Jubilación anticipada

Se confirma el cambio de 180º en la jubilación anticipada: todo será a partir de esta edad

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Se confirma el cambio de 180º en la jubilación anticipada todo será a partir de esta edad
Blanca Espada

La jubilación es el momento que muchos trabajadores esperan con ganas e incluso se cuentan los años que quedan a medida que va cumpliendo edad. Tras décadas dedicadas al mundo laboral, llega la etapa de descanso, en la que se pueden disfrutar sin presiones de aficiones, familia y una vida sin horarios. Sin embargo, en los últimos años, este anhelo parece alejarse cada vez más. Con cada reforma en el sistema de pensiones, la edad de jubilación se retrasa, obligando a los trabajadores a permanecer activos por más tiempo. Entonces ¿a qué edad se puede recurrir a la jubilación anticipada?.

El hecho de que cada vez nos jubilemos más tarde, responde a varios factores, como el aumento de la esperanza de vida y la necesidad de mantener la sostenibilidad del sistema público de pensiones. A medida que la población envejece y los jóvenes ingresan más tarde al mercado laboral, la presión sobre la Seguridad Social se intensifica. Esto ha llevado a establecer nuevas normativas que regulan no sólo la edad de jubilación ordinaria, sino también la anticipada, imponiendo requisitos más estrictos para acceder a ella. En este contexto, se han confirmado cambios relevantes con respecto a la jubilación anticipada. Y aunque todavía nos podemos retirar antes de la edad ordinaria en algunos casos, las condiciones han cambiado de manera significativa. A continuación, repasamos cuáles son los nuevos límites de edad, quiénes pueden beneficiarse de la jubilación anticipada y cuáles son los coeficientes reductores que se aplicarán a la pensión.

La edad ordinaria de jubilación en 2025

En España, la edad de jubilación se determina por dos factores clave: la edad del trabajador y los años cotizados a la Seguridad Social. En 2025, la normativa establece que podrán jubilarse con 65 años aquellas personas que hayan cotizado al menos 38 años y 3 meses. En caso de no haber alcanzado este tiempo de cotización, la edad ordinaria se eleva hasta los 66 años y 8 meses.

Este escalado en la edad de jubilación responde a una estrategia de sostenibilidad del sistema público de pensiones, adaptándose al incremento de la esperanza de vida y al retraso en la incorporación de los jóvenes al mercado laboral. Sin embargo, existen situaciones en las que es posible adelantar la edad de jubilación.

Jubilación anticipada: ¿qué trabajadores pueden acceder?

La Seguridad Social prevé excepción en la edad de jubilación para determinados colectivos profesionales. Se trata de trabajadores que desarrollan actividades especialmente peligrosas, penosas o insalubres, lo que justifica su retiro anticipado debido al desgaste físico y mental que implican estas profesiones.

Entre estos colectivos destacan los trabajadores de la minería, quienes están expuestos a sustancias tóxicas, humedad y riesgos constantes de derrumbes. También se incluyen los bomberos, quienes enfrentan incendios, explosiones y materiales peligrosos en el ejercicio de su labor.

El personal ferroviario, expuesto a altos niveles de estrés y riesgo de accidentes, también tiene derecho a la jubilación anticipada, al igual que los trabajadores del mar, pescadores y marineros, quienes operan en condiciones extremas.

Asimismo, las fuerzas de seguridad del Estado, como la Policía Nacional, la Guardia Civil, también pueden retirarse antes de la edad ordinaria debido a la naturaleza de su trabajo, que los expone a situaciones de alto riesgo y conflictos violentos.

En el sector del entretenimiento, bailarines, toreros, acróbatas y trapecistas pueden jubilarse anticipadamente debido al desgaste físico prematuro que sufren. Cada uno de estos grupos profesionales cuenta con normativas específicas que establecen los años de cotización requeridos y la edad a la que pueden jubilarse.

La nueva edad de jubilación anticipada y los coeficientes reductores

El gran cambio en la normativa de jubilación anticipada radica en la edad mínima a la que un trabajador puede acceder a este derecho. Con pocas excepciones, ningún trabajador podrá jubilarse antes de los 52 años.

En casos como el de los mineros, la jubilación anticipada puede solicitarse a partir de esta edad, pero con la aplicación de coeficientes reductores sobre la pensión. Estos coeficientes se establecen en un rango de 0,05 a 0,5 por año trabajado, lo que significa que el monto final de la pensión será menor cuanto antes se acceda a la jubilación.

Para los trabajadores ferroviarios, la jubilación anticipada se permite hasta 10 años antes de la edad ordinaria, aplicándose coeficientes reductores de entre 0,10 y 0,15, dependiendo del tiempo trabajado en la profesión.

El objetivo de estas reducciones es equilibrar el impacto financiero que supone un retiro anticipado para el sistema de pensiones. Es decir, cuanto antes se acceda a la jubilación, mayor será la reducción aplicada a la cuantía mensual de la pensión.

En conclusión, el retraso en la edad de jubilación y las nuevas condiciones para acceder a la jubilación anticipada reflejan la necesidad de adaptar el sistema de pensiones a la realidad demográfica y económica actual. Aunque todavía es posible retirarse antes de la edad ordinaria, las condiciones se han endurecido significativamente, con coeficientes reductores que impactan la cuantía de la pensión y un umbral mínimo de edad que, en la mayoría de los casos, impide retirarse antes de los 52 años.

Esto implica que los trabajadores deben planificar con mayor precisión su jubilación, asegurándose de contar con los años de cotización suficientes para evitar penalizaciones y optar a una pensión digna. Con cada reforma, el hecho de retirarse se convierte en un objetivo más lejano, obligando a los trabajadores a permanecer en activo durante más años y adaptarse a un sistema que, aunque busca ser sostenible, plantea desafíos para quienes sueñan con jubilarse y además, de forma anticipada.

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