sepe

Los casos en los que el SEPE elige el efectivo como forma de pago

El SEPE puede pagar en efectivo

El SEPE puede realizar pagos en efectivo

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es la entidad encargada de gestionar las prestaciones y subsidios por desempleo en España. Por lo general, el SEPE efectúa los pagos de estas ayudas a través de transferencias bancarias, cumpliendo con una normativa clara que establece la domiciliación bancaria como el método estándar de pago.

Sin embargo, existen situaciones excepcionales en las cuales el beneficiario tiene la opción de recibir el pago en efectivo, ofreciendo flexibilidad a ciertos casos específicos.

Pago en efectivo del SEPE

Cuando un individuo se encuentra en situación de desempleo y solicita la prestación contributiva, comúnmente conocida como «paro», debe proporcionar su número de cuenta bancaria en la solicitud. Esto garantiza que cada mes, mientras mantenga el derecho a recibir la prestación, se realice una transferencia bancaria a su cuenta. Este procedimiento se replica en el caso de cualquier subsidio por desempleo otorgado por el SEPE.

A pesar de la rigurosidad de esta normativa, hay tres excepciones que permiten el pago en efectivo de manera extraordinaria. Además, se contempla la posibilidad de que, debido a circunstancias temporales imprevistas, el SEPE no pueda realizar el ingreso en la cuenta bancaria del beneficiario.

Las tres excepciones que permiten el pago en efectivo, según la información proporcionada por el SEPE en su página web, son las siguientes:

  • Víctimas de violencia de género o violencia doméstica: En situaciones donde una persona sea víctima de violencia de género o doméstica, o se encuentre en una condición que requiera protección especial para preservar la identidad y seguridad de los afectados, se puede solicitar el pago en efectivo. Esta excepción se respalda mediante la presentación de un documento emitido por la Administración competente, a menos que la justificación ya esté debidamente respaldada en el expediente.
  • Imposibilidad de abrir una cuenta corriente: Si un trabajador alega y justifica que no puede abrir una cuenta corriente, se le permite recibir el pago en efectivo. Esta excepción puede surgir por diversas razones, y el SEPE evaluará la validez de la situación antes de aprobar la solicitud.
  • Autorización específica para pago por recibo: Cuando el SEPE otorga la autorización para el pago por recibo y las causas indicadas para obtener esta aprobación están debidamente justificadas en el expediente, la persona trabajadora puede recibir el pago en efectivo. Esta modalidad ofrece una flexibilidad adicional para aquellos casos en los que el pago a través de cuenta bancaria no es viable.

Estas excepciones destacan la sensibilidad del SEPE hacia situaciones particulares y la necesidad de adaptarse a circunstancias especiales que pueden dificultar el uso del método convencional de pago. Aunque la domiciliación bancaria sigue siendo la norma general, estas excepciones permiten una atención más personalizada y adecuada a las necesidades específicas de ciertos beneficiarios.

Límites pagos en efectivo

La entrada en vigencia de la Ley 11 el 9 de julio de 2021, publicada detalladamente en el Boletín Oficial del Estado (BOE), representa un paso significativo en la lucha contra prácticas asociadas a la elusión fiscal, con un enfoque particular en los pagos en efectivo de cuantías elevadas que suelen evadir la declaración a Hacienda. Esta normativa, al imponer un límite de 1.000 euros para los pagos en efectivo, establece la obligatoriedad de recurrir a medios virtuales, transferencias bancarias o tarjetas de débito o crédito para transacciones que superen dicho umbral.

Desde la perspectiva de Hacienda, se define como pago en efectivo aquel que no permite verificar la identidad de los involucrados, buscando así combatir la economía sumergida y actividades ilícitas. Aunque esta medida tiene un propósito preventivo loable, se reconoce que la restricción puede afectar a trabajadores autónomos y pequeñas y medianas empresas (pymes) que, sin involucrarse en actividades ilícitas, realizan operaciones en efectivo por montos que exceden el límite, como pagos a proveedores o adquisición de materiales.

El incumplimiento de esta normativa podría desencadenar inspecciones por parte de Hacienda. En caso de confirmarse la infracción, se podría imponer una multa equivalente al 25% del importe abonado, impactando tanto al remitente como al destinatario de los fondos.

Ante los desafíos que la ley presenta para ciertos sectores, se proponen alternativas para facilitar los pagos sin violar la normativa. Se sugiere la planificación de pagos electrónicos mediante acuerdos programados con proveedores, la utilización de herramientas de gestión financiera para un control minucioso de ingresos y gastos, y la adopción de medios de pago electrónicos para mejorar la agilidad y seguridad de las transacciones.

La ley busca activamente combatir la elusión fiscal, y es crucial que las empresas y autónomos se adapten a las nuevas restricciones implementando prácticas y tecnologías que faciliten la transición hacia métodos de pago electrónicos. Este ajuste no solo es necesario para cumplir con la normativa y evitar posibles sanciones fiscales, sino también para garantizar eficiencia y transparencia en las transacciones comerciales, elementos fundamentales en el contexto económico actual. La necesidad de una adaptación proactiva se presenta como una realidad innegable en el panorama financiero y tributario.

Lo último en Economía

Últimas noticias