Descubre si te van a quitar el subsidio para mayores de 52 años: los cambios del SEPE que te van a afectar
Los cambios del SEPE que te pueden dejar sin subsidio
A finales del año 2023, el Ministerio de Trabajo y el de Economía en España anunciaron la aprobación del Real Decreto-Ley 7/2023, de 19 de diciembre, como parte de una nueva reforma de los subsidios por desempleo gestionados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Sin embargo, la propuesta no logró ser aprobada en el Congreso, generando incertidumbre sobre posibles cambios, especialmente en el subsidio destinado a personas mayores de 52 años. Aunque el texto legal no prosperó en la votación, se especuló sobre modificaciones, particularmente en la reducción progresiva de la base mínima de cotización para la jubilación en dicho subsidio. A pesar de la polémica generada, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, aseguró que no se trataba de un recorte.
Cambios en el subsidio a mayores de 52
La falta de aprobación en el Congreso dejó en suspenso la implementación de las medidas propuestas. Sin embargo, es crucial destacar que, a pesar de no haberse convertido en ley, los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años no deberían preocuparse por cambios inmediatos.
El SEPE emitió un comunicado para aclarar que las medidas previstas no entrarán en vigor ni antes ni después del 1 de junio de 2024, como se había planeado originalmente. Además, se subraya que los requisitos y trámites actuales del subsidio, incluyendo la obligación de presentar la Declaración Anual de Rentas, permanecen inalterados.
Uno de los cambios destacados que experimentarán los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años está relacionado con la ampliación de la base de personas que pueden acceder a él. Este ajuste responde a la última subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que fue del 5%, según la decisión del Ministerio de Trabajo en colaboración con los agentes sociales. El SMI alcanza ahora los 1.134 euros al mes, distribuidos en 14 pagas anuales. ¿Cómo repercute esto en la ayuda asistencial?
El requisito específico del SEPE implica que los beneficiarios no deben superar un límite de rentas mensuales que representen más del 75% del SMI. En otras palabras, los perceptores no pueden tener ingresos mensuales que superen los 850,50 euros, considerando el aumento del 5%. Anteriormente, el límite de ingresos estaba establecido en 810 euros al mes, lo que significa un aumento en el número de personas que pueden acceder al subsidio.
Es importante destacar que, a pesar de la controversia inicial y la falta de aprobación del proyecto de ley, los beneficiarios actuales del subsidio para mayores de 52 años mantienen sus condiciones y no se ven afectados por cambios inmediatos. El SEPE reitera que los requisitos y trámites existentes continúan vigentes, proporcionando estabilidad a quienes dependen de esta ayuda asistencial.
Por tanto, la incertidumbre inicial sobre posibles cambios en el subsidio para mayores de 52 años se disipa con la confirmación de que las medidas propuestas no se implementarán. La atención se centra ahora en cómo el aumento del Salario Mínimo Interprofesional afectará a la elegibilidad de un mayor número de personas para este subsidio, brindando un contexto claro para aquellos que dependen de esta forma de apoyo económico en España.
Otros cambios a partir de junio
Estas modificaciones deberían entrar en vigencia en junio de 2024, aunque las solicitudes previas a esa fecha o vigentes en ese momento se regirán por las normativas existentes. Aquellos que agoten su período de paro a partir del 30 de abril de 2024 podrán optar por la nueva prestación. Se introducen importantes ajustes, especialmente en la ampliación de las posibilidades de acceso para quienes no tienen responsabilidades familiares y para aquellos menores de 45 años.
Entre las novedades más significativas, se destaca la modificación en el valor de los subsidios. La cuantía actual, que representa el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) o 480 euros mensuales, experimentará un aumento con la nueva reforma. Además, la legislación introduce cambios en la prestación por desempleo contributiva, alterando las reglas para elegir entre utilizar el saldo restante de un desempleo anterior o iniciar una nueva prestación bajo las condiciones del último trabajo.
En términos de sanciones, se establecen consecuencias para aquellos que cobran prestaciones, y se implementa la nueva obligación de presentar la declaración de la renta para quienes perciben estos subsidios. Este cambio subraya la importancia de la transparencia fiscal y puede impactar en la gestión de estas prestaciones.
La reforma tiene como objetivo central fortalecer la protección de quienes han agotado sus subsidios, ampliando las opciones de acceso al subsidio de agotamiento de la prestación por desempleo. Se incluye a personas menores de 45 años sin cargas familiares, trabajadores eventuales del sector agrario y trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla que laboran diariamente en España. Para aquellos mayores de 45 años con responsabilidades familiares, se establece una uniformidad en la duración del subsidio, independientemente de la edad al momento de agotar la prestación.
La reforma no solo busca incrementar la estabilidad de los beneficiarios, sino también mejorar la accesibilidad a los subsidios. La eliminación del período de espera de un mes que seguía al agotamiento de la prestación contributiva facilita el proceso de solicitud para el subsidio por agotamiento. Además, se extiende el plazo de solicitud a seis meses, otorgando a los beneficiarios un período más amplio para realizar este trámite.
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