RENTA 2025

El fallo garrafal de Hacienda que te va a hacer ganar 4.000 €: sólo si estás en esta lista

Los mutualistas a los que Hacienda les debe dinero pueden reclamar su devolución en esta campaña de la renta

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(Foto: Freepik)
Pedro Antolinos

La campaña de la declaración de la renta empieza el próximo miércoles 2 de abril y, desde esta fecha, los mutualistas que están esperando una devolución de Hacienda podrán reclamar la cantidad correspondiente. Hasta el próximo 30 de junio, los jubilados que en su día cotizaron de más por mutualidades laborales por un error de la Agencia Tributaria podrán reclamar la cantidad correspondiente después de una sentencia histórica del Tribunal Supremo. Consulta en este artículo cómo está la situación de los mutualistas después del último comunicado del organismo que dirige María Jesús Montero.

Para sorpresa de pocos, ya que se trata de una decisión que viene del Gobierno de Pedro Sánchez, el ministerio de Hacienda cesó los pagos a los mutualistas a los que debía dinero después de haber entregado 1.400 millones hasta la fecha. Tras la inversión y con cientos de miles de mutualistas esperando su devolución, la Agencia Tributaria emitió un comunicado anunciando la cancelación y fijando un nuevo calendario de pagos en el que especifica que abonará lo que debe de forma fraccionada año a año.

«Queda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024», anunció la página oficial de la Agencia Tributaria después de haber abonado 1.300 millones a una gran parte de los 4,4 millones de jubilados que cotizaron de más en su día por mutualidades laborales. «También quedan sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas para la aplicación de la DT 2.ª de la LIRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos, cuya devolución no se hubiera acordado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024, cualquiera que sea la vía que se haya utilizado para su solicitud», informó.

El nuevo calendario de Hacienda con los mutualistas

Los jubilados que tienen pendiente una devolución se vieron beneficiados en su día de una sentencia histórica del Tribunal Supremo que obligaba a Hacienda a pagar el 100% de lo cotizado de más a los que lo hicieron antes del 1 de enero de 1967 y el 25% a los que cotizaron por mutualidades laborales entre 1967 y 1968. Esto suponía cantidades que ascendían a los 4.000 euros por jubilado que se fueron abonando conforme se fueron reclamando en la anterior campaña de la renta.

Los mutualistas que no llegaron a tiempo ahora tienen la posibilidad de reclamar su dinero, pero con el nuevo calendario de pagos que especifica la Agencia Tributaria. A partir del miércoles 2 de abril, con el inicio de la campaña de la renta, podrán solicitar la devolución de IRPF de los ejercicios 2019 y anteriores no prescritos. «La Disposición Final 16 de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, fija un nuevo sistema para que la Agencia Tributaria tramite las solicitudes de devolución de IRPF 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos para la aplicación de la DT2 LIRPF (‘devolución a mutualistas’)», informa la Agencia Tributaria a la vez que fija el nuevo calendario de pagos, que es el siguiente.

  • En 2025 se podrá solicitar la devolución de IRPF de los ejercicios 2019 y anteriores no prescritos.
  • En 2026, se podrá solicitar la devolución de IRPF del ejercicio 2020.
  • En 2027, se podrá solicitar la devolución de IRPF del ejercicio 2021.
  • En 2028, se podrá solicitar la devolución de IRPF del ejercicio 2022.

Cómo solicitar la devolución a Hacienda

Los cientos de miles de jubilados que cotizaron por mutualidades laborales y quieran reclamar la devolución del IRPF en esta campaña de la renta tendrán que rellenar un formulario que la Agencia Tributaria habilitará con el inicio de la campaña. Como ya sucedió en 2024, los perjudicados por un error de la Administración tendrán que completar sus datos personales y adjuntar el número de cuenta al que tiene que ir el ingreso. En caso de cualquier requerimiento, será Hacienda la que se ponga en contacto con los ciudadanos en cuestión.

El plazo de devolución, como sucede con las declaraciones de la renta, suele ser de seis meses desde que finaliza la campaña el 30 de junio. En caso de llegar al próximo 2026 sin haber efectuado el ingreso, es la propia Agencia Tributaria la que se pone una sanción del 4% en concepto de intereses que serán abonados al mutualista en función de los meses de retraso del abono. Una recomendación para las personas que están pendientes de devolución es rellenar los formularios en los primeros días de campaña para recibir los pagos lo más rápido posible.

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