de transferencias

Aviso urgente de Hacienda: la multa que debes evitar a toda costa

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Gemma Meca
  • Gemma Meca
  • Licenciada en Historia, máster en Periodismo y Comunicación Digital. Redactora en Ok Diario. Cuento historias, soy amante de los astros, sigo a la luna, los TT de Twitter y las tendencias en moda. Experta en noticias de consumo, lifestyle, recetas y Lotería de Navidad.

Las transferencias entre familiares están permitidas, pero deben cumplir ciertos requisitos para evitar problemas con Hacienda. El límite anual para donaciones es de 3.000€ para transferencias sin declarar entre familiares. Por encima de esta cantidad, se debe declarar como donación.

En cuanto a la documentación necesaria, es importante guardar documentación que justifique el origen y motivo de la transferencia, como facturas o recibos relacionados, contratos de préstamo familiar si aplica, y documentos que acrediten la relación familiar.

Para la declaración de donaciones, si se supera el límite, hay que presentar el modelo correspondiente de declaración de donaciones dentro del plazo establecido.

Para hacer transferencias de forma segura, es fundamental incluir siempre el concepto específico de la transferencia, mantener registros de la documentación justificativa y consultar con un asesor fiscal para casos específicos. También es importante considerar que las normativas pueden variar según la comunidad autónoma.

Está multando a Hacienda a todas las familias

Las multas a las familias también pueden acabar siendo una realidad, en especial, si tenemos en cuenta todo lo que nos está esperando. De la mano de un dinero o de una actividad que será la que nos haga recibir la famosa carta negra de Hacienda con un contenido que no esperaríamos.

Estamos ante una serie de cambios que pueden llegar a ser los que marcarán un antes y un después en estos días que tenemos por delante y que pueden ser significativos. Por mucho que queramos empezar a ayudar a un familiar, nada mejor para hacerlo que evitar este tipo de multas.

No siempre se puede enviar dinero sin justificación. Aunque sea un familiar, no es motivo para enviar grandes sumas de dinero. Es más, cambiará esa cantidad si somos empresa o particular, pero siempre tendrá un número fijo. De esta manera se evita cualquier escape a la hora de pagar unos impuestos con los que el sistema funciona.

Lejos de querer ayudar o de hacer las cosas de una manera distinta, es importante hacer realidad algunos detalles que pueden ahorrarnos más de un dolor de cabeza que no podemos dejar escapar.

Cuidado con estas transferencias que haces a tus familiares

El objetivo de Hacienda es evitar el blanqueo de dinero, es decir, no declarar una cantidad de euros que, aunque sirva para ayudar a una persona, puede ser motivo de una cuantiosa multa. Debemos estar pendientes de ese dinero que puede acabar siendo el que nos acompañe en estos días.

Tal y como vemos en el blog de ING, La Ley 7/2012, de 27 de octubre , para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, estableció una serie de límites en las operaciones a partir de los cuales se debe notificar la transacción, con el fin de luchar contra los delitos de blanqueo de capitales.

  • Operaciones bancarias que superen los 10.000 €. En esta categoría se encuadran las transferencias bancarias.
  • Transacciones en las que se intercambien billetes de 500 €, con independencia de su cuantía.
  • Pagos y cobros por más de 3.000 €, siempre que se realicen en metálico.
  • Préstamos y créditos por más de 6.000 €.

Siguiendo con la misma explicación: «Desde el 30 de abril de 2010, el artículo 34 de la Ley 10/2010, de 28 de abril , de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo obliga a presentar la declaración correspondiente a todas aquellas personas físicas que, actuando por cuenta propia o de un tercero, realicen los siguientes movimientos:

Salida o entrada en territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 10.000 € o su contravalor en moneda extranjera. Aquí se incluyen tanto las transferencias como el movimiento de dinero en efectivo.

Movimientos por territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 100.000 € o su contravalor en moneda extranjera. Al igual que en el caso anterior, se incluyen también los movimientos bancarios y los físicos».

Por lo que, tocará estar pendientes de estas transacciones para evitar más de un problema que puede incrementarse con el paso del tiempo. Necesitamos estar pendientes de una serie de elementos que serán los que nos acompañarán en estas próximas jornadas que tenemos por delante.

Si estás pensando en enviar o recibir un dinero, no lo dudes, ha llegado el momento de dejar salir algunos detalles que serán los que nos acompañarán en estos días que tenemos por delante. Toma nota de estos datos y cifras y evita superarlas.

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