La devolución de Hacienda ya está en marcha: así puedes saber qué día te va a llegar
Hacienda está llevando a cabo la devolución a los mutualistas que pagaron de más en su día
Muchos de los mutualistas que pagaron de más en su día a Hacienda tienen están a la espera de recibir los ingresos correspondientes de la Agencia Tributaria. Una sentencia histórica del Tribunal Supremo dio la razón a este grupo de jubilados que cotizaron por mutualidades en su día y que aún están a tiempo de realizar la reclamación en los canales habilitados por la Administración para llevar a cabo la solicitud. Millones de afectados ya han cobrado su dinero y cientos de miles están a la espera de recibir una cantidad de entre 3.000 y 4.000 euros por lo pagado de más en su día.
Según el Sindicato de Técnicos de Hacienda calcula que son alrededor de 4,5 millones de pensionistas que en su día cotizaron de más en las antiguas mutualidades y que ahora se podrán beneficiar de la sentencia del Tribunal Supremo, que el pasado año 2023 dio la razón a un trabajador de la Mutua Laboral de la Banca que había cotizado de más en su día por un error de la Agencia Tributaria. Además de la banca, esta sentencia del Alto Tribunal también se aplica a los que cotizaron por mutualidades que tienen que ver con la siderurgia, construcción, astilleros, comercio y un largo etcétera.
En concreto, las personas beneficiadas son que pagaron de más en el IRPF entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978 que tienen derecho a una reducción del 25%. Además, la STS 255/2023, REC. CASACIÓN 5335/2021 del 28 de febrero también reconoce a los pensionistas el derecho a disfrutar de una reducción fiscal del 100% por lo cotizado hasta el 31 de diciembre de 1966. Así que esto obliga a Hacienda a realizar un gran desembolso a las personas que en su día pagaron un IRPF del 100% cuando no debían hacerlo.
Los pensiones que no tienen derecho a esta devolución son las satisfechas por Clases Pasivas a los funcionarios públicos, las obtenidas por aportaciones a mutualidades laborales de autónomos, las de viudedad y las no contributivas. Así que el resto de mutualistas sí podrán realizar una reclamación ante la Agencia Tributaria en las declaraciones de los años 2019, 2020, 2021 y 2022, que son los años que aún no han prescrito.
Canal para la devolución de Hacienda
Tras conocerse al histórica sentencia del Tribunal Supremo, desde Hacienda se pusieron manos a la obra para habilitar un canal a través de la Agencia Tributaria para que los mutualistas afectados pudieran llevar a cabo la solicitud coincidiendo con la campaña de la declaración de la renta 2023. «La AEAT está trabajando de forma coordinada con la Seguridad Social, y otros organismos, al objeto de atender las solicitudes de devolución para mutualistas (D T 2ª LIRPF) a la mayor brevedad posible y con los menores inconvenientes para los ciudadanos», comienza informando a través de la página web oficial en la que también deja claro que: «Este formulario se podrá utilizar para solicitar todas las devoluciones correspondientes al período 2020-2023, si bien para 2023, en la mayoría de los casos el cálculo ya aparecerá en Renta Web y el ajuste se aplicará automáticamente en la declaración».
De esta manera, desde el pasado 20 de marzo los afectados ha podido rellenar un formulario habilitado en la página web de la Agencia Tributaria al que han podido acceder de forma simple con la cl@ve o certificado digital. Para rellenar este formulario basta con añadir los datos personales y el número de cuenta a la que tiene que ir a parar un ingreso que puede ser de entre 3.000 y 4.000 euros según lo cotizado de más en su día por parte de los mutualistas.
En lo que respecta al plazo para realizar la solicitud, la Agencia Tributaria también deja claro que: «El formulario de solicitud para la aplicación de la DT 2ª se podrá presentar desde su publicación en Sede electrónica y será de aplicación para aquellos años de IRPF que no estén prescritos en la fecha de presentación».
¿Cuándo es la devolución de Hacienda?
Hacienda ya ha procedido a realizar la devolución a los mutualistas afectados y en los próximos meses seguirá realizando estos ingresos a los pensionistas que cotizaron de más en su día. Normalmente la Agencia Tributaria se suele poner un plazo de seis meses para proceder a la devolución. En el caso que no ponerse al día antes de enero, a partir de 2025 tendrá que abonar unos intereses que suelen ser de alrededor del 4%. Lo lógico es que durante el mes de diciembre recibirán el ingreso las personas que aún no han recibido el pago después de la sentencia del Tribunal Supremo.
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