Economía

Del aguinaldo del tío a la propina para ‘comprarse algo’: ¿Hay que declarar el dinero regalado en Navidad?

Tesoro sindicada
Billetes y monedas de euros.

«No sé que regalarte, así que toma 50 euros para que te compres algo». Esta es una de las frases más repetidas durante las fiestas de Navidad. Familiares y amigos optan por dar dinero en metálico ante el problema de no acertar con los regalos. Pero cuidado, desde hace años Hacienda vigila este tipo de transacciones para reducir el flujo de dinero negro. De esta forma, muchos españoles si preguntan: ¿Tengo que declarar el dinero que me regalan en Navidad?

la Agencia Tributaria viene persiguiendo con mucha fuerza el blanqueo de capitales, por lo que anda ojo a vizor con esos regalillos navideños que en algunos casos puedan traducirse en u intento de pasar efectivo din que el Fisco se entere. Hacienda no establece una cantidad mínima a partir de la cual se deba declarar una donación. Sin embargo, si se produce una retirada de efectivo de una cuenta corriente, el banco sí debe avisar a la entidad, para que cualquiera de estos movimientos pase por la lupa de la Agencia Tributaria.

Según el código civil una donación es «un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta». Teniendo en cuenta esta definición, todo el dinero que se regale en Navidad a una persona o entidad sin necesidad de recibir algo como contraprestación es una donación, se debería declarar y estaría gravado por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones no es único para todo el territorio nacional, por lo que varía en función de cada comunidad autónoma. Además, el importe del gravamen también varía en función del parentesco, es decir, no de paga igual por el aguinaldo de la abuela que por esos 50 eurillos que te da tu tío «para que te compres algo». De esta forma, en cualquier donación realizada durante estas navidades se deberá rendir cuentas con Hacienda, disponiendo de un periodo de un mes desde que se recibe. Así mismo, el fisco tiene hasta cuatro años para reclamar su pago.

Al ser una practica muy popularizada y dado que la cuantía a declarar es, en la mayoría de los casos, mínima, Hacienda no suele recurrir ante ello. Sin embargo hay que tener en mente que estos regalos en metálico están considerados donación y por este motivo se vigila desde la Agencia Tributaria para evitar posible infracciones.

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