ingreso mínimo

El Gobierno denuncia a familias en los tribunales para que devuelvan el ingreso mínimo y pierde

El Gobierno revisa la concesión de la prestación posteriormente con la declaración de IRPF y no duda en acudir a los juzgados contra las familias

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Elma Saiz, ministra de Seguridad Social.
Carlos Ribagorda

Cientos de familias españolas sufren en sus carnes todo el poder del aparato del Estado al tener que afrontar denuncias en los juzgados por el reclamo de cobros indebidos del ingreso mínimo vital (IMV). Pero, en bastantes casos, David vence a Goliat y los jueces dan la razón a las familias, que han tenido que gastar fondos en abogados para demostrar que sí tenían derecho a cobrar esa ayuda al no alcanzar los ingresos anuales mínimos exigidos. El ingreso mínimo es la medida estrella del llamado escudo social del Gobierno de Pedro Sánchez, pero para muchas familias recibirlo se ha convertido en un auténtico vía crucis.

El contexto de la situación es el siguiente. Las familias solicitan el ingreso mínimo vital y la Seguridad Social se lo concede si cumplen en ese momento concreto con los requisitos y no alcanzan un mínimo de ingresos anuales. Posteriormente, meses después, la Seguridad Social revisa las prestaciones con la declaración de IRPF y, si superan los ingresos, les envía una carta reclamando la devolución de la prestación.

Los afectados son numerosos y han denunciado en Europa al Gobierno para que le obligue a cumplir la Carta Social Europea y no reclame a familias pobres la devolución de la prestación porque, en muchos casos, no pueden hacerlo. Superar los ingresos mínimos es tan fácil como conseguir un trabajo temporal durante unos meses: cuando vuelve al paro, se queda sin nómina y sin ingreso mínimo porque supera el límite de ingresos.

«Si pides el ingreso mínimo y encuentras un trabajo temporal unos meses o unas semanas, ya superas el límite. Pero el empleo es temporal, lo pierdes y te quedas en el paro sin ingresos y sin la ayuda. Y, además, al cabo del tiempo recibes una carta del Gobierno donde te reclaman miles de euros por cobros indebidos al tener más ingresos del mínimo. Te encuentras con cero euros de ingresos y una deuda con la Seguridad Social», explican afectados por esta práctica del Gobierno.

Tras recibir la carta, los afectados presentan un recurso ante la propia Seguridad Social, que los rechaza todos, obligando a las familias a acudir a los tribunales para defenderse. Es el caso de una afectada -que prefiere mantener el anonimato- que acaba de ganar en los juzgados al Gobierno. La sentencia de Tribunal Superior de Justicia de Madrid es del pasado 18 de octubre y da la razón a la familia, a la que la Seguridad Social reclamaba 12.883,45 euros cobrados supuestamente indebidamente entre el 1 de junio de 2020 y el 28 de febrero de 2022.

Los argumentos jurídicos son complejos y tienen que ver con qué se considera unidad de convivencia familiar y si cuentan como ingresos de la familia la Renta Activa de Inserción (RAI) y la pensión de la ex pareja para la manutención de los hijos. El TSJ de Madrid sentencia finalmente que la familia tenía razón y sólo cobró indebidamente algo más de 3.150 euros, no los 12.883 que le reclamaba el Gobierno.

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Elma Saiz, ministra de Seguridad Social.

Otra sentencia a favor de una familia la dictó el TSJ de La Rioja en julio pasado. En este caso, el Gobierno reclamaba 4.513, 86 euros a una familia de Logroño. El Tribunal apela al Convenio de Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, ratificado por España, para oponerse a la reclamación que hace el Gobierno.

Argumenta este Tribunal Superior -que echa por tierra la sentencia del juzgado ordinario- que obligar a la beneficiaria de la prestación a reintegrar el dinero supone una carga individual excesiva que vulnera el artículo 1 de este Convenio de Protección de Derechos Humanos porque la prestación satisface necesidades básicas de subsistencia, el error en el cómputo de los ingresos de la familia fue de las autoridades estatales, y porque esos errores no deben remediarse a expensas de la persona afectada.

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